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PÆg. 245919 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de junio de 2003 El Gobierno del Ecuador se hará responsable de la construcción y supervisión del acceso definitivo al lado ecuatoriano y del mantenimiento del acceso provisionaly del acceso definitivo al puente en la parte ecuatoriana. e) Mantenimiento de puentes existentes: Eje Vial Nº 1 Piura-Guayaquil: Puente Internacional Aguas Verdes-Huaquillas.- El Gobierno del Ecuador, que construyó el puente, se hará responsable del mantenimiento del puente y del accesoen la parte ecuatoriana. El Gobierno del Perú asumirá el man-tenimiento del acceso al puente en la parte peruana. Eje Vial Nº 3 Sullana-Loja: Puente Internacional La Tina-Macará. El Gobierno del Perú, que construyó el puente, se hará responsable del mantenimiento del puente y del acceso en laparte peruana. El Gobierno del Ecuador asumirá el mante-nimiento del acceso al puente en la parte ecuatoriana. f) Las respectivas autoridades nacionales competentes preverán en su Programa Anual de Mantenimiento de la In-fraestructura Vial, los recursos financieros y técnicos para elmantenimiento de los Puentes Internacionales en mención,de modo que se aseguren altos niveles de servicio. g) La jurisdicción sobre los puentes internacionales será ejercida por cada país dentro de los límites de suterritorio. La presente y la Nota que con el mismo tenor tenga a bien hacerme llegar Vuestra Excelencia, constituirán unAcuerdo entre nuestros dos países, el que entrará envigencia en la fecha de la Nota de aceptación. Hago propicia la ocasión para renovar a Vuestra Ex- celencia las seguridades de mi más alta y distinguidaconsideración. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores Nº 14510 GM/DGAF Quito, 8 de marzo de 2003 Al Excelentísimo señor Embajador Allan WagnerMinistro de Relaciones Exteriores de laRepública del PerúLima.- Excelentísimo señor Ministro: Tengo a honra dirigirme a Vuestra Excelencia en oca- sión de referirme a la Nota Conjunta del 30 de diciembrede 1999, suscrita por los Directores Ejecutivos Naciona-les del Plan Binacional de Desarrollo de la Región Fronte-riza Ecuador y Perú, por medio de la cual, en seguimientoal Acuerdo Amplio Ecuatoriano-Peruano de IntegraciónFronteriza, Desarrollo y Vecindad, del 26 de octubre de1998, se determinó la responsabilidad de cada país res-pecto de la construcción y mantenimiento de cada uno delos puentes internacionales fronterizos que interconecta-rán a nuestros países, en los siguientes términos: a) Eje Vial Nº 1 Piura-Guayaquil: Puente Internacional Aguas Verdes-Huaquillas.- El Gobierno del Perú se hará responsable de la construcción y supervisión del puente y de los accesos,al lado ecuatoriano y al lado peruano, así como del mante-nimiento del puente y del acceso en la parte peruana. El Gobierno del Ecuador asumirá el mantenimiento del acceso al puente en la parte ecuatoriana. b) Eje Vial Nº 2 Sullana-Arenillas: Puente Internacio- nal Alamor-Lalamor.- El Gobierno del Ecuador se hará responsable de la construcción y supervisión del puente y de los accesos, al lado ecuatoriano y al lado peruano, así como del mante- nimiento del puente y del acceso en la parte ecuatoriana.El Gobierno del Perú asumirá el mantenimiento del acceso al puente en la parte peruana. c) Eje Vial Nº 3 Sullana-Loja: Puente Internacional La Tina-Macará. El Gobierno del Ecuador se hará responsable de la construcción y supervisión del puente y de los accesos,al lado ecuatoriano y al lado peruano, así como del mante- nimiento del puente y del acceso en la parte ecuatoriana. El Gobierno del Perú asumirá el mantenimiento del acceso al puente en la parte peruana. d) Eje Vial Nº 4 Sarameriza-Loja: Puente Internacio- nal Integración. El Gobierno del Perú se hará responsable de la construc- ción y supervisión del puente, del acceso al lado peruano y del acceso provisional al lado ecuatoriano, así como del mante- nimiento del puente y de su acceso en la parte peruana. El Gobierno del Ecuador se hará responsable de la construcción y supervisión del acceso definitivo al lado ecuatoriano y del mantenimiento del acceso provisionaly del acceso definitivo al puente en la parte ecuatoriana. e) Mantenimiento de puentes existentes: Eje Vial Nº 1 Piura-Guayaquil: Puente Internacional Aguas Verdes-Huaquillas.- El Gobierno del Ecuador que construyó el puente se hará responsable del mantenimiento del puente y del acceso en la parte ecuatoriana. El Gobierno del Perú asumirá el manteni-miento del acceso al puente en la parte peruana. Eje Vial Nº 3 Sullana-Loja: Puente Internacional La Tina-Macará. El Gobierno del Perú, que construyó el puente se hará responsable del mantenimiento del puente y del acceso en la parte peruana. El Gobierno del Ecuador asumirá el mante- nimiento del acceso al puente en la parte ecuatoriana. f) Las respectivas autoridades nacionales competentes preverán en su Programa Anual de Mantenimiento de la In-fraestructura Vial, los recursos financieros y técnicos para el mantenimiento de los Puentes Internacionales en mención, de modo que se aseguren altos niveles de servicio. g) La jurisdicción sobre los puentes internacionales será ejercida por cada país dentro de los límites de su territorio. La presente y la Nota que con el mismo tenor tuvo a bien hacerme llegar Vuestra Excelencia, constituirán un Acuerdo entre nuestros dos países, el que entrará en vigencia en la presente fecha. Hago propicia la ocasión para renovar a Vuestra Ex- celencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración. FRANCISCO PROAÑO ARANDI Viceministro de Relaciones Exteriores 10828 Anexo de Decreto que ratificó el "Acuerdo Específico del Centro Bina- cional de Atención en Frontera (CEBAF) Huaquillas - Aguas Verdes" (El Decreto Supremo de la referencia se publicó en la edición del 4 de junio de 2003, página 245381). ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 075-2003-RE DECISIONES DECISIÓN 502 CENTROS BINACIONALES DE ATENCIÓN EN FRONTERA (CEBAF) EN LA COMUNIDAD ANDINA EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELA- CIONES EXTERIORES,