Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2003 (08/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 8 de marzo de 2003

Maestro", ubicado en la Prolongacion Avenida Grau Nº 30, distrito MORDAZA, provincia y departamento del Cusco. Articulo 2º.- Autorizase al referido Instituto a ofrecer formacion en las Carreras Profesionales Pedagogicas conducentes a otorgar los titulos de Profesor de Educacion Inicial y Profesor de Educacion Primaria, con una duracion de diez ciclos academicos desarrollados en cinco anos calendario, en el turno diurno, con una meta anual de 30 alumnos cada una de ellas. Articulo 3º.- Reconozcase a la Asociacion Benefico MORDAZA Promotora de Desarrollo Integral (A.B.C. PRODEIN) como propietaria del Instituto cuyo funcionamiento autoriza el presente Decreto Supremo, y como Directora a la senora MORDAZA MORDAZA Borrell Gallardo. Articulo 4º.- Dispongase que la Direccion Regional de Educacion del MORDAZA verifique el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de marzo del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 04568

forme se senala en el Informe Nº 071-2002-EM-DGMDFM/SMI, de fecha 25 de noviembre de 2002; Que, MORDAZA Marmoles S.A. no ha informado el cumplimiento de las recomendaciones ordenadas por resolucion de fecha 5 de setiembre de 2000, de la Direccion General de Mineria; Que, del estudio de los actuados administrativos, se infiere que existen indicios razonables de la comision de delito contra la Administracion Publica, por lo que es necesario autorizar el Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que formule la correspondiente denuncia penal; asi como MORDAZA las demas acciones legales contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y demas personas que pudieran resultar responsables de la empresa MORDAZA Marmoles S.A., titular de la concesion "SANTA EULALIA"; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Ley Nº 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas y los Articulos 20º y 21º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-93-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en nombre y representacion del Estado, formule la correspondiente denuncia penal y demas acciones legales pertinentes contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y demas personas que pudieran resultar responsables de la empresa MORDAZA Marmoles S.A., titular de la concesion "SANTA EULALIA", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitase al referido Procurador Publico los antecedentes de la presente Resolucion con transcripcion de la misma, para su conocimiento y demas fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 04442

ENERGIA Y MINAS
Autorizan a procurador interponer acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la administracion publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 104-2003-EM/DM MORDAZA, 6 de marzo del 2003 VISTA la Resolucion de la Direccion General de Mineria, de fecha 27 de noviembre de 2002, que aprobo la inspeccion especial de seguridad e higiene minera, efectuada el dia 18 de setiembre de 2002, por la empresa fiscalizadora externa "Servicios Completo en Ingenieria S.R.L." en la concesion "SANTA EULALIA", ubicada en el paraje Quebrada Habas Quina, distrito de Curicaca, provincia de Jauja, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de fecha 5 de setiembre de 2000, la Direccion General de Mineria, dispuso la paralizacion de las operaciones de chancado y explotacion de sustancias no metalicas que se realizan en el area de la concesion "SANTA EULALIA" de MORDAZA Marmoles S.A. hasta que cumpla con presentar el Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) asi como el Planeamiento de Minado; y obtenga sus aprobaciones respectivas; el cumplimiento de las recomendaciones indicadas en la mencionada Resolucion; Que, la Direccion General de Mineria, dispuso mediante Resolucion de fecha 12 de setiembre de 2002, que la Fiscalizadora Externa "Servicios Completo en Ingenieria S.R.L." realice una inspeccion especial de seguridad e higiene minera, en las zonas de explotacion de minerales no metalicos adyacentes a la carretera central, comprendidas entre las localidades de La Oroya y el MORDAZA Matachico; con la finalidad de verificar el cumplimiento de la paralizacion y el acatamiento de las normas de seguridad e higiene minera; Que, evaluado el Informe de la Inspeccion Especial de normas de seguridad e higiene minera realizada el 18 de setiembre de 2002, se ha determinado que las actividades de explotacion de sustancias no metalicas en la concesion "SANTA EULALIA" se siguen realizando, pese a la orden de paralizacion dispuesta por la Direccion General de Mineria; e igualmente prosiguen las infracciones a las normas de seguridad e higiene minera, con-

Declaran no haber merito para iniciar procedimiento administrativo contra ex funcionaria
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 105-2003-EM/DM MORDAZA, 6 de marzo del 2003 Visto el Informe Nº 05-2002-2-0054-EM/IG - Examen Especial a las Adquisiciones, Licitaciones y Concursos realizados por la Oficina de Abastecimiento durante los anos 2000 y 2001, elaborado por la Oficina de Inspectoria General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 373-2002-EM/ DM, de fecha 22 de agosto de 2002, se constituyo la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios encargada de evaluar el informe del visto a fin de determinar la procedencia de la instauracion de MORDAZA administrativo disciplinario a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de ex Directora de la Oficina de Abastecimiento; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 242-2002EM/DM, de fecha 23 de MORDAZA de 2002, se aprobo el Reglamento del MORDAZA Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energia y Minas; Que, el articulo 23º de dicho Reglamento, establece que el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por resolucion del titular de la entidad; Que, el articulo 35º del Reglamento MORDAZA mencionado, establece que las disposiciones senaladas para la constitucion, funcionamiento, atribuciones y procedimiento a seguir de la Comision Permanente, seran de aplicacion para los casos de la Comision Especial;

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