Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2003 (28/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 28 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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y seguimiento de los sistemas informaticos y de brindar soporte tecnico a los usuarios de los equipos informaticos con que cuenta la PCM. Asimismo, es responsable de la elaboracion y mantenimiento de la pagina web institucional y otras que le MORDAZA asignadas. SUBCAPITULO II: DE LA OFICINA DE PRENSA Articulo 37º.- De la Oficina de Prensa La Oficina de Prensa es el organo que se encarga de disenar, recomendar y ejecutar las estrategias periodisticas de la PCM. Se encuentra a cargo de un Jefe, designado mediante Resolucion Ministerial, quien depende del Presidente del Consejo de Ministros. Articulo 38º.- De las Funciones La Oficina de Prensa tiene las siguientes funciones: 38.1 Disenar la estrategia periodistica de la PCM; 38.2 Proporcionar a la Alta Direccion la informacion y analisis de las noticias nacionales e internacionales; 38.3 Elaborar y proporcionar informacion periodica a los medios de comunicacion social; 38.4 Mantener actualizado el archivo escrito, audiovisual y grafico periodistico de la oficina; 38.5 Otras que le MORDAZA encomendadas por el Presidente del Consejo de Ministros. SUBCAPITULO III: OFICINA DE RELACIONES PUBLICAS Y PROTOCOLO Articulo 39º.-De la Oficina de Relaciones Publicas y Protocolo La Oficina de Relaciones Publicas y Protocolo es el organo encargado de programar, coordinar y ejecutar los procesos destinados a proyectar la imagen de la institucion, de conformidad con las politicas, normas y principios aprobados por la Alta Direccion. Se encarga de disenar, recomendar y ejecutar las acciones de relaciones publicas y protocolo para el mantenimiento y el fortalecimiento de la imagen institucional. Se encuentra a cargo de un Jefe designado mediante Resolucion Ministerial, quien depende del Presidente del Consejo de Ministros. Articulo 40ºº.- De las Funciones La Oficina de Relaciones Publicas y Protocolo tiene las siguientes funciones: 40.1 Establecer y conservar las relaciones publicas con personas e instituciones del sector publico y privado; 40.2 Regular y velar por el cumplimiento del protocolo y ceremonial del Estado en la institucion; 40.3 Dirigir y supervisar la elaboracion de los impresos y pagina web de la PCM. Asimismo dar respuesta a las consultas que se efectuen a traves de la pagina web institucional en coordinacion con las unidades organicas involucradas; 40.4 Organizar y conducir ceremonias y eventos que MORDAZA dispuestos por la Alta Direccion; 40.5 Supervisar el uso adecuado de los elementos distintivos que utiliza la PCM; 40.6 Otras que le MORDAZA encomendadas. SUBCAPITULO III: OFICINA DE COORDINACION INTERGUBERNAMENTAL Articulo 41º.- De la Oficina de Coordinacion Intergubernamental Es el organo responsable de mantener niveles de coordinacion con los Gobiernos Regionales y Locales en asuntos de competencia de la PCM. Se encuentra a cargo de un Jefe designado mediante Resolucion Ministerial, quien depende del Presidente del Consejo de Ministros. Articulo 42º.- De las Funciones Son funciones de la Oficina de Coordinacion Intergubernamental las siguientes: 42.1 Analizar la informacion sobre temas sociales, economicos y politicos relacionados con la atencion y coordinacion a los Gobiernos Regionales y Locales; 42.2 Planificar y coordinar reuniones de trabajo de la PCM con los Gobiernos Regionales y Locales, y los sectores respectivos;

42.3 Efectuar el seguimiento del resultado de las reuniones de trabajo de la PCM con los Gobiernos Regionales y Locales, manteniendo informada a la Alta Direccion; 42.4 Realizar el seguimiento del cumplimiento del MORDAZA de descentralizacion del Estado, manteniendo informada a la Alta Direccion; 42.5 Analizar la coyuntura politica y social departamental e informar de ello a la Alta Direccion; 42.6 Proponer acciones destinadas a mantener la paz social; 42.7 Analizar el impacto politico y social de los proyectos de Ley y autografas en los departamentos del pais; y, 42.8 Otras que le MORDAZA encomendadas. CAPITULO III: COMISIONES PERMANENTES DE COORDINACION Articulo 43º.- De las Comisiones Permanentes de Coordinacion El funcionamiento de las Comisiones Permanentes de Coordinacion se encuentra regulado por su Reglamento Interno, el mismo que es aprobado por Resolucion Ministerial. Las Comisiones Permanentes de Coordinacion son las siguientes: 43.1. Comision Interministerial de Asuntos Economicos y Financieros (CIAEF). 43.2 Comision Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS). 43.3 Comision de Coordinacion Viceministerial (CCV). 43.4 Consejo Nacional de Competitividad. 43.5 Cualquier otra comision que pudiera constituirse mediante Decreto Supremo, por acuerdo del Consejo de Ministros, a la cual se otorgue calidad de comision permanente de coordinacion. TITULO V: DE LOS ORGANOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CAPITULO I: DE LOS DIRECCION NACIONAL TECNICA DE DEMARCACION TERRITORIAL Articulo 44º.- De la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial La Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial es el organo a traves del cual la PCM ejerce rectoria del Sistema Nacional de Demarcacion Territorial. Se encuentra a cargo de un Jefe con rango de Director Nacional, designado por Resolucion Ministerial, quien depende del Presidente del Consejo de Ministros. La Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial para el cumplimiento de sus funciones cuenta con los organos de apoyo siguientes: Oficina de Asuntos Tecnicos, Geograficos y Territoriales y Oficina de Base de Datos y Sistemas de Informacion Geografica. Articulo 45º.- De las Funciones Las funciones de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial son las siguientes: 45.1 Proponer al Presidente del Consejo de Ministros los proyectos de Ley sobre las acciones de demarcacion territorial; 45.2 Formular propuestas normativas, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar el tratamiento de todas las acciones de demarcacion territorial, a efecto de que se sustenten en criterios tecnicos y geograficos; 45.3 Orientar, conducir y supervisar el MORDAZA de demarcacion territorial asi como el saneamiento de limites; 45.4 Coordinar y asesorar a las autoridades regionales y locales en materia de organizacion y demarcacion territorial; 45.5 Evaluar expedientes tecnicos y emitir informes tecnico legales sobre las acciones de demarcacion territorial; 45.6 Promover y coordinar politicas territoriales relacionadas con la integracion y desarrollo de las circunscripciones politico administrativas; 45.7 Elaborar estudios especializados en temas de demarcacion territorial;

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