Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2003 (22/03/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 241222

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 22 de marzo de 2003

de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2002-SA se aprobo el Reglamento de Concursos para Cargos de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1684-2002SA/DM de fecha 21 de octubre de 2002 se designo a los representantes de la Comision Nacional de Concurso para el cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud; Que, mediante aviso de convocatoria publicado los dias 13 y 14 de enero del 2003, la Comision Nacional de Concurso convoco a concurso para cubrir, entre otras, la plaza de Director Ejecutivo del Hospital MORDAZA E. Bernales; Que, habiendose efectuado la evaluacion de los factores de calificacion previstos en el articulo 17º del Reglamento de Concurso, no habiendose interpuesto recurso impugnatorio alguno, la Comision Nacional de Concurso remite el Oficio de la referencia, informando a este despacho los resultados definitivos del concurso efectuado, previstos en el Reglamento y Bases del Concurso; la Comision Nacional de Concurso remite el Oficio de la referencia, comunicando a este Despacho los resultados definitivos del concurso efectuado; Que, el articulo 7º de la Resolucion Ministerial N° 1844-2002-SA/DM, precisa que la formalizacion del resultado del concurso se MORDAZA mediante resolucion del titular del Hospital o Instituto Especializado que ha sido objeto de concurso; en tanto que la designacion en el cargo sera formalizada mediante Resolucion Ministerial; Que, no obstante que contra los resultados del concurso ya no cabe la interposicion de recurso alguno en sede administrativa, su formalizacion mediante resolucion del titular del Hospital tiene por objeto dar publicidad al resultado del concurso, a efectos de garantizar su transparencia; Que, el articulo 3º del Reglamento de Concurso para cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud establece que el cargo de Director al que se accede por concurso tendra una duracion de tres anos, pudiendo ser ratificado por una sola vez para un periodo adicional; De conformidad con lo establecido en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la encargatura del cargo de Director Ejecutivo del Hospital MORDAZA E. MORDAZA, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- DESIGNAR al doctor MORDAZA WONG PUJADA en el cargo de Director Ejecutivo del Hospital MORDAZA E. Bernales. Articulo Tercero.- PRECISAR que el plazo de dicha designacion tendra una duracion de 3 (TRES) anos, contados a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 3º del Reglamento de Concurso aprobado por D.S. Nº 011-2002-SA. Articulo Cuarto.- DISPONER que el Director Ejecutivo designado proceda a expedir la Resolucion Directoral de formalizacion del resultado del concurso para el cargo de Director Ejecutivo del Hospital MORDAZA E. Bernales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 05597

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Transfieren a la Direccion General de Asuntos Socio-Ambientales funciones previstas en los DD.SS. Nºs. 047-2001MTC y 007-2002-MTC
DECRETO SUPREMO Nº 014-2003-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, se determino el ambito, estructura organica basica, competencia y funciones de cada Ministerio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el cual se ha considerado como un organo de linea del subsector transportes a la Direccion General de Asuntos Socio-Ambientales encargada de velar por el cumplimiento de las normas de conservacion del medio ambiente del subsector transportes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, estableciendose que las funciones, servicios y actividades de la Direccion General del Medio Ambiente del anterior Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, seran asumidas por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento de acuerdo a sus funciones; en caso que las actividades de la citada Direccion General no se adecuen a las competencias asignadas al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, estas seran transferidas a los gobiernos regionales, gobiernos locales, organismos o entidades publicas competentes, conjuntamente con los recursos y personal necesarios para su ejecucion y/o prestacion, con estricto respeto de los derechos laborales; Que, por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC se aprobo el Reglamento Nacional de MORDAZA, estableciendose que el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, hoy Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el organo rector a nivel nacional, atribuyendole competencias normativas, de gestion, fiscalizacion y las no asignadas expresamente a otra autoridad competente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2001-MTC se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, disponiendose que los limites maximos permisibles para vehiculos en circulacion a nivel nacional, vehiculos nuevos importados o producidos y vehiculos usados importados, que se incorporen al MORDAZA automotor nacional, se adecuaran a la MORDAZA que emitira el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, hoy Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, por Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC se establecio los limites maximos permisibles de emisiones contaminantes para vehiculos automotores que circulen en la red vial, constituyendose determinadas funciones de la Direccion General de Medio Ambiente del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Constr uccion, hoy Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones; Que, por Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC se establecio el procedimiento para la homologacion y autorizacion de equipos a utilizarse en el control oficial de limites maximos permisibles de emision de contaminantes para vehiculos automotores, disponiendose que la Direccion General de Medio Ambiente del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, hoy Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la entidad competente para homologar y autorizar la utili-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.