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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2003 (26/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 47

PÆg. 241461 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de marzo de 2003 c. Manejar crisis informativas y monitoreo de oportu- nidades de imagen; d. Definir cuadros de voceros y de agentes amplifi- cadores de los mensajes institucionales; e. Facilitar la vinculación entre el Consejo Nacional de Descentralización y los medios de comunicación; f. Realizar análisis de noticias y ordenamiento de los anuncios institucionales de carácter público; g. Emitir notas de prensa y comunicados públicos aprobados por los órganos de la Alta Dirección del Con- sejo Nacional de Descentralización; h. Proveer servicios de comunicación e información a los órganos de la Alta Dirección y de Línea del Consejo Nacional de Descentralización; i. Organizar eventos y desarrollo de materiales pro- mocionales relacionados con las actividades realizadas por el Consejo Nacional de Descentralización; j. Asesorar a los órganos de la Alta Dirección y de Línea en materia de relaciones Interinstitucionales, Co- municaciones e Imagen Institucional; k. Proponer acciones de educación ciudadana y pro- moción de una cultura de la descentralización; y, l. Las demás que le asigne el Presidente del CND. A.2.3.2. Oficina de Cooperación Internacional.Artículo 22º.- La Oficina de Cooperación Internacio- nal depende del Presidente del CND. Se encarga de ca- nalizar la cooperación técnica y financiera no reembol- sable nacional e internacional en apoyo al proceso de descentralización. Artículo 23º.- Son funciones de la Oficina de Coope- ración Internacional: a. Formular el Plan de Cooperación Internacional de Apoyo a la Descentralización en el marco del Plan Na- cional de Cooperación Internacional; b. Proponer los lineamientos de políticas y normas para la cooperación internacional a ser canalizada a los gobiernos subnacionales; c. Asesorar a los gobiernos subnacionales en la for- mulación, ejecución y evaluación de proyectos de co- operación internacional; d. Capacitar a los funcionarios de los Gobiernos Re- gionales y Locales en la ejecución y gerencia de Progra- mas y proyectos de cooperación internacional; e. Llevar a cabo las relaciones con las fuentes de cooperación internacional en apoyo al cumplimiento de los objetivos y funciones del CND; f. Representar al CND en el sistema de Cooperación internacional; y, g. Las demás que le asigne el Presidente del CND. A.2.4. ÓRGANO DE CONTROLA.2.4.1. Oficina de Auditoría InternaArtículo 24º.- La Oficina de Auditoría Interna es el órgano de control del CND. Es responsable del control gubernamental de la institución, conforme al Sistema Nacional de Control. Mantiene relación di- recta con la Presidencia del Consejo Nacional de Descentralización. Artículo 25º.- Son funciones de la Oficina de Audito- ría Interna: a. Elaborar y ejecutar los planes y programas de evaluación y control institucionales; b. Por encargo de la Presidencia del CND, brindar asesoría técnica especializada al Consejo Nacional de Descentralización en auditoría y control gubernamental, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control; c. Evaluar la gestión contable, financiera y adminis- trativa del Consejo Nacional de Descentralización; d. Conducir los procesos de auditoría financiera y administrativa; e. Realizar el seguimiento de las medidas correcti- vas adoptadas como resultado de las acciones de con- trol; f. Investigar las denuncias que se presenten respec- to de la utilización de bienes y recursos de la entidad y del ejercicio de las funciones de los miembros directivos y trabajadores de la entidad; y,g. Las demás que le asigne el Presidente del CND, en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Control. II. ÓRGANO DE DIRECCIÓNB.1. SECRETARÍA TÉCNICAB.1.1. DESPACHO DE LA SECRETARÍA TÉCNICAArtículo 26º.- La Secretaría Técnica está a cargo del Secretario Técnico del Consejo Nacional de Descen- tralización quien es la más alta autoridad administrativa del CND después de su Presidente. Estará a cargo de un funcionario designado por el Presidente del CND. Par- ticipa de la dirección institucional y es Secretario del Consejo Directivo. Artículo 27º.- Son funciones del Secretario Técnico: a. Coordinar con la Presidencia del CND la toma de decisiones ejecutivas para el logro de los objeti- vos y metas asignadas por el ordenamiento legal; b. Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las labores y la gestión de todos los órganos de la Secretaría Técni- ca, así como las de aquellos que le encargue la Presi- dencia del CND; c. Proponer los instrumentos de Gestión Institucio- nal; d. Proponer a la Presidencia el Plan Estratégico Ins- titucional, el Plan Operativo, el Presupuesto, los Estados Financieros, la Memoria y el Informe Anual de Gestión; e. Aprobar las Normas y Documentos Técnicos de Gestión que correspondan a su cargo; f. Expedir Resoluciones y Directivas sobre asuntos de su competencia; g. Celebrar, por delegación del Presidente del CND, convenios y/o contratos con las instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para el cumplimiento de sus funciones; h. Supervisar la emisión de la opinión técnico-legal de los órganos del CND; i. Ejecutar a través de la Gerencia de Administración y Finanzas el Plan Operativo y el Presupuesto; j. Informar al Presidente del CND sobre el cumpli- miento de las políticas institucionales; y, k. Las demás que le encargue el Presidente del CND. B.1.2. ÓRGANO DE ASESORAMIENTOB.1.2.1. GERENCIA LEGALArtículo 28º.- La Gerencia Legal es el órgano de Asesoramiento encargado de prestar asesoría legal a los órganos del CND. Debe emitir los informes legales que le sean requeridos. Depende directamente del Se- cretario Técnico del Consejo Nacional de Descentraliza- ción. Artículo 29º.- Son funciones de la Gerencia Le- gal: a. Asesorar jurídicamente a todos los órganos del CND para la toma de decisiones adecuadas en el ámbito institucional; b. Elaborar, revisar y visar los proyectos de disposi- ciones legales que contengan actos administrativos o de administración, Resoluciones, Directivas, Convenios, Contratos, Actas o cualquier otro documento de natura- leza análoga que requiera el CND; c. Revisar los Proyectos de Normas u otros Instru- mentos Jurídicos presentados por los órganos del CND para su aprobación; d. Recopilar, clasificar, interpretar, concordar, siste- matizar y mantener permanentemente actualizadas las disposiciones legales relacionadas con las actividades y fines del CND; e. Dictaminar, informar y absolver las consultas for- muladas por los órganos del CND, relativas al campo de su competencia; f. Colaborar con los procesos de adquisición de bie- nes y servicios; g. Participar en las acciones administrativas que de- manden representación del CND; h. Representar legalmente al CND, en las controver- sias judiciales y/o procedimientos administrativos con