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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2003 (08/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 20

PÆg. 240354 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de marzo de 2003 Artículo 3º.- El representante de PROMPEX antes men- cionado, en el término de quince (15) días calendario, conta- dos a partir de su retorno al país, deberá elaborar un informe para la Gerencia General de PROMPEX, en el cual descri-birá las actividades desarrolladas en el mencionado viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduanerosde ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 04506 JUSTICIA Autorizan al Ministro de Justicia a sus- cribir el Acuerdo de Solución Amisto-sa en el caso CIDH N” 11.149 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2003-JUS Lima, 7 de marzo de 2003 CONSIDERANDO:Que, el inciso 1) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece que corresponde al Presidentede la República cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales; Que, el literal f) del artículo 48º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, establece que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, al re- cibir una petición o comunicación en la que se alegue laviolación cualquiera de los derechos que consagra di- cha Convención, se pondrá a disposición de las partes interesadas, a fin de llegar a una solución amistosa delasunto fundada en el respeto a los derechos humanos; Que, con fecha 22 de febrero de 2001, durante el 110º Período de Sesiones de la Comisión Interamerica-na de Derechos Humanos, el Estado peruano suscribió el Comunicado de Prensa Conjunto, mediante el cual asumió responsabilidad internacional, así como el com-promiso de adoptar medidas para restituir los derechos afectados y/o reparar el daño causado en perjuicio del señor Alejandro Zúñiga Paz; Que, conforme a lo señalado en el literal i) del artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, es función del Ministerio de Justicia, centrali-zar, coordinar, asesorar y promover la tutela y vigencia de los Derechos Humanos; Que, en ese contexto, se ha considerado convenien- te autorizar al Ministro de Justicia, a suscribir el Acuerdo de Solución Amistosa en el caso CIDH Nº 11.149 - Ale- jandro Zúñiga Paz; De conformidad con los artículos 44º y 118º, inciso 8) de la Constitución Política del Estado y el artículo 3º numeral 3 del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, De-creto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministro de Justicia a sus- cribir el Acuerdo de Solución Amistosa en el caso CIDH Nº 11.149 - Alejandro Zúñiga Paz, de conformidad con el compromiso internacional asumido en el Comunicadode Prensa Conjunto de fecha 22 de febrero de 2001. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 04578Autorizan al INPE ejecutar el traslado y recepción de ciudadano peruano quecumple condena en los EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2003-JUS Lima, 7 de marzo de 2003 Visto el Oficio Nº 763-2001-INPE/11 de la Secretaría General del Instituto Nacional Penitenciario, y el OF.RE (LEG) Nº 2-19-B/116 de la Oficina de Asuntos Legalesdel Ministerio de Relaciones Exteriores, relacionados con la solicitud de CARLOS ALFONSO RODOLFO MALPI- CA HERNÁNDEZ, para su traslado al Perú, acogiéndo-se al Tratado suscrito con los Estados Unidos de Améri- ca, sobre cumplimiento de condenas penales; CONSIDERANDO: Que el interno de nacionalidad peruana CARLOS ALFONSO RODOLFO MALPICA HERNÁNDEZ, reclui- do en F.C.I. Yazoo City, Mississippi, Estados Unidos de América, ha solicitado acogerse al Tratado suscrito en-tre los Gobiernos del Perú y de Estados Unidos de Amé- rica, sobre cumplimiento de condenas penales; Que dicho Tratado permite que las sentencias im- puestas en los Estados Unidos de América a peruanos, puedan ser cumplidas en establecimientos penitencia- rios de la República del Perú; Que por sentencia de fecha 21 de mayo de 1997, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida condenó a la pena de 121 meses de penaprivativa de libertad y a 5 años de libertad supervisada, por la comisión del delito de conspiración para poseer cocaína con intención de distribuirla a CARLOS ALFON-SO RODOLFO MALPICA HERNÁNDEZ; Que mediante el OF.RE (LEG) Nº 2-19-B/116 la Ofi- cina de Asuntos Legales del Ministerio de RelacionesExteriores comunica al Instituto Nacional Penitenciario, que el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América ha aprobado la solicitud de traslado de CAR-LOS ALFONSO RODOLFO MALPICA HERNÁNDEZ, lo que ha sido puesto en conocimiento de nuestra Embaja- da en dicho país, la cual así ha recibido respuesta favo-rable del Estado trasladante al pedido que le presentara dentro del marco legal del referido Tratado; Que con OF.RE (LEG) Nº 2-19-B/311 la Oficina de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores trasmite una comunicación sobre la realización de la audiencia de confirmación en el caso de CARLOS AL-FONSO RODOLFO MALPICA HERNÁNDEZ; Con Oficio Nº 763-2001-INPE/11 la Secretaría Ge- neral del Instituto Nacional Penitenciario remite la docu-mentación relacionada con el pedido de CARLOS AL- FONSO RODOLFO MALPICA HERNÁNDEZ, que in- cluye el Dictamen Nº 219-98-INPE/OGAJ, el Oficio Nº862-2001-INPE/07 de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Oficio Nº 935-2001-INPE/08 de la Oficina General de Tratamiento, ambos órganos de la referidaentidad, que opinan en forma favorable al traslado; De conformidad con lo dispuesto en el Tratado celebrado entre los Gobiernos del Perú y de Estados Unidos de Amé-rica, sobre cumplimiento de condenas penales, aprobado por el Decreto Ley Nº 23124, y los artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR al Instituto Nacional Peni- tenciario la ejecución de la recepción y traslado del ciu- dadano peruano CARLOS ALFONSO RODOLFO MAL- PICA HERNÁNDEZ, recluido en F.C.I. Yazoo City, Mis-sissippi, Estados Unidos de América, para que cumpla en un establecimiento penitenciario del Perú el resto de la condena impuesta de 121 meses de pena privativa delibertad y 5 años de libertad supervisada, por la comisión del delito de conspiración para poseer cocaína con in- tención de distribuirla. Artículo 2º.- Esta Resolución no irrogará gasto alguno al Estado, ni dará derecho de exoneración o