Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (28/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 246815 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de junio de 2003 52.2 Organismo Supervisor de la Inversión en Ener- gía - OSINERG; 52.3 Organismo Supervisor de la Inversión en Infra- estructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN; 52.4 Superintendencia Nacional de Servicios de Sa- neamiento - SUNASS; 52.5 Organismo Supervisor de los Recursos Fores- tales Maderables - OSINFOR; 52.6 Cualquier otro organismo regulador que sea ads- crito a la PCM. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La PCM deberá adecuar sus documentos de gestión a lo dispuesto en este Decreto Supremo, en un plazo que no excederá de 90 (noventa) días calenda-rio desde su fecha de publicación. Segunda.- Mediante Resolución Ministerial podrán dictarse normas complementarias que resulten necesa-rias para la adecuada implementación de lo dispuesto en el presente Reglamento. 12260 AGRICULTURA Constituyen Círculo de Mejora de la Calidad del Gasto en el ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 506-2003-AG Lima, 9 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 062-2003-EF se dicta- ron medidas en materia de racionalización de gastos que permitan implementar las acciones propuestas por el Equipo Técnico Multisectorial constituido en virtud delo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 164-2002-EF; Que, el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 062-2003- EF dispone la conformación de los Círculos de Mejorade la Calidad del Gasto, con la finalidad de continuar el proceso de racionalización del gasto público mediante el diseño de medidas de mediano plazo principalmente entemas relacionados con la priorización y focalización de acciones para el cumplimiento de los objetivos del sec- tor, mejora en la gestión de los recursos humanos, me-jora en los sistemas de información de gestión de recur- sos, generalización de prácticas exitosas de racionaliza- ción en el gasto de la entidad, identificación de propues-tas para el desarrollo de compras corporativas y análi- sis de funciones y estudios de duplicidades; Que, los citados Círculos de Mejora de la Calidad del Gasto estarán presididos por el Secretario General o quien éste designe y los demás representantes designa- dos por el Ministro de cada sector; Que, es necesario dictar el acto de administración constituyendo el Círculo de mejora de la calidad del gas- to en el Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Supre- mo Nº 17-2001-AG, Reglamento de Organización y Fun-ciones del Ministerio de Agricultura y el Decreto Supre- mo Nº 062-2003-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir el Círculo de Mejora de la Calidad del Gasto en el Ministerio de Agricultura, el mis- mo que estará conformado por: - Dra. NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ, Secretaria General quien la presidirá. - Sr. MARCELO CEDAMANOS RODRÍGUEZ, Direc- tor General de la Oficina General de Administración. - Lic. MIRKO PERALTILLA MARTÍNEZ, Jefe de la Oficina de Desarrollo Institucional de la Secretaría Ge-neral. - Eco. JORGE MONTESINOS CÓRDOVA, Director de la Oficina de Estrategias y Políticas de la Oficina Ge-neral de Planificación Agraria.- Lic. Adm. ALFREDO SERNAQUE CASTILLO, Di- rector de la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración. - Lic. Adm. JAVIER LÓPEZ VELARDE, Director de la Dirección de Análisis y Difusión de la Dirección General de Información Agraria. Artículo 2º.- El Círculo de Mejora de la Calidad del Gasto en el Ministerio de Agricultura tendrá como finali- dad cumplir con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº062-2003-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 12142 Designan responsables de entregar in- formación que demanden las personas y de la elaboración del portal de inter- net a que se refiere la Ley N” 27806 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0553-2003-AG Lima, 27 de junio de 2003CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27806, "Ley de Transparencia y Ac- ceso a la Información Pública", tiene por finalidad promo- ver la transparencia de los actos del Estado y regular elderecho fundamental del acceso a la información con- sagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú. Que, el artículo 3º de la precitada ley establece que el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y pro- muevan la transparencia en la actuación de las entida-des de la Administración Pública, y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad. Asimismo, la enti-dad pública designará al funcionario responsable de en- tregar la información solicitada. Que, el artículo 5º de la mencionada Ley, modificada por la Ley Nº 27927, establece que las entidades de la Administración Pública difundirán a través de Internet, información sobre datos generales de la entidad de laAdministración Pública, la información presupuestal que incluyan datos sobre los presupuestos ejecutados, las adquisiciones de bienes y servicios que realicen, lasactividades oficiales que desarrollará y la información adicional que la entidad considere pertinente, debiendo indicar al funcionario responsable de la elaboración delos portales de Internet. Que, a fin de dar cumplimiento a las disposiciones antes descritas resulta necesario efectuar dichas de-signaciones. De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27806 - "Ley de Transparencia y Acceso a la In-formación Pública", modificada por Ley Nº 27927, el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y de su Reglamento de Organizacióny Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los responsables de en- tregar la información que demanden las personas, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 27806, y a los responsables de la elabora-ción del Portal Internet a que se refiere el artículo 5º de la Ley Nº 27806, modificada por la Ley Nº 27927, según el anexo que forma parte de la presente reso-lución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura