Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2003 (08/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, sabado 8 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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en el caso de Transporte Interprovincial de Pasajeros, o la "Constancia de Empadronamiento" en el caso de transporte de carga en camion, expedidos por la autoridad competente, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC modificado por Decreto Supremo Nº 020-2002-MTC - Reglamento Nacional de Administracion de Transportes; Que, dado que el trabajo de esta Comision no ha culminado, resulta pertinente prorrogarlo nuevamente ya que se ha podido verificar que viene surtiendo el efecto esperado, conducente a la formalizacion del Sector, razon por la que resulta procedente una nueva prorroga de la medida hasta el 31 de marzo del 2003, en tanto se aprueben otras medidas en beneficio del Sector Transporte en el pais; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru DECRETA: Articulo 1º.- Prorroguese excepcionalmente el Decreto Supremo Nº 047-2002-MTC hasta el 31 de marzo del 2003, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de marzo del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 04571

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de marzo del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 04572

Autorizan viaje del Director General de Aeronautica Civil y del Director de Seguridad Aerea para participar en reuniones que se realizaran en EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 162-2003-MTC/02 MORDAZA, 6 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del Sector que corresponda, la cual sera publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, a traves de carta del 28 de febrero de 2003, la Federal Aviation Administration -FAA- convoca al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves del Director General de Aeronautica Civil, a llevar a cabo reuniones en la International Area Office for Latin MORDAZA and the Caribbean, en la Flight Standards International Field Office, asi como en la FAA Office of International Aviation - AIA, ubicadas en las ciudades de Miami y MORDAZA, D.C., Estados Unidos de MORDAZA, durante la semana que se inicia el 10 de marzo de 2003, a fin de tratar asuntos relacionados con los programas de la OACI, seguridad aerea en Latinoamerica, regulacion, certificacion y materias de entrenamiento en aviacion; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil como Autoridad Aeronautica Civil, de acuerdo con la Ley Nº 27261, segun los terminos de sus Memorandos Nº 01632003-MTC/12 y Nº 0167-2003-MTC/12, informa que los temas a tratar en las mencionadas reuniones seran los alcances de los Acuerdos de Cooperacion Tecnica con la Federal Aviation Administration y la reactivacion de los mismos, la actualizacion de la informacion sobre los nuevos logros de la Direccion General de Aeronautica Civil en materia de seguridad aerea y cumplimiento de los estandares de la OACI para el mantenimiento de la Categoria 1, asi como las nuevas medidas de seguridad de la aviacion y la posibilidad de recibir asistencia tecnica para el Peru, por lo que ha considerado necesaria la participacion de los senores MORDAZA Benzaquen MORDAZA, Director General de Aeronautica Civil y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de Seguridad Aerea, en las mencionadas reuniones, que seran llevadas a cabo del 10 al 13 de marzo del 2003; Que, es de interes para el Ministerio de Transportes y Comunicaciones sostener las referidas reuniones con la FAA, por cuanto es importante que el Peru mantenga la Categoria 1 alcanzada, asi como porque los temas relativos a la seguridad, regulacion, entrenamiento y acuerdos de cooperacion internacional sobre aeronautica civil, que seran tratados en las reuniones con la citada organizacion, son temas que atanen a su competencia; Que, la participacion de los mencionados funcionarios sera financiada dentro del MORDAZA del Acuerdo de Gestion de Servicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27261, conforme a la autorizacion senalada en la Autorizacion

Amplian plazo de Comision de Trabajo Multisectorial encargada de proponer soluciones a problemas del transporte de carga en camion e interprovincial de pasajeros
DECRETO SUPREMO Nº 013-2003-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2002-MTC se creo una Comision de Trabajo Multisectorial encargada de proponer soluciones a los problemas estructurales que afronta el transporte de carga en camion y el transporte interprovincial de pasajeros; Que, el plazo inicialmente otorgado a esta Comision Multisectorial fue MORDAZA por Decreto Supremo Nº 0092003-MTC, siendo el caso que este plazo ha resultado insuficiente dada la amplitud e importancia de los temas a tratar, razon por la que la Comision Multisectorial ha acordado solicitar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, una nueva ampliacion de su vigencia por noventa dias; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado y de la Ley Nº 27181, Ley General de Transportes y MORDAZA Terrestre; DECRETA: Articulo 1º.- Ampliese por 90 (noventa) dias calendario adicionales, contados a partir de la fecha de vencimiento establecido en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 009-2003-MTC, el plazo otorgado a la Comision Multisectorial para que cumpla con los objetivos planteados en el Decreto Supremo Nº 0422002-MTC. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo, sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

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