Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2003 (28/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de junio de 2003

PODER EJECUTIVO PCM
Fusionan la Subjefatura de Informatica del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI y la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de su Secretaria de Gestion Publica
DECRETO SUPREMO Nº 066-2003-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado Peruano en MORDAZA de Modernizacion, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo. En este sentido, la nueva gestion publica tendra que estar orientada al servicio del ciudadano, a la mejora de los servicios prestados, al aumento de la productividad de los recursos del Estado y a la obtencion de resultados susceptibles de medicion; Que, es un mandato de la Ley Nº 27658 evitar la duplicidad o superposicion de competencias, funciones y atribuciones entre sectores y entidades; Que, para mejorar los servicios prestados al ciudadano se requiere alcanzar mayores niveles de productividad en el uso de recursos estatales; Que, conforme a su Ley de Organizacion y Funciones aprobada por Decreto Legislativo Nº 604 y a su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0432001-PCM, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI es el organismo central de los Sistemas Nacionales de Estadistica e Informatica, correspondiendo a la Subjefatura de Informatica ser el organo rector del Sistema Nacional de Informatica, y como tal, el responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de informatica del pais. En este sentido, le corresponde la formulacion y evaluacion de la politica nacional de informatica y regular las actividades de informatica en el Sector Publico; Que, de acuerdo con el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM, la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros tiene entre sus funciones, elaborar la estrategia nacional en materia de gobierno electronico, asi como proponer o adoptar, de ser el caso, la normatividad correspondiente y ejecutar las acciones administrativas necesarias para su implementacion; Que, existe una concordancia sustancial entre las funciones y atribuciones encomendadas a la Subjefatura de Informatica del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI y las encomendadas a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, lo cual hace factible la integracion de sus actividades; Que, el Poder Ejecutivo ha evaluado y considera conveniente la integracion de la Subjefatura de Informatica del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica INEI y la Presidencia del Consejo de Ministros. En este sentido, se considera que dicha integracion evitara la duplicidad de funciones y generara una mejora en los servicios y un aumento en la productividad de los recursos que el Estado ha venido destinando a MORDAZA actividades; De conformidad con el articulo 13º de la Ley Nº 27658 modificado por el articulo unico de la Ley Nº 27899; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Fusion por absorcion 1.1 Fusionese la Subjefatura de Informatica del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI y la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de su Secretaria de Gestion Publica.

1.2 La fusion indicada se realiza bajo la modalidad de fusion por absorcion, correspondiendo a la Presidencia del Consejo de Ministros la calidad de entidad incorporante. 1.3 Toda referencia normativa al organismo rector del Sistema Nacional de Informatica, se entendera hecha a la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros. Lo dispuesto en los numerales 1.3 del presente articulo sera de aplicacion a la conclusion del MORDAZA de fusion. Articulo 2º.- Funciones La Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de su Secretaria de Gestion Publica, se encargara de normar, coordinar, integrar y promover el desarrollo de la actividad informatica en la Administracion Publica, impulsando y fomentando el uso de las nuevas tecnologias de la informacion para la modernizacion y desarrollo del Estado. Articulo 3º.- Transferencia de recursos, personal y materiales El MORDAZA de fusion entre la Subjefatura de Informatica del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica INEI y la Presidencia del Consejo de Ministros concluira en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) dias calendario, contados a partir de la vigencia de la presente norma. En dicho plazo, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, transferira los recursos, personal, acervo documentario y materiales correspondientes a la Subjefatura de Informatica a la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 4º.- Transferencias presupuestarias Encarguese al Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Direccion Nacional de Presupuesto Publico, la elaboracion del proyecto de ley de transferencia de partidas que se origina como consecuencia de la aplicacion de la presente MORDAZA, del pliego del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica al pliego de la Presidencia del Consejo de Ministros. El proyecto debera ser presentado al Consejo de Ministros en un plazo no mayor de 30 dias calendario. En tanto la transferencia presupuestaria no sea aprobada por el Congreso de la Republica, el personal de la Subjefatura de Informatica seguira prestando servicios en el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. Articulo 5º.- Reglamento de Organizacion y Funciones del INEI Mediante Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, se dictara el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI y la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, en un plazo MORDAZA de 60 dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente norma. Articulo 6º.- Vigencia La presente MORDAZA entrara en vigencia a partir del siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 12259

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