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PÆg. 241281 NORMAS LEGALES Lima, domingo 23 de marzo de 2003 numeral 13.2, señala que las suscripciones de contra- tos serán autorizadas por el Titular del Pliego o por quie-nes éste delegue dicha autorización, previo informefavorable de la Oficina de Presupuesto y de Planifica- ción de la entidad, respecto de la disponibilidad presu- puestal correspondiente y de la Oficina General deAdministración sobre las calificaciones del locatario, lanaturaleza del servicio, el tiempo de duración del mismoy el monto de los honorarios; Que, para agilizar la suscripción de los contratos de los procesos de selección que convoque la Dirección Regional Agraria Lima-Callao y con la finalidad de garan-tizar una gestión eficiente, se requiere delegar la funcióndel Titular del Pliego de autorización de los contratosmencionados, a favor del Director Regional de la Direc-ción Regional Agraria Lima-Callao; Estando a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y el Regla-mento de Organización y Funciones, aprobado porel Decreto Supremo Nº 017-2001-AG y la visaciónde la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el Director Regional de la Dirección Regional Agraria Lima-Callao, Programa 009:Promoción de la Producción Agraria del Pliego Presu-puestario 013: Ministerio de Agricultura, la facultad del Titular del Pliego de autorizar las suscripciones de los Contratos de Servicios No Personales o Locación deServicios, que se lleven a cabo durante el Ejercicio Fis-cal 2003, cuando las contrataciones cuenten con el In-forme favorable de disponibilidad presupuestal emitidopor la Oficina General de Planificación Agraria y de la Oficina General de Administración del Ministerio de Agricultura. Artículo 2º.- Disponer que el Director Regional de la Dirección Regional Agraria Lima-Callao, informe trimes-tralmente al Ministro de Agricultura, los Contratos deServicios No Personales que hubiere suscrito, en apli- cación de la delegación conferida mediante la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 05673 DEFENSA Nombran en misión de estudios y diplo- mÆtica a personal de la Marina de Gue-rra en Argentina, Chile y Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 507-DE/MGP Lima, 17 de marzo de 2003 Visto el Oficio N.100-0173 del Director de Instruc- ción, de fecha 27 febrero 2003. CONSIDERANDO:Que, es conveniente para los intereses institu- cionales nombrar en Misión de Estudios en el Ex-tranjero al Capitán de Corbeta SGC. Pastor LudwigZANABRIA Acosta, a fin que participe en el Curso deControlador de Tráfico Marítimo en el Estado Mayor General de la Armada Argentina, ciudad de Buenos Aires - ARGENTINA, a llevarse a cabo del 31 marzoal 12 abril 2003, por cuanto los conocimientos y ex-periencias a adquirirse redundarán en beneficio de laSeguridad Nacional, dentro del ámbito de competen-cia de la Marina de Guerra del Perú; Que, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 5 junio 2002, regulan la autorizaciónde viajes al exterior de servidores y funcionarios públi-cos; y, Estando a lo recomendado por el Comandante Gene- ral de la Marina;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Misión de Estudios en el Extranjero al Capitán de Corbeta SGC. Pastor Ludwig ZANABRIA Acosta, CIP. 01811757, a fin que participe en el Curso de Controlador de Tráfico Marítimo en el EstadoMayor General de la Armada Argentina, ciudad de Bue-nos Aires - ARGENTINA, a llevarse a cabo del 31 marzoal 12 abril 2003. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, efectuará los pagos quecorrespondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Buenos Aires (ARGENTINA) - Lima US$ 430.70 + 15.00 Imp. Turismo x 1 Persona Viáticos: US$ 200.00 x 13 días x 1 Oficial Superior Impuesto de Aeropuerto: US$ 28.00 x 1 Persona (PERÚ) Artículo 3º.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y/o términodel nombramiento, sin exceder el plazo total establecido. Artículo 4º.- El citado Oficial Superior deberá cum- plir con lo señalado en los Artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros deninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 05536 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 508-DE/MGP Lima, 17 de marzo de 2003 Visto el Oficio P.500-0616 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 11 marzo 2003, median- te el cual recomienda se nombre en Misión Diplomáticaal Técnico 1ro. Sad. Segundo Andrés CABRERA More-no, CIP 01778584, para que preste servicios en laAgregaduría Naval a la Embajada del Perú en Chile, porel período de UN (1) año. CONSIDERANDO: Que, es necesario nombrar en Misión Diplomática al Técnico 1ro. Sad. Segundo Andrés CABRERA Moreno, para que preste servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en Chile, por el período de UN (1)año, a partir del 1 abril 2003; Que, el nombramiento referido en el considerando anterior, así como las funciones inherentes al mismo,redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional e Ins- titucional; Que, la Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 diciembre 1987,el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG de fecha 21 junio2001, y la Resolución Ministerial Nº 1062-DE/CCFFAAde fecha 1 diciembre 1994, regulan los conceptos que se abonan al Personal Militar y Civil de las Fuerzas Ar- madas que viaja al exterior en Misión Diplomática; Estando a lo recomendado por el Comandante Ge- neral de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Misión Diplomática a órde- nes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Técnico1ro. Sad. Segundo Andrés CABRERA Moreno, CIP.01778584, para que preste servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en Chile, por el período de UN (1) año, a partir del 1 abril 2003. Artículo 2º.- El citado Técnico revistará en la Direc- ción General del Personal de la Marina, por el períodoque dure la Misión Diplomática.