Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (11/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 245785 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de junio de 2003 186º del Código Penal, definida como delito Contra el pa- trimonio, en la modalidad de Hurto Agravado, puesto quesin autorización y mediante destreza ha pretendido sus-traer bienes de propiedad del RENIEC, los cuales sirvenpara emitir los documentos nacionales de identidad, conlos cuales se hubieran utilizado para fines dolosos en per-juicio del estado y la seguridad jurídica de identificación delas personas; Que, en atención a los considerandos precedentes re- sulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo delos asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil, para que interponga las acciones lega-les que correspondan en defensa de los intereses del Es-tado y del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil, contra Corina Cansino Velis; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, para que en nombre y representa-ción de los intereses del Estado interponga las accioneslegales que correspondan contra CORINA CANSINO VE-LIS, por presunto delito contra el patrimonio- HURTO, enagravio del Estado y del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que secontrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 10940 Establecen plazos de presentación de propuestas registrales para emisión de duplicados del DNI a ciudadanos com- prendidos en padrón a emplearse enElecciones Municipales Comple-mentarias RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 230-2003-JEF/RENIEC Lima, 9 de junio de 2003 Visto, el Informe Nº 011-2003-GO/RENIEC, así como el Oficio Nº 328-2003-GAJ/RENIEC de fecha 9 de junio de2003. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo, en-cargado de manera exclusiva y excluyente de las funcio-nes de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi-cación de las Personas Naturales, así como de emitir losdocumentos que acrediten su identidad; Que, conforme lo dispuesto por el Art. 26º de la Ley Nº 26497, el Documento Nacional de Identidad es pú-blico, personal e intransferible; constituye la única cé-dula de identidad personal para todos los actos civiles,comerciales, administrativos, judiciales y, en general,para todos aquellos casos en que, por mandato legal,deba ser presentado; constituye también el único títulode derecho al sufragio de la persona a cuyo favor hasido otorgado; Que, según lo establecido por el Art. 36º de la norma acotada, en caso de pérdida, robo, destrucción o deterio-ro, el registro, a instancia del titular, emitirá un duplicadodel Documento Nacional de Identidad, el que contendrálos mismos datos y características que el Documento Nacio-nal de Identidad original; Que, de otro lado, mediante Decreto Supremo Nº 026- 2003-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11de marzo de 2003, se convocó a Elecciones MunicipalesComplementarias para el día 6 de julio de 2003, con arre-glo a lo dispuesto por el Art. 4º de la Ley Nº 26864, deElecciones Municipales;Que, para ese fin, debe adoptarse medidas orientadas a garantizar el ejercicio efectivo del derecho al sufragio, habidacuenta que conforme el Art. 28º de la Ley Nº 26497, el Docu-mento Nacional de Identidad es impreso y procesado conmateriales y técnicas que le otorgan condiciones de máximaseguridad, inalterabilidad, calidad e intrasferibilidad de susdatos, previo proceso de calificación, cuyo cumplimiento con-lleva el empleo de determinados períodos de tiempo; Que, por estas consideraciones, es indispensable pre- cisar la fecha hasta la cual serán admisibles las propuestasregistrales para la emisión de duplicados del DocumentoNacional de Identidad que permita al RENIEC cumplir conel plazo de entrega informado al titular, evitando la vulnera-ción del ejercicio del derecho al sufragio; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil; y, el inciso h) del Artículo 11º del Reglamento deOrganización y Funciones; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que las propuestas registra- les para la emisión de duplicados del Documento Nacionalde Identidad, a los ciudadanos comprendidos en el Pa-drón Electoral a emplearse en el Proceso de EleccionesMunicipales Complementarias del 6 de julio de 2003, seránadmitidas en las Oficinas Registrales del RENIEC hasta el13 de junio de 2003. Artículo Segundo.- Disponer que las propuestas registrales para la emisión de duplicados del DocumentoNacional de Identidad, tramitadas a través de la páginaWeb del RENIEC, por los ciudadanos comprendidos en elPadrón Electoral a emplearse en el Proceso de EleccionesMunicipales Complementarias del 6 de julio de 2003, seránadmitidas hasta el 20 de junio de 2003. Artículo Tercero.- Encargar a las Jefaturas Regionales la debida difusión de lo dispuesto por la presente Resolu-ción. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 10941 MINISTERIO PÚBLICO Nombran magistrados provisionales en despachos de fiscalías provinciales mixtas y penales de los Distritos Judiciales de Ica, Lima y Tumbes RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 854-2003-MP-FN Lima, 9 de junio de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjunto Provincial en el Distrito Judicial de Ica, en el Despacho dela Fiscalía Provincial Mixta de Lucanas, lo que hace nece-sario cubrirla provisionalmente; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar a la doctora Elizabeth Car- mela Buitron Cruz, como Fiscal Adjunta Provincial Provisio-nal del Distrito Judicial de Ica, en el Despacho de la Fisca-lía Provincial Mixta de Lucanas. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicialde Ica, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Regis-tro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 10958