Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2003 (07/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de marzo de 2003

PCM y el Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas DEVIDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo, para la contratacion hasta por un monto de S/. 36,900.00 (Treinta y Seis Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles) con cargo a la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias y por el periodo de marzo - MORDAZA del 2003, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia de los Servicios Personalisimos de calidad y confiabilidad, que requiere la Gerencia General de DEVIDA para desarrollar acciones especificas encargadas por el Directorio y de apoyo a las Gerencias, relativas a la identificacion y gestion de Proyectos de alta prioridad para la Institucion, implementacion de la Estrategia Nacional, desarrollo de temas juridicos y normativos, de gestion de los convenios con la cooperacion internacional, que coadyuven al cumplimiento de los planes operativos y compromisos con la Cooperacion Tecnica Internacional, para las acciones encargadas a la Institucion. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion e Informatica para que se encargue de efectuar la presente contratacion mediante acciones inmediatas sobre la base de obtencion conforme lo establece el Articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administracion e Informatica remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ERICSSON MORDAZA Presidente Ejecutivo del Directorio 04386

Departamental Tumbes procedio a cancelar el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 0208C00031 "Contratacion del Servicio de Lavanderia"; Que, con Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 060PE-ESSALUD-2003 de fecha 31 de enero del 2003, la Presidencia Ejecutiva procedio a declarar la nulidad de las Resoluciones Nºs. 0249 y 0253-GDTU-ESSALUD2002; Que, el articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que en cualquier estado del MORDAZA de seleccion, hasta MORDAZA del otorgamiento de la buena pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propositos de emergencia declarados expresamente; Que, de acuerdo a lo senalado por la Gerencia Departamental Tumbes, con la continuacion de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0108C00012, ha desaparecido la necesidad de contratar nuevamente el servicio con la de Adjudicacion Directa Publica Nº 208C00031, configurandose uno de los supuestos establecidos en el articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, conforme al articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la cancelacion de un MORDAZA de seleccion debera formalizarse mediante resolucion del mismo o superior nivel que aquel que dio inicio al expediente de contratacion; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. CANCELAR la Adjudicacion Directa Publica Nº 0208C00031 "Contratacion del Servicio de Lavanderia". 2. DISPONER que la Secretaria General publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. 3. DISPONER que la Gerencia Departamental Tumbes comunique por escrito la decision adoptada a traves de la presente resolucion, a los miembros del Comite Especial de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0208C00031, dentro del dia siguiente de su expedicion. 4. DISPONER que la Gerencia Departamental Tumbes notifique a los postores que adquirieron las Bases de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0208C00031, para el reintegro que corresponda del pago efectuado para adquirir estas, dentro del plazo establecido por la ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LECAROS Gerente General 04221

ESSALUD
Cancelan adjudicacion directa publica para contratacion de servicio de lavanderia
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 117-GG-ESSALUD-2003 MORDAZA, 3 de marzo del 2003 VISTAS: La Carta Nº 1108-GDTU-ESSALUD-2002; y la Carta Nº 122-OCAJ-ESSALUD-2003; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 024-PE-ESSALUD-2002, se declaro de oficio la nulidad de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0108C00012 "Contratacion del Servicio de Lavanderia" desde la Etapa de Evaluacion Tecnica; Que, la Gerencia Departamental Tumbes con la finalidad de garantizar la continuidad del servicio de lavanderia y en tanto se resolviera la nulidad, designo al Comite Especial de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0208C00031, con la finalidad que este organice y ejecute el citado MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de Lavanderia; Que, toda vez que se encontraba aun en curso la Adjudicacion Directa Publica Nº 0108C00012, no resultaba factible continuar con ningun otro MORDAZA con el mismo objeto, por lo que mediante Resoluciones Nºs. 0249 y 0253-GDTU-ESSALUD-2002, la Gerencia

Autorizan contratacion del servicio de atencion ambulatoria de hemodialisis mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 138-PE-ESSALUD-2003 MORDAZA, 3 de marzo del 2003 VISTO: El Informe Tecnico que sustenta la necesidad de exonerar del MORDAZA de Concurso Publico, la contratacion del servicio de atencion ambulatoria de hemodialisis, por un periodo de cuatro (4) meses y por un valor referencial de S/. 7'674,458.012 (Siete millones seiscientos setenticuatro mil cuatrocientos cincuentiocho con 012/100 nuevos soles); el Acuerdo Nº 15-5-ESSALUD-2003; y, la Carta Nº 927-OCAJ-ESSALUD-2003;

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