Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2003 (13/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de junio de 2003

cionales y Jefes de Oficinas Consulares, acreditados ante el gobierno del Peru, asi como los miembros de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional seran ubicados de preferencia en lugares independientemente situados al de otras altas autoridades nacionales, siguiendo su propio orden de precedencia. 4. Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de junio del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 11197

El Ministerio de Relaciones Exteriores se vale de esta oportunidad para renovar a la Embajada del Peru las seguridades de su mas alta consideracion. Helsinki, 7 de enero de 2002. 11199

Anexo de Decreto que ratifico el "Acuerdo que determino la Responsabilidad de cada MORDAZA respecto de la Construccion y Mantenimiento de cada uno de los Puentes Internacionales Fronterizos" con Ecuador
ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 074-2003-RE

Acuerdo sobre Supresion de Visas en Pasaportes Diplomaticos y Especiales Peruanos y en Pasaportes Diplomaticos y de Servicios Finlandeses
ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 054-2003-RE

(El Decreto Supremo de la referencia se publico en la edicion del 4 de junio de 2003, pagina 245381). Nota RE (BIN): 6/14 MORDAZA, 6 de marzo de 2003 A la Excelentisima senora MORDAZA Pacari Ministra de Relaciones Exteriores del Ecuador Quito.Excelentisima senora Ministra: Tengo a honra dirigirme a Vuestra Excelencia, en ocasion de referirme a la Nota Conjunta, de 30 de diciembre de 1999, suscrita por los Directores Ejecutivos Nacionales del Plan Binacional de Desarrollo de la Region Fronteriza PeruEcuador, por medio de la cual, en seguimiento al Acuerdo Amplio Peruano-Ecuatoriano de Integracion Fronteriza, Desarrollo y Vecindad, del 26 de octubre de 1998, se determino la responsabilidad de cada MORDAZA respecto de la construccion y mantenimiento de cada uno de los puentes internacionales fronterizos que interconectaran a nuestros paises, en los siguientes terminos: a) Eje Vial Nº 1 Piura-Guayaquil: MORDAZA Internacional Aguas Verdes-Huaquillas.El Gobierno del Peru se MORDAZA responsable de la construccion y supervision del MORDAZA y de los accesos, al lado peruano y al lado ecuatoriano, asi como del mantenimiento del MORDAZA y del acceso en la parte peruana. El Gobierno del Ecuador asumira el mantenimiento del acceso al MORDAZA en la parte ecuatoriana. b) Eje Vial Nº 2 Sullana-Arenillas: MORDAZA Internacional Alamor-Lalamor.El Gobierno del Ecuador se MORDAZA responsable de la construccion y supervision del MORDAZA y de los accesos, al lado ecuatoriano y al lado peruano, asi como del mantenimiento del MORDAZA y del acceso en la parte ecuatoriana. El Gobierno del Peru asumira el mantenimiento del acceso al MORDAZA en la parte peruana. c) Eje Vial Nº 3 Sullana-Loja: MORDAZA Internacional La Tina-Macara. El Gobierno del Ecuador se MORDAZA responsable de la construccion y supervision del MORDAZA y de los accesos, al lado ecuatoriano y al lado peruano, asi como del mantenimiento del MORDAZA y del acceso en la parte ecuatoriana. El Gobierno del Peru asumira el mantenimiento del acceso al MORDAZA en la parte peruana. d) Eje Vial Nº 4 Sarameriza-Loja: MORDAZA Internacional Integracion. El Gobierno del Peru se MORDAZA responsable de la construccion y supervision del MORDAZA, del acceso al lado peruano y del acceso provisional al lado ecuatoriano, asi como del mantenimiento del MORDAZA y de su acceso en la parte peruana.

(El Decreto Supremo de la referencia fue publicado en nuestra edicion del dia 1 de MORDAZA de 2003, en la pagina 243496). EMBAJADA DEL PERU FINLANDIA Nota 5-29-R/044 Al Ministerio de Relaciones Exteriores Departamento Legal y Unidad de Pasaportes y Visas Helsinki.La Embajada del Peru presenta sus saludos al Ministerio de Relaciones Exteriores de Finlandia -Departamento Legal y Unidad de Pasaportes y Visas- y tiene el honor de informarle que el Gobierno del Peru, desde el 1 de enero de 2002, ha decidido abolir el requisito de visa para aquellos ciudadanos fineses que MORDAZA portadores de pasaportes diplomaticos o especiales. A este respecto, los mencionados ciudadanos pueden permanecer en el territorio peruano sin una visa por no mas de 90 dias durante el semestre siguiente a su primera entrada al Peru. La Embajada del Peru se vale de esta oportunidad para renovar al Ministerio de Relaciones Exteriores de Finlandia Departamento Legal y Unidad de Visas y Pasaportes-, las seguridades de su mas alta consideracion. Helsinki, 28 de diciembre de 2001. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE FINLANDIA HELD2019-7 A la Embajada de la Republica del Peru Helsinki NOTA VERBAL El Ministerio de Relaciones Exteriores presenta sus saludos a la Embajada de la Republica del Peru y, con referencia a la nota del Ministerio Nº HELD2019-146 de 27 de diciembre de 2001, el Ministerio debido a una peticion de la Embajada, querria hacer la siguiente correccion. Aquellos ciudadanos peruanos que son portadores de un pasaporte diplomatico o especial estan exceptuados del requisito de visa desde el 1 de enero de 2002.

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