Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2003 (19/03/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

Pag. 241020

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, miercoles 19 de marzo de 2003

Articulo 4º.- Dar a conocer la presente Resolucion a las dependencias pertinentes de esta Universidad. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 05250

Autorizan a la Universidad Nacional "Jose MORDAZA MORDAZA Carrion" adquirir lector optico Opscan 8, modelo 50, mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
UNIVERSIDAD NACIONAL "JOSE MORDAZA MORDAZA CARRION" RESOLUCION RECTORAL Nº 250-2003-UH
MORDAZA, 10 de marzo del 2003 VISTOS:

Articulo 1º.- Exonerar a la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA el MORDAZA de Adjudicacion para la Adquisicion de Lector Optico OPSCAN 8 MODELO 50 de National Computer Systems velocidad de 5,000 hojas/hora que incluye: Cabezal doble lapiz, Transport Printer, Software de aplicacion, Fuente de Poder, Cable de Comunicacion, Doble bandeja, por el valor referencial ascendente a US$ 15,500.00 (QUINCE MIL QUINIENTOS DOLARES AMERICANOS) sin incluir IGV, que se abonara en moneda nacional, equivalente al cambio del dia, determinado por el Banco Central de Reserva del Peru, afectandose a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Logistica adquirir el Lector Optico descrito en el articulo primero de la presente Resolucion, mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como la remision de una MORDAZA de la misma con el expediente que la sustente a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Articulo 4º.- El Vicerrector Administrativo, asi como las Direcciones Ejecutivas de Planificacion y Presupuesto, Economia y Logistica y Patrimonio, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese.

Los Oficios Nºs. 031-2003-CADM, del 14 de febrero del 2003 y 0125-2003-UD/DELyP, del 4 de marzo del 2003, de la Comision de Admision y de la Unidad de Compras, respectivamente, en cuanto a la adquisicion del LECTOR OPTICO; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece en el Art. 19º literal f), que estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, entre otras adquisiciones y contrataciones, los bienes y servicios que no admiten sustitutos; siendo esto asi, dichas adquisiciones y contrataciones se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, sobre la obtencion de una cotizacion, en concordancia con el Art. 20º de la referida Ley y el Art. 105º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; Que, mediante los Oficios Nº 024-CADM-2002, del 11 de MORDAZA del 2002, Nº 016-CADM-2003, del 5 de febrero del 2003 y Nº 031-2003-CADM del 14 de febrero del 2003, la Presidencia de la Comision de Admision han venido solicitando de manera reiterada con el caracter de urgencia una Lectora Optica - Modelo Opscan 8, para la elaboracion y desarrollo del MORDAZA de Admision 2003-I; Que, al requerirse informacion respecto a lo solicitado, y agotado los medios encontrados, se obtuvo que la LECTORA OPTICA MODELO OPSCAN 8, solo tiene a un proveedor en calidad de Distribuidor de NATIONAL COMPUTER SYSTEM (NSC PEARSON), para el Peru, Ecuador y Bolivia en venta de Lectores Opticos y otros, la firma POLYSISTEMAS S.A.C.; Que, siendo POLYSISTEMAS S.A.C., el Distribuido Exclusivo, nos ha enviado su cotizacion al Lectora Optico Opscan 8 modelo 50 de National Computer System, velocidad de 5,000 hojas/hora, que incluye, Cabezal doble lapiz, Transport Printer, Software Scantools de aplicacion, Fuente de Poder, Cable de Comunicaciones con doble bandeja de salida, por el precio de US$ 15,500.00 (QUINCE MIL QUINIENTOS DOLARES AMERICANOS) sin incluir IGV ni flete terrestre, y por ser el unico proveedor de este equipo se configura de esta manera bienes y servicios que no admiten sustitutos, por consiguiente, es necesario exonerar dicha adquisicion del MORDAZA de Seleccion respectivo, en aplicacion a literal f) del Art. 19º concordante con el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo autorizarse mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; En uso de las facultades conferidas en la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad;

MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Rectora 05277

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Sancionan a personas natural y juridica con suspension en sus derechos de presentarse en procesos de seleccion y de contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 231/2003.TC-S1
Sumilla: Aplica sancion administrativa al Postor, por no haber suscrito injustificadamente el contrato respectivo, conforme el inciso a) del articulo 205 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM. MORDAZA, 28 de febrero de 2003 Visto en sesion de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del 21.2.2002, el Expediente Nº 339/2002.TC, referido al procedimiento de aplicacion de sancion al ingeniero MORDAZA MORDAZA Pinas MORDAZA, por la no suscripcion injustificada del contrato derivado de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 114-2001-MTC/15.17.12, convocada por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 23.4.2002, mediante Oficio Nº 612-2002-MTC/ 15.02.PERT.03, el Director Ejecutivo del MTC-CAMINOS RURALES-PERT (en adelante la Entidad), solicito a este Colegiado la aplicacion de sancion administrativa al ingeniero MORDAZA MORDAZA Pinas MORDAZA (en adelante el Postor) por no haber suscrito injustificadamente el contrato derivado de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 114-2001-MTC/15.17.12: "Mantenimiento Extraordinario del MORDAZA Rural: MORDAZA Tocto-Chalco Km. 12+000Km 16+483, Huamanga - Ayacucho". 2. Con relacion a lo anterior, obran en autos MORDAZA de los Oficios Nºs. 405 y 483-2002-MTC/15.02.PERT.03, de fecha 14.2.2002 y 26.3.2002, mediante los cuales se comunica el otorgamiento de la buena pro al Postor y se senalan hasta

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.