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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2003 (19/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

PÆg. 241019 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de marzo de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispues- to por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, LeyOrgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Yerko Rubén Eyzaguirre Frisancho, como FiscalProvincial Provisional de la Fiscalía Provincial Mixta deQuispicanchis, Distrito Judicial del Cusco, materia de laResolución Nº 984-2001-MP-FN, de fecha 1 de octubre del2001. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Aquiles Gallegos Corimanya, como Fiscal Pro-vincial Provisional de la Tercera Fiscalía Provincial Mixta deTambopata, Distrito Judicial del Cusco, materia de la Reso-lución Nº 402-2002-MP-FN, de fecha 7 de marzo del 2002,sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen ser per-tinentes por la denuncia y quejas que se encuentran entrámite. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicialdel Cusco, Gerencia Central de Personal, Gerencia deRegistro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 05317 S B S Establecen plazo y criterios para que las empresas de seguros y reaseguros calculen la reserva catastrófica a que se refiere el Art. 3” de la Res. SBS N”829-2000 RESOLUCIÓN SBS Nº 331-2003 Lima, 17 de marzo de 2003 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROSCONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS Nº 829-2000 del 16 de noviembre de 2000 se aprobó el Reglamento para la Cons-titución de la Reserva de Riesgos Catastróficos y de Si-niestralidad Incierta; Que, en dicha Resolución se fijó la Pérdida Máxima Probable (PML), a efectos de determinar la cobertura ca-tastrófica, así como la constitución de la Reserva para Ries-gos Catastróficos en 10%; Que, dada la coyuntura por la que atraviesa el mercado de seguros, originada por el endurecimiento de las condi-ciones de contratación de reaseguros, especialmente lasreferidas a eventos catastróficos, resulta necesario esta-blecer un plazo para que las empresas de seguros seadecuen al porcentaje antes señalado; Que, resulta además necesario disponer el inicio de los estudios tendentes a determinar el PML sobre el cual sedeterminarán las coberturas catastróficas mínimas requeri-das para el mercado nacional, el mismo que deberá con-cluirse dentro del plazo a que se refiere el considerandoanterior; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjun- tas de Seguros y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numeral 9 y 18 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Finan-ciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superin-tendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi-ficatorias; RESUELVE:Artículo Primero.- Por el plazo de dos años contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, las em-presas de seguros y de reaseguros procederán a calcularla reserva catastrófica a que se refiere el artículo 3º de la Resolución SBS Nº 829-2000 teniendo en cuenta lo si-guiente: a) Calcularán la cobertura catastrófica, determinada por el PML, aplicando el 7,5% al monto total expuesto; y, b) Al término del segundo año, incorporarán en el cál- culo el 2,5% con la finalidad de completar el 10% estable-cido por la mencionada Resolución. Artículo Segundo.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros 05214 UNIVERSIDADES Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Bienes, Servicios, Inversiones y Otros Gastos de Capital de la Universidad Nacional de Ucayalipara el ejercicio 2003 UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI COMISIÓN TRANSITORIA DE ORDEN Y GESTIÓN PRESIDENCIA RESOLUCIÓN Nº 192-2003-CTOyG-P-UNU Pucallpa, 4 de marzo de 2003 Visto, los Oficios Nºs. 025 y 035/2003-ABAST-DIGA- UNU, de fechas 18 y 26 de febrero de 2003. CONSIDERANDO:Que, es necesario contar con un documento de ges- tión que formalice y permita la obtención de Bienes yServicios, Inversiones y otros gastos de capital a fin degarantizar el normal funcionamiento de todas las de-pendencias de la Universidad Nacional de Ucayali y darcumplimiento a las metas trazadas por el año fiscal 2003; Que, los Artículos 5º, 6º y 7º del Reglamento de la Ley Nº 27738, aprobado mediante D.S. Nº 013-2001-PCM,establece que cada Entidad elaborará un Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones, el mismo que deberá pre-ver el tipo de bienes, servicios y obras que se requieredurante el presente ejercicio y determinar la modalidad deadquisición, en concordancia con lo establecido por la LeyNº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para elaño fiscal 2003; Que, es necesario aprobar el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de Bienes y Servicios y otros gas-tos de capital de la Universidad Nacional de Ucayali para elaño 2003; y, En uso de las atribuciones que le confiere las Resolu- ciones Nºs. 1656-2001-ANR, 390-2002-ANR, 915-2002-ANR y 1067-2003-ANR, la Ley Universitaria - Ley Nº23733 y el Estatuto de la Universidad Nacional deUcayali; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Bienes Servicios, Inversiones y OtrosGastos de Capital de la Universidad Nacional de Ucayali,correspondiente al Ejercicio Fiscal del año 2003. Artículo 2º.- REMITIR, copia de la presente Reso- lución al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado (CONSUCODE) y a la Comisión dePromoción de Pequeña y Micro Empresa (PROMPYME),dentro de los 10 días hábiles siguientes a la aproba-ción de la misma. Artículo 3º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Dirección Nacional de Presupuesto Público y la Asam-blea Nacional de Rectores de acuerdo a la Ley.