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PÆg. 241030 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de marzo de 2003 junto que como anexo forma parte integrante de la presen- te Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Unidad de Logísti- ca, remita copia de la presente Resolución al Consejo Su-perior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CON-SUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña yMicro Empresa - PROMPYME dentro de los diez (10) díashábiles siguientes a la aprobación del mismo, conforme lodispone el Art. 8º del Reglamento del Texto Único Ordena-do de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presen- te Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 05247 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Aprueban RØgimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Muni- cipalidad ORDENANZA Nº 140-MDB Barranco, 10 de marzo, del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO; POR CUANTO: El Concejo Distrital de Barranco, en Sesión Ordinaria del 10 de marzo del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalida- des son los órganos de Gobierno Local y tienen autono- mía política, económica y administrativa en los asuntosque le son de competencia; Que, los artículos, 115º y 116º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 establecen que “las Ordenan-zas Municipales pueden establecer sanciones de multa, decomiso y clausura por infracción de sus disposiciones, sin perjuicio de las demás responsabilidades a que hubieralugar”; además, “Los Concejos Municipales por propia ini- ciativa o a solicitud de los Concejos Distritales aprueban y modifican la escala de multas”; Que, estando al marco establecido por el Art. 235º del Procedimiento Sancionador y a la Segunda Disposición Transitoria de la adecuación de procedimientos de la LeyNº 27444, con el objeto de lograr una integración con las normas generales aplicables en la administración pública; Que, la actual administración considera que el ejercicio de la potestad sancionadora debe ser orientada dentro de un contexto de difusión y persuasión al administrado de los bene- ficios que devienen del cumplimiento de los dispositivos lega-les; a tal efecto, resulta imprescindible que la actividad de la administración se encuentre cimentada en criterios de objetivi- dad, integridad, equidad, legalidad, transparencia, penalidad,flexibilidad, especialidad, horizontabilidad y seguridad jurídica, así como, el debido proceso, razonabilidad, tipicidad, irretroac- tividad, concurso y continuidad de infracciones, causalidad,presunción de licitud y la no aplicación de multas sucesivas o simultáneas que permitan una simplificación y celeridad en la atención de los procedimientos administrativos en materia san-cionadoras; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades con- feridas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº23853, aprobó la siguiente: ORDENANZA RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS DE LA MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Capítulo I: Disposiciones Generales Artículo 1º.- Materia y Alcance La presente ordenanza establece el Régimen de Apli- cación de Sanciones Administrativas, en adelante “RAS”para el distrito de Barranco, el cual regula el procedimiento de fiscalización, imposición y ejecución de las sanciones administrativas, debidamente tipificadas en el Cuadro Úni- co de Infracciones y Sanciones “CUIS” adjunto a la presen-te, así como cualquier infracción a las disposiciones lega- les vigentes cuya aplicación sea de competencia de la Municipalidad Distrital de Barranco. Las infracciones y sanciones y procedimientos adminis- trativos especiales correspondientes al transporte urbano, defensa civil, emisión de gases contaminantes entre otrasy las de carácter tributario se rigen pos las normas de la materia. Artículo 2º.- Ámbito de Aplicación El régimen que se establece es de aplicación a todos los casos de incumplimiento de las normas y disposiciones le- gales vigentes que se encuentran bajo la jurisdicción y fun-ciones de la Municipalidad Distrital de Barranco. Artículo 3º.- Órganos Competentes Los procedimientos de fiscalización, imposición y ejecu- ción inmediata de sanciones reguladas en la presente Or- denanza, así como, la atención de los procedimientos ad- ministrativos originados de tales actos, son competenciade los siguientes organismos municipales: - Dirección de Desarrollo Urbano - Dirección de Desarrollo Humano - La Dirección de Medio Ambiente - La Dirección de Seguridad Ciudadana La ejecución forzosa de las sanciones reguladas en la presente Ordenanza es de competencia de la Unidad deEjecución Coactiva y se rige por las normas sobre la mate- ria. Los órganos competentes aplicarán las sanciones establecidas en la presente norma teniendo en consi- deración las notificaciones sobre infracciones que efec- túen los Inspectores y/o Policías Municipales, quienesdeberán identificarse previamente al inicio de cualquier fiscalización o control municipal, siempre que dichas infracciones no hayan sido objeto de descargo dentrodel término de cinco días hábiles, debidamente justifi- cado por el supuesto infractor, a criterio de la Dirección competente de fiscalización, imposición y ejecución desanciones referidas en el presente artículo. Artículo 4º.- Concepto de Infracción Para los efectos de la presente Ordenanza, entiénda- se como infracción toda conducta que al momento de rea- lizarse u omitirse implique el incumplimiento total o parcial de disposiciones municipales contempladas en el CUIS oen otras disposiciones legales. Artículo 5º.- Concepto de Sanción La sanción es la consecuencia jurídica punitiva de carácter administrativo, que se deriva de la verificación de una infrac- ción cometida por las personas naturales, personas jurídicas, y/o cualquier forma de patrimonio autónomo o similar. La san-ción comprende la multa o sanción pecuniaria y en su caso la medida complementaria o sanción no pecuniaria. Esta última tiene por objeto restituir las cosas a su estado anterior. Artículo 6º.- Sanciones 6.1 Multa a. La sanción pecuniaria consiste en la imposición del pago de una suma de dinero al verificarse la comisión uomisión de infracciones debidamente tipificadas en el Cua- dro Único de Infracciones y Sanciones, anexo a la presen- te Ordenanza; no devenga intereses y es actualizada deacuerdo a la variación del Índice de Precios al Consumidor, comprendida entre el último día del mes precedente a la fecha en que se cometió la infracción y el último día delmes precedente a la fecha de pago. La imposición de una multa no exime al obligado de la ejecución de una presta- ción de hacer o no hacer, tales como el cierre, la demoli-ción, la paralización de obra, el retiro, la demolición, clau- sura, etc. La multa coercitiva será impuesta de acuerdo al valor de la Unidad Impositiva Tributaria del año en que se apli- que la sanción o, de ser el caso, por el valor del terreno, el valor de la obra, el valor del inmueble demolido u otrasfórmulas creadas o por crearse. 6.2 Medida Complementaria b. Decomiso: consiste en la desposesión y almacena- miento de bienes comercializados de manera informal y de