Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2003 (28/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 28 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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ENERGIA Y MINAS
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas
DECRETO SUPREMO Nº 025-2003-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25962, se aprobo la Ley Organica del Sector Energia y Minas, determinandose el ambito del Sector Energia y Minas, asi como la estructura y funciones del Ministerio de Energia y Minas y sus dependencias; Que, la Primera Disposicion Final del referido Decreto Ley establece que el Reglamento de Organizacion y Funciones definira las Unidades y sus Dependencias que conforman cada uno de los organos del Ministerio de Energia y Minas; Que, el presente Reglamento cuenta con la opinion tecnica favorable de la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme a la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, modificada por la Ley Nº 27842; De conformidad con lo prescrito en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el inciso 2) del articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Estructura Organica del Ministerio de Energia y Minas

Apruebese la Estructura Organica del Ministerio de Energia y Minas, la misma que, en Anexo Nº 01, forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas Apruebese el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas que consta de ocho (8) titulos, nueve (9) capitulos, cincuenta (50) articulos y tres (3) disposiciones complementarias, el mismo que, en Anexo Nº 02, forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Disposiciones complementarias Autoricese al Ministerio de Energia y Minas, a formular y dictar las disposiciones que MORDAZA necesarias para desarrollar la presente Estructura Organica. Articulo 4º.- Derogacion expresa Derogase el Decreto Supremo Nº 027-93-EM, de fecha 29 de junio de 1993, asi como cualquier otra MORDAZA que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de junio del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas

ANEXO Nº 01 ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS

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