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PÆg. 246810 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de junio de 2003 aplicación de las normas en materia de control y audito- ria; 12.3 Coordinar con los órganos de control institucio- nal de las entidades adscritas a la PCM los aspectosrelativos a la programación de actividades de control; 12.4 Efectuar el seguimiento de la implementación de las recomendaciones y la aplicación de acciones y me-didas correctivas; 12.5 Otras establecidas en el Reglamento de los Ór- ganos de Control Institucional y por la Contraloría Gene-ral. CAPÍTULO II: DE LA PROCURADURÍA PÚBLICAArtículo 13º.- De la Procuraduría Pública La Procuraduría Pública es el órgano a cargo de la defensa judicial de los intereses de la PCM. Es un ente autónomo en el ejercicio de sus funciones que depende administrativamente del Presidente del Consejo de Mi-nistros. Está a cargo de un Procurador Público del Esta- do, designado por Resolución Suprema, el que es desig- nado mediante Resolución Suprema del Sector Justicia,con refrendo del Ministro de Justicia y del Presidente del Consejo de Ministros. Artículo 14º.- De las Funciones La Procuraduría Pública es responsable de repre- sentar y ejercer la defensa de los derechos e interesesde la PCM, así como de los organismos públicos des- centralizados y organismos reguladores de su ámbito, conforme a las normas del Sistema de Defensa Judicial. En caso de solicitud de expedición de Resolución Ministerial para el inicio de acciones judiciales, cuando éstas no deriven de las recomendaciones del Órganode Control Institucional o de las recomendaciones del Informe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Entidad, le corresponde evacuar un informe legal sustentatorio. TÍTULO III: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICO FUNCIONAL Artículo 15º.- De los Órganos de Línea Los órganos de línea se encuentran a cargo de un Secretario, con rango de Secretario General designado mediante Resolución Ministerial. Los Organos de Línea dependen directamente del Secretario General de la PCM. Los órganos de línea de la PCM son los siguientes: - Secretaría de Gestión Multisectorial. - Secretaría de Coordinación Interinstitucional. - Secretaría de Gestión Pública CAPÍTULO I: DE LA SECRETARÌA DE GESTIÓN MULTISECTORIAL Artículo 16º.- De la Secretaría de Gestión Multi- sectorial La Secretaría de Gestión Multisectorial es el órgano encargado de la coordinación, articulación y seguimien- to de las políticas, programas y acciones cuyo carácterabarca a varios o todos los sectores; bajo su competen- cia está el apoyo a las comisiones permanentes de co- ordinación en la PCM, el seguimiento del planeamientoestratégico multianual del Poder Ejecutivo, y la conduc- ción de los procesos de inversión pública sectorial. Artículo 17º.- De las Funciones La Secretaría de Gestión Multisectorial tiene las si- guientes funciones: 17.1. Efectuar el seguimiento de la implementación de los acuerdos adoptados por el Consejo de Ministrossobre asuntos de carácter multisectorial; 17.2 Coordinar con los Sectores competentes la ela- boración de los reglamentos de Ley, cuando éstos seande carácter multisectorial o versen sobre temas de com- petencia de la PCM, contando en este último caso con la asesoría de la Secretaría de Asuntos Legales y Norma-tivos; 17.3 Emitir opinión técnica respecto de las autógra- fas, proyectos de Ley y demás proyectos normativosque la Alta Dirección someta a su consideración. Dicha opinión versará sobre aspectos relacionados a las com- petencias asignadas a la Secretaría;17.4 Coordinar con los Sectores a fin de mantener actualizada la información referente a las Comisiones Multisectoriales; 17.5. Actuar como órgano de apoyo técnico y admi- nistrativo de la Comisión Interministerial de Asuntos Eco- nómicos y Financieros - CIAEF, de la Comisión Intermi- nisterial de Asuntos Sociales - CIAS, de la Comisión deCoordinación Viceministerial - CCV, así como de cual- quier otra Comisión Permanente de Coordinación que pudiera crearse en el futuro; 17.6 Elaborar el Plan Estratégico Sectorial Multi- anual - PESEM del Sector PCM, como instrumento que guíe la formulación de los Planes EstratégicosInstitucionales -PEI- de los pliegos adscritos a la PCM. Realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución del PESEM. Orientar la formulación de los PEI de lasentidades adscritas a la PCM y elaborar en coordi- nación con la Secretaria General de la PCM el PEI de la Entidad; 17.7 Realizar el seguimiento de los PESEM del Poder Ejecutivo y emitir periódicamente informes al respecto, que permitan evaluar la gestión del Poder Ejecutivo, conrelación a las políticas, objetivos de interés nacional y prioridades del Gobierno, así como plantear medidas correctivas, coordinando estrechamente con los secto-res; 17.8 Coordinar con los Sectores del Poder Ejecutivo la identificación y logro de metas específicas que con-duzcan a alcanzar los objetivos de interés nacional se- ñalados en la política general del Gobierno; 17.9 Actuar como Oficina de Programación e Inver- siones- OPI - sectorial, asumiendo las competencias que, como tal se le asigna dentro del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP; 17.10 Proponer proyectos de dispositivos legales en materia de su competencia; y, 17.11 Otras que le sean encomendadas. CAPÍTULO II: SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Artículo 18º.- De la Secretaria de Coordinación Interinstitucional La Secretaría de Coordinación Interinstitucional es el órgano encargado de efectuar las coordinaciones nece- sarias con el Congreso de la República, los OrganismosConstitucionales Autónomos, las Comisiones, los orga- nismos públicos descentralizados, los organismos re- guladores de servicios públicos adscritos a la PCM y lasentidades del Estado distintas al Poder Ejecutivo. Asi- mismo, según sea necesario y en atención a la labor de promoción de la participación y concertación social yeconómica en la gestión del Gobierno, coordinar con las entidades gremiales y las demás entidades de la socie- dad. Artículo 19º.- De las Funciones La Secretaría de Coordinación Interinstitucional tiene las siguientes funciones: 19.1. Asesorar y realizar gestiones en materia de procedimientos parlamentarios. Realizar el seguimiento y mantener informada a la Alta Dirección, respecto de los proyectos de Ley, Dictámenes y autógrafas, así comode las observaciones a las autógrafas tramitadas ante el Congreso de la República; 19.2 Emitir opinión técnica respecto de las autógra- fas que la Alta Dirección someta a su consideración. Dicha opinión versará exclusivamente respecto de las competencias asignadas a su Secretaría; 19.3 Coordinar las acciones necesarias para el cum- plimiento de los pedidos de información y opinión formu- lados por el Congreso de la República, de acuerdo a lodispuesto en la Constitución Política del Perú y el Regla- mento del Congreso de la República; 19.4 Actuar como órgano de apoyo técnico de las Comisiones Permanentes de Coordinación que revistan carácter interinstitucional, en las materias de su compe- tencia; 19.5 Actuar como Secretaría Técnica y asesorar a la Comisión Multisectorial encargada de implementar el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia2002-2010 y coordinar con la comisión encargada del Diálogo por la Niñez entre los sectores público y priva- do;