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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2003 (08/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 32

PÆg. 240366 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de marzo de 2003 De conformidad con lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 27594 y el Inciso "L" del Artículo 8º de la Ley Nº 27657; Con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación del doctor JULIO HERNÁN CALDAS VÁSQUEZ, al car- go de Director del Hospital Santa María del Socorro de la Dirección Regional de Salud Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 04522 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2003-SA/DM Mediante Oficio Nº SA-SG-339-2003 el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 194-2003-SA/DM, publicada en nuestra edición del día 28 de febrero de 2003 en la página 239906. DICE: "Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolución, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Participación Comunitariaen Salud, de la Dirección General de Promoción de la Salud, del Ministerio de Salud, Nivel F-4, a doña VIVIAN IVON GARCIA VILLAVICENCIO." DEBE DECIR: "Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolución, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Participación Comunitariaen Salud, de la Dirección General de Promoción de la Salud, del Ministerio de Salud, Nivel F-4, a doña VIVIAN IVONNE GARCIA VILLAVICENCIO." 04360 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 223-2003 SA/DM Mediante Oficio Nº SA-SG-342-2003 el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Directiva Nº 003-MINSA/OG-RR.HH.-V.O1 aprobada por la Re-solución Ministerial Nº 223-2003 SA/DM, publicada en nuestra edición del día 2 de marzo de 2003 en las pági- nas 240054 y 240055. En la la Directiva Nº 003-MINSA/OG-RR.HH.-V.O1: DICE: "Asistencia Nutricional.- La entrega de bienes y/o di- nero por este concepto será de aplicación para todos los funcionarios y servidores de las Unidades Ejecuto- ras del Pliego 001-Ministerio de Salud..." DEBE DECIR: "Asistencia Nutricional.- La entrega de bienes y/o di- nero por este concepto será de aplicación para todos los funcionarios y servidores de las Unidades Ejecuto-ras del Pliego 011-Ministerio de Salud..." DICE:"VI. PROCEDIMIENTOS PARA LA PERCEPCIÓN DE LOS INCENTIVOS DE ASISTENCIA NUTRICIONAL,RESPONSABILIDAD DIRECTIVA, ESPECIALIZACIÓN, PRODUCTIVIDAD Y AETA" DEBE DECIR:"VI. PROCEDIMIENTOS PARA LA PERCEPCIÓN DE LOS INCENTIVOS DE ASISTENCIA NUTRICIONAL,RESPONSABILIDAD DIRECTIVA, ESPECIALIZACIÓN, POR COORDINADORES DE EQUIPO DE TRABAJO, PRODUCTIVIDAD Y AETA" DICE: "6.1 Para la percepción de cualquier incentivo, el per- sonal deberá laborar un mínimo de una (1) hora adicio- nal a la jornada legal de trabajo en forma efectiva, deján-dose a criterio y responsabilidad del Titular de la Unidad Ejecutora la regulación del mismo por Área y Centro de Trabajo, para garantizar así la prestación de servicios alusuario, según su naturaleza administrativa o asisten- cial." DEBE DECIR: "6.1 Para la percepción de cualquier incentivo, el personal deberá laborar una (1) hora adicional a la jorna- da legal de trabajo en forma efectiva, dejándose a crite- rio y responsabilidad del Titular de la Unidad Ejecutora laregulación del mismo por Área y Centro de Trabajo, para garantizar así la prestación de servicios al usuario, se- gún su naturaleza administrativa o asistencial." DICE: "6.10 El profesional médico que sigue estudios de segunda especialización (residentado médico), percibi- rán los incentivos señalados en el presente numeral VI,de acuerdo a lo dispuesto en su contrato." DEBE DECIR:"6.10 El profesional médico que sigue estudios de segunda especialización (residentado médico), nopercibirán los incentivos señalados en el presente nu- meral VI, a menos que su contrato lo estipule." 04361 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Prorrogan plazo de vigencia del D.S. N” 047-2002-MTC que aprobó tarifaespecial provisional de peaje DECRETO SUPREMO Nº 012-2003-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2002-MTC, se constituyó una Comisión Multisectorial con el objeto de preparar y proponer los dispositivos, procedimientos y alternativas que sean necesarias para dar solución alos problemas de carácter estructural que afronta el transporte de carga en camión y el transporte interpro- vincial de personas; Que, dentro del marco de esta Comisión Multisecto- rial se viene trabajando dispositivos, que tienen directa relación con el cobro del peaje, cuya finalidad es la defavorecer e impulsar la formalización de los operadores del servicio de transporte de carga en camión e inter- provincial de pasajeros; con el consecuente beneficiopara la sociedad y el Estado; Que, con Decreto Supremo Nº 047-2002-MTC, prorrogado por Decreto Supremo Nº 006-2003-MTC,se aprobó la tarifa especial provisional de Peaje otor- gada a aquellos transportistas que estén debidamente formalizados, contando con su Tarjeta de Circulación