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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2003 (26/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 32

PÆg. 241446 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de marzo de 2003 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Establecen tasas de interØs activas y pasivas en moneda nacional CIRCULAR Nº 006-2003-EF/90 Lima, 24 de marzo de 2003 Ref.: Tasas de interés activas y pasivas en moneda nacional Este Banco Central, en uso de las facultades que le confieren los artículos 1243º y 1244º del Código Civil, el artículo 9º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros, y los artículos 51º y 52º de su Ley Orgánica, ha resuelto dejar sin efecto la Circular Nº 027-2001-EF/90 del 19 de noviem-bre de 2001, sustituyéndola por la presente. En esta oportunidad se establece la tasa de interés aplicable a los depósitos administrativos y judiciales enconsignación y custodia en el Banco de la Nación. A. TASA DE INTERÉS CONVENCIONAL COMPEN- SATORIO 1. Operaciones entre empresas del sistema finan- ciero y usuarios finales a) Operaciones activas En cualquiera de sus modalidades, excluidos los sal- dos de los créditos promocionales, la tasa de interés se determina por la libre competencia en el mercado finan-ciero y es expresada en términos efectivos anuales por todo concepto. b) Operaciones pasivas La tasa de interés, en cualquiera de sus modalidades, se determina por la libre competencia en el mercadofinanciero y es expresada en términos efectivos anua- les. 2. Operaciones entre empresas del sistema finan- ciero Operaciones interbancarias: La tasa de interés se determina por la libre competencia en el mercado finan- ciero y es expresada en términos efectivos anuales. 3. Operaciones entre el Banco Central y empre- sas del sistema financiero Operaciones de crédito con fines de regulación mone- taria (artículo 58º de la Ley Orgánica del Banco Central): la que acuerde el Directorio del Banco Central. B. TASA DE INTERÉS LEGAL La tasa de interés legal en moneda nacional se expre- sa en términos efectivos anuales y es publicada diaria- mente por la Superintendencia de Banca y Seguros. 1. Operaciones no sujetas al sistema de reajuste de deudas La tasa de interés legal es equivalente a la TIPMN. La TIPMN es la tasa promedio ponderado de las ta- sas pagadas sobre los depósitos en moneda nacional,incluidos aquellos a la vista, por los bancos y financie- ras. Esta tasa es fijada en términos efectivos anuales y publicada diariamente por la Superintendencia de Bancay Seguros. 2. Operaciones sujetas al sistema de reajuste de deudas La tasa efectiva es calculada de forma tal que el cos- to efectivo de estas operaciones, incluido el reajuste,sea equivalente a la tasa señalada en el punto B.1. 3. Tasa de interés de los depósitos administrati- vos y judiciales en el Banco de la NaciónLa tasa de interés aplicable a los depósitos admi- nistrativos y judiciales en consignación y custodia en el Banco de la Nación es equivalente a la tasa promedio de los depósitos de ahorro de las empresas bancarias entérminos efectivos anuales que publica la Superinten- dencia de Banca y Seguros. C. TASA EFECTIVA DE INTERÉS MORATORIO Operaciones entre empresas del sistema finan- ciero y usuarios finales La tasa de interés moratorio se determina por la libre competencia en el mercado financiero y es expresada en términos efectivos anuales por todo concepto. El interés moratorio se cobra sólo cuando se haya pactado y únicamente sobre el monto de la deuda co- rrespondiente al capital impagado cuyo plazo esté ven- cido. El interés moratorio se computa y cobra a partir de la fecha en que el deudor incurre en mora, sin perjuicio del cobro del interés convencional compensatorio o legalpactado. Se cobra sobre el saldo del capital impagado. Por tanto, en los casos en que la devolución del présta- mo se efectúe por cuotas, el cobro del interés moratorioprocede únicamente sobre la parte correspondiente al capital de las cuotas vencidas e impagadas, mientras subsista esta situación. D. DISPOSICIÓN FINAL Para el cálculo de los intereses aplicables a las dife- rentes operaciones fijadas con relación a la TAMN -tasa activa de mercado promedio ponderado en moneda na-cional, expresada en términos efectivos anuales- y a la TIPMN, se aplica los factores acumulados correspondientes al período computable, publicados porla Superintendencia de Banca y Seguros. Este criterio es también aplicable al cálculo de los intereses de los depósitos administrativos y judiciales en consignación ycustodia en el Banco de la Nación. HENRY BARCLAY Gerente General 05709 Establecen tasas de interØs activas y pasivas en moneda extranjera CIRCULAR Nº 007-2003-EF/90 Lima, 24 de marzo de 2003 Ref.: Tasas de interés activas y pasivas en moneda extranjera Este Banco Central, en uso de las facultades que le confieren los artículos 1243º y 1244º del Código Civil, el artículo 9º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros, y los artículos 51º y 52º de su Ley Orgánica, ha resuelto dejar sin efecto la Circular Nº 028-2001-EF/90 del 19 de noviem-bre de 2001, sustituyéndola por la presente. En esta oportunidad se establece la tasa de interés aplicable a los depósitos administrativos y judiciales enconsignación y custodia en el Banco de la Nación. A. TASA DE INTERÉS CONVENCIONAL COMPEN- SATORIO 1. Operaciones entre empresas del sistema finan- ciero y usuarios finales a) Operaciones activas En cualquiera de sus modalidades, financiadas con recursos internos o externos, excluidos los saldos de los créditos promocionales, la tasa de interés se deter- mina por la libre competencia en el mercado financiero yes expresada en términos efectivos anuales por todo concepto.