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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (28/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 18

PÆg. 246820 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de junio de 2003 ANEXO Nº 02 REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS ÍNDICE TÍTULO PRIMERO : DEL CONTENIDO Y ALCANCE (Arts. 1º al 2º) TÍTULO SEGUNDO : DE LA NATURALEZA, FINALIDAD, OBJE- TIVOS FUNCIONES GENERALES (Arts.3º al 6º) TÍTULO TERCERO : DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUN- CIONES (Arts. 7º al 43º) Capítulo I : De la Estructura Orgánica (Art. 7º) Capítulo II : De la Alta Dirección (Arts. 8º al 16º) - Del Despacho Ministerial - Del Despacho Viceministerial de Energía - Del Despacho Viceministerial de Minas - Del Despacho de Secretaría General Capítulo III : De la Comisión Consultiva (Arts.17º al 20º) Capítulo IV : De la Oficina General de Auditoría Interna (Arts. 21º al 23º) Capítulo V : Del Consejo de Minería (Arts. 24º al 27º) Capítulo VI : De la Procuraduría Pública (Arts. 28º al 29º) Capítulo VII : De los Órganos de Asesoramiento (Arts. 30º al 33º) - De la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadística e Informática - De la Oficina General de Asesoría Jurídica Capítulo VIII : De los Órganos de Apoyo (Arts. 34º al 35º) - De la Oficina General de Administración Capítulo IX : De los Órganos de Línea (Arts. 36º al 45º) - De la Dirección General de Electricidad - De la Dirección General de Hidrocarbu- ros - De la Dirección General de Minería - De la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos - De la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros TÍTULO CUARTO : DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS (Art. 46º) TÍTULO QUINTO : DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIO- NALES (Arts. 47º al 48º) TÍTULO SEXTO : DEL RÉGIMEN LABORAL (Art. 49º) TÍTULO SÉTIMO : DEL RÉGIMEN ECONÓMICO (Art. 50º) TÍTULO OCTAVO : DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMEN- TARIAS TÍTULO PRIMERO DEL CONTENIDO Y ALCANCE DEL CONTENIDO Artículo 1º.- El presente Reglamento establece y norma la estructura, organización y funciones del Minis-terio de Energía y Minas, así como las relaciones de éste con sus Organismos Públicos Descentralizados y otras entidades vinculadas al ámbito de su competen- cia. DEL ALCANCE Artículo 2º.- Las normas establecidas en el presen- te Reglamento son de aplicación y cumplimiento obliga- torio por parte de los órganos del Ministerio de Energía yMinas. TÍTULO SEGUNDO DE LA NATURALEZA, FINALIDAD, OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES DE LA NATURALEZA Artículo 3º.- El Ministerio de Energía y Minas es el organismo central y rector del Sector Energía y Minas, y forma parte integrante del Poder Ejecutivo. DE LA FINALIDAD Artículo 4º.- El Ministerio de Energía y Minas tie- ne como finalidad formular y evaluar, en armonía con la política general y los planes del Gobierno, las polí-ticas de alcance nacional en materia del desarrollo sostenible de las actividades minero - energéticas. Así mismo, es la autoridad competente en los asun-tos ambientales referidos a las actividades minero - energéticas. DEL OBJETIVO GENERAL Artículo 5º.- El Ministerio de Energía y Minas tiene como objetivo promover el desarrollo integral de las ac- tividades minero - energéticas, normando, fiscalizando y/o supervisando, según sea el caso, su cumplimiento;cautelando el uso racional de los recursos naturales en armonía con el medio ambiente. DE LAS FUNCIONES GENERALES Artículo 6º.- El Ministerio de Energía y Minas tiene las siguientes funciones generales: a. Formular y aprobar la política del Sector Energía y Minas, en armonía con la política general del Gobierno y los Planes Nacionales de Desarrollo; b. Formular y aprobar los Planes Referenciales, los Planes de Desarrollo Sectorial y los Planes Estratégicos Sectoriales e Institucionales de su ámbito de competen- cia; c. Emitir y actualizar la normatividad técnico - legal necesaria para el desarrollo eficaz y eficiente de las actividades sectoriales; d. Dictar las medidas pertinentes orientadas a con- servar y proteger el ambiente respecto a las actividades minero - energéticas; e. Identificar y promover oportunidades de inversión en el Sector; f. Promover el fortalecimiento de las relaciones ar- moniosas de las empresas del Sector Energía y Minas con la sociedad civil o población directamente involucra- da con el desarrollo de sus actividades; g. Promover el desarrollo de la competitividad en las actividades minero - energéticas; h. Orientar y fomentar la investigación científica y tecnológica, así como la asistencia técnica en beneficio de las empresas del Sector y de la sociedad; i. Fomentar el uso eficiente de la energía y el aprove- chamiento y desarrollo de los recursos energéticos re- novables; j. Ejercer las potestades de autoridad administrativa del Sector; k. Otorgar concesiones y celebrar contratos en nom- bre del Estado para el desarrollo de las actividades mi-nero - energéticas, de conformidad con la legislación vigente sobre la materia; l. Ejecutar y evaluar el inventario de los recursos minero - energéticos del país; m. Ejecutar el Plan de Electrificación Rural, de con- formidad con la legislación vigente sobre la materia;