Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2003 (19/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 37

PÆg. 241027 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 19 de marzo de 2003 Que, además de acuerdo a lo establecido en la Resolu- ción Nº 362-2001/SBN de fecha 11 de diciembre del 2001,se ha delegado la facultad de emitir resoluciones de recti-ficación de áreas a la Jefatura de Adjudicaciones de laSuperintendencia de Bienes Nacionales; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25556 modificado por Decreto Ley Nº 25738, Decreto LeyNº 25554 modificado por Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF,Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Resolución Nº 315-2001/SBN y Resolución Nº 362-2001/SBN; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Rectificar el área, perímetro y linderos del predio de 9 260,00 m2 ubicado con frente a la Av. Arenalesy las calles G, H y 1 en la zona noroeste del distrito, provin-cia y departamento de Ica, para consignar su área real de8 327,92 m2, según el detalle indicado en el Plano Nº 099-2003/SBN-GO-JAD y Memoria Descriptiva Nº 062-2003/SBN-GO-JAD, que sustentan la presente rectificación. Artículo 2º.- Modificar la Resolución Nº 288-2001/SBN de fecha 18 de julio del 2001, en los términos siguientes: - Afectar en uso a favor del Programa Nacional de Asis- tencia Alimentaria - PRONAA, el área de 4 930,60 m2, conla finalidad que sea utilizado como sede administrativa yalmacén. - Afectar en uso a favor del Ministerio de Educación, el área de 3 397,32 m2, con la finalidad que sea utilizadocomo centro educativo. Artículo 3º.- La Zona Registral XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, porel mérito de la presente Resolución, procederá a inscribiren el Registro de la Propiedad Inmueble de Ica, la rectifica-ción de área y las afectaciones en uso indicadas en losartículos 1º y 2º. Regístrese, comuníquese y publíquese.YALU PÉREZ VÁSQUEZ Jefe de Adjudicaciones 05197 Rectifican linderos y perímetro de pre- dio inscrito a favor del Estado ubicado en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 027-2003/SBN-GO-JAD La Molina, 4 de marzo de 2003 Visto el Expediente Nº 014-2003/SBN-GO-JAD, corres- pondiente al trámite de rectificación de linderos y perímetrodel predio denominado Lote 1, con un área de 1 100,00m2, ubicado frente a la avenida 10 de Junio, distrito deSan Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, DecretoSupremo Nº 131-2001-EF, Estatuto de la Superintendencia deBienes Nacionales y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Re-glamento General de Procedimientos Administrativos de losBienes de Propiedad Estatal, la Superintendencia de BienesNacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamientoeconómico de los bienes del Estado en armonía con el interéssocial, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabili-dad y estableciendo mecanismos para el registro, inscripción yfiscalización de los bienes de propiedad estatal; Que, el predio denominado Lote 1, con un área de 1 100,00 m2 ubicado con frente a la Avenida 10 de Junio,distrito de San Martín de Porres, provincia y departamentode Lima, se encuentra inscrito a favor del Estado en laPartida Electrónica Nº 11439191 del Registro de la Propie-dad Inmueble de Lima y registrado en el Asiento Nº 13082del Sistema de Información Nacional de Bienes de Propie-dad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamentode Lima;Que, efectuada la inspección técnica, se ha verificado que existe una discrepancia entre los linderos y perímetroreales del predio, indicados en el Plano Nº 235-2002/SBN-GO-JAD y la Memoria Descriptiva Nº 218-2002/SBN-GO-JAD de fecha 20 de noviembre de 2002, que forman partede esta resolución, con los que se señalan en su partidaregistral; Que, en tal sentido es procedente efectuar la rectifica- ción de los linderos y perímetro del predio descrito, conarreglo a lo establecido en la Décima Disposición Com-plementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF de fe-cha 17 de julio del 2001 "Reglamento General de Procedi-mientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Esta-tal" y a las facultades conferidas a la Jefatura deAdjudicaciones mediante la Resolución Nº 362-2001/SBNde fecha 11 de diciembre de 2001; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 051-2003/SBN-GO-JAD de fecha 24 defebrero de 2003; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supre-mo Nº 154-2001-EF, Resolución Nº 315-2001/SBN y Reso-lución Nº 362-2001/SBN; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Rectificar los linderos y perímetro del predio denominado Lote 1, con un área de 1 100,00m2, ubicado con frente a la avenida 10 de junio, distritode San Martín de Porres, provincia y departamento deLima, inscrito a favor del Estado en la Partida Electróni-ca Nº 11439191 del Registro de Predios de Lima, paraconsiderar sus reales medidas, indicadas en el PlanoNº 235-2002/SBN-GO-JAD y la Memoria Descriptiva Nº218-2002/SBN-GO-JAD que sustentan la presenteResolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, porel mérito de la presente Resolución, procederá a inscribir larectificación de linderos y perímetro señalada en el artículoprecedente. Regístrese, comuníquese y publíquese.YALU PÉREZ VÁSQUEZ Jefe de Adjudicaciones 05198 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el aæo fiscal2003 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL Nº 140-2003-GRA/PE Ayacucho, 13 de marzo de 2003 VISTO:El Oficio Nº 098-2003-GR-AYAC/GG-GRA-SGAPF, de la Subgerencia de Abastecimiento, con Decreto Nº 866-2003-GRA/GG de la Gerencia General del Gobierno Re-gional Ayacucho e Informe Nº 003-2003-GR-AYAC/GRA-SGAPF-UPA-EVM respectivamente, sobre la formulacióndel Plan Anual de Adquisiciones de Bienes y Servicios delEjercicio Presupuestal 2003; y, CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales creado por la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, son personas jurí-dicas de derecho público, con autonomía política, econó-mica y administrativa en asuntos de su competencia, cons-tituyendo para su administración económica y financieraun pliego presupuestal;