Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2003 (28/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 28 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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19.6 Proponer proyectos de dispositivos legales en materia de su competencia; 19.7 Dirigir y supervisar la Oficina de Apoyo y Enlace del Acuerdo Nacional; y, 19.8 Otras que le MORDAZA encomendadas. Articulo 20º.- De la Oficina de Apoyo y Enlace del Acuerdo Nacional La Oficina de Apoyo y Enlace del Acuerdo Nacional depende de la Secretaria de Coordinacion Interinstitucional. Articulo 21º.- De las Funciones La Oficina de Apoyo y Enlace del Acuerdo Nacional tiene las siguientes funciones: 21.1 Dar apoyo logistico y administrativo al Foro del Acuerdo Nacional; 21.2 Colaborar con el Foro del Acuerdo Nacional en la promocion del cumplimiento del Acuerdo Nacional; 21.3 Colaborar en la difusion e insercion social del Acuerdo Nacional; 21.4 Colaborar con el Foro del Acuerdo Nacional en la formulacion de los requerimientos de Cooperacion Internacional; y, 21.5 Otras que le MORDAZA encomendadas. CAPITULO III: DE LA SECRETARIA DE GESTION PUBLICA Articulo 22º.- De la Secretaria de Gestion Publica La Secretaria de Gestion Publica es el organo encargado de conducir el MORDAZA de modernizacion y coordinar el MORDAZA de descentralizacion de la Administracion Publica; asi como de proponer las normas de transparencia de acceso a la informacion publica. Como parte del MORDAZA de modernizacion del Estado, la Secretaria de Gestion Publica propondra las normas, estructuras y sistemas administrativos de la Administracion Publica. Asimismo, se encarga de dirigir y supervisar la politica nacional de informatica y gobierno electronico mediante la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e informatica. Articulo 23º.- De las Funciones La Secretaria de Gestion Publica tiene las siguientes funciones: 23.1 Formular propuestas normativas para la modernizacion, la transparencia de la gestion publica y demas temas materia de su competencia; 23.2 Coordinar y conducir el MORDAZA de modernizacion del Estado, formulando propuestas de accion para la modernizacion de la gestion publica, en el ambito de su competencia; 23.3 Formular, coordinar, implantar, sistematizar y estandarizar Convenios de Gestion tripartitos entre PCM, Ministerio de Economia y Finanzas y Sectores del Poder Ejecutivo; 23.4 Desarrollar sistemas de monitoreo y evaluacion de impacto de los servicios publicos en coordinacion con la Secretaria de Gestion Multisectorial; 23.5 Coordinar la mejora permanente de la calidad del gasto de los organismos y entidades publicas con el Ministerio de Economia y Finanzas y los Sectores; 23.6 Desarrollar y supervisar el sistema de evaluacion de desempeno institucional de los organismos publicos adscritos a la PCM; 23.7 Asesorar en la elaboracion de proyectos de inversion en materia de modernizacion institucional que requieran las entidades de la Administracion Publica; 23.8 Coordinar el MORDAZA de descentralizacion de la Administracion Publica; 23.9 Formular Convenios de Gestion con los Gobiernos Regionales y Locales sobre proyectos y programas; 23.10 Asesorar a las entidades en materia de simplificacion administrativa y evaluar de manera permanente los procesos de simplificacion administrativa al interior de las entidades, para lo cual podra solicitar toda la informacion que requiera de estas. Asimismo, supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las normas de simplificacion administrativa contenidas en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

23.11 Detectar los incumplimientos a las normas de simplificacion administrativa contenidas en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y recomendar las modificaciones que considere pertinentes, otorgando a las entidades un plazo perentorio para la subsanacion. De no producirse la subsanacion, formular las propuestas normativas requeridas para realizar las gestiones conducentes a hacer efectiva la responsabilidad de los funcionarios involucrados; 23.12 Detectar los casos de duplicidad de funciones o de procedimientos administrativos en las distintas entidades publicas y proponer las medidas necesarias para su correccion; 23.13 Emitir opinion tecnica respecto de las autografas, proyectos de Ley y proyectos normativos que la Alta Direccion someta a su consideracion. Dicha opinion versara respecto de las competencias asignadas a la Secretaria; 23.14 Llevar y actualizar un Registro Nacional de Sanciones de destitucion, despido y otras que se hayan aplicado a cualquier autoridad o personal al servicio de las entidades de la Administracion Publica del Gobierno Nacional, independientemente de su regimen laboral o contractual; 23.15 Emitir opinion tecnica con relacion a toda propuesta para la creacion, modificacion, escision, fusion o eliminacion de ministerios, entidades, organismos publicos descentralizados, organos de linea, direcciones generales, autoridades autonomas, corporaciones, fondos y, en general, cualquier entidad, organo u organismo perteneciente al Estado; 23.16 Proponer proyectos de dispositivos legales en materia de su competencia; y, 23.17 Otras que le MORDAZA encomendadas. Articulo 24º.- De la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica La PCM a traves de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica de la Secretaria de Gestion Publica se encarga de dirigir, implementar y supervisar la politica nacional de gobierno electronico e informatica. Articulo 25º.- De las Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica La Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica tiene las siguientes funciones: 25.1 Proponer la Politica Nacional de Gobierno Electronico e Informatica del Estado en concordancia con el Plan para el Desarrollo de la Sociedad de la Informacion en el Peru elaborado por la Comision Multisectorial para el Desarrollo de la Sociedad de la Informacion (CODESI); 25.2 Proponer la normatividad y coordinar el desarrollo del gobierno electronico y de la actividad informatica en la Administracion Publica, impulsando su modernizacion; 25.3 Desarrollar acciones orientadas a la consolidacion y desarrollo del Sistema Nacional de Informatica; 25.4 Elaborar y desarrollar la Estrategia Nacional de Gobierno Electronico y coordinar y supervisar su ejecucion; 25.5 Coordinar con los organismos de la Administracion Publica el desarrollo de soluciones informaticas para la optimizacion de la gestion publica; 25.6 Coordinar y supervisar la integracion funcional de los sistemas informaticos del Estado; 25.7 Coordinar y supervisar el desarrollo de los portales de las entidades del sector publico, con el fin de establecer la ventanilla unica de atencion a las empresas y los ciudadanos; 25.8 Dictar los lineamientos de la politica de contrataciones del Estado, conforme a lo establecido en el Lineamiento III del Decreto Supremo Nº 031-2002-PCM; y, 25.9 Otras que le MORDAZA encomendadas. TITULO IV: DE LA ESTRUCTURA ORGANICO ADMINISTRATIVA CAPITULO I: DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO SUBCAPITULO I: DEL GABINETE DE ASESORES Articulo 26º.- Del Gabinete de Asesores El Gabinete de Asesores es el organo de asesoramiento del Presidente del Consejo de Ministros para el cumplimiento de sus funciones. Asimismo presta asesoria y asistencia a

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