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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2003 (01/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 21

PÆg. 243499 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de mayo de 2003 Artículo 3º.- La actualización de información a que se refiere el presente Decreto Supremo, dará lugar a laemisión de la Constancia de Actualización de Informa- ción en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Pasajeros y a la emisión del Certificado de HabilitaciónVehicular por cada vehículo habilitado respecto del cual se haya presentado la documentación requerida, quedan- do excluida de la flota habilitada del transportista, enforma automática, aquellas unidades respecto de las cuales no se haya presentado tal documentación. Artículo 4º.- La Dirección General de Circulación Terrestre establecerá el cronograma para la actualiza- ción de información y aprobará los formatos correspon- dientes. Artículo 5º.- El incumplimiento de las concesionarias en actualizar la información conforme a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, dentro del cronogramaestablecido, determinará la caducidad de pleno derecho de la concesión, con las consecuencias jurídicas a que se contrae el inciso c) del artículo 97º del ReglamentoNacional de Administración de Transportes. Artículo 6º.- Déjese sin efecto el artículo 4º del De- creto Supremo Nº 012-2002-MTC; no obstante, las Tar-jetas de Circulación Vehicular actualmente vigentes ten- drán validez hasta los treinta (30) días calendario poste- riores a la conclusión del cronograma a que se refiere elpresente Decreto Supremo. El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de abril del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 08421 Acreditan miembros titulares de la sub- comisión de trabajo a que se refiere elD.S. N” 010-2003-MTC referida al anÆ-lisis del Seguro Obligatorio de Acci-dentes de TrÆnsito RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 322-2003-MTC/01 Lima, 29 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decretos Supremos Nºs. 038-2002- MTC y 043-2002-MTC se creó la Comisión de Trabajo Multisectorial encargada de estudiar, identificar y anali- zar la problemática del transporte urbano de pasajeros; Que, la Comisión de Trabajo Multisectorial era el foro apropiado para el análisis de las fortalezas y debilidades del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, medianteDecreto Supremo Nº 010-2003-MTC se constituyó al inte- rior de ésta la Subcomisión de Trabajo encargada de efec- tuar un balance de la aplicación del referido seguro; Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 010-2003- MTC estableció que la acreditación de los representan- tes de las entidades que constituyen la subcomisión seefectuaría mediante Resolución Ministerial; Que, las entidades han cumplido con acreditar a sus representantes ante la referida Subcomisión de Trabajo; Que, en consecuencia, resulta pertinente designar a los miembros de la mencionada Comisión Multisectorial; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 y los Decretos Supremos Nºs. 041-2002-MTC, 043-2002-MTC y 010-2003-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditar como miembros titulares de la Subcomisión de Trabajo a que se refiere el De-creto Supremo Nº 010-2003-MTC, a las siguientes personas: - En representación de la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes yComunicaciones: Sr. Patrick Allemant Florindez, quien la presidirá; Srta. Caroline Tejada Pinto. - En representación de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios - ASPEC: Sr. Dwight Falvy Boyckof.- En representación de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros - APESEG: Sr. Richard Mauricci Garrido. - En representación de los gremios de transporte urbano de pasajeros del departamento de Lima: Sr. Manuel O’Diana Quiroz. - En representación de los gremios de transporte urbano de la Provincia Constitucional del Callao: Sr. Emetereo Valdivieso Cobeñas.- En representación de los gremios departamentales de transporte urbano de pasajeros: Sr. Ronald Grados Rebaza. - En representación de los gremios de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores: Sr. Manuel Álvarez Carrión. Artículo 2º.- La Dirección General de Circulación Terrestre podrá invitar a otros miembros a participar de la Subcomisión de Trabajo a que se refiere el Decreto Supremo Nº 010-2003-MTC, siempre que desarrollenactividades relacionadas al sector y pertenezcan a enti- dades o instituciones ajenas a las señaladas en el artí- culo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 08315 Declaran nulo otorgamiento de buena pro del proceso de adjudicación direc-ta selectiva para selección de supervi-sor de la construcción de Embarcade- ros Lacustres en el Lago Titicaca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 324-2003-MTC/02 Lima, 30 de abril de 2003 VISTO: El recurso de apelación interpuesto por Hernán Sana- bria Sotelo contra el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0003-2003-MTC/13; CONSIDERANDO: Que, con fecha 11 de abril del 2003 se suscribió el Acta Nº 13 del Comité Especial Permanente desig- nado por Resolución Viceministerial Nº 029-2003-MTC/02, en la que consta la revisión y evaluación de las propuestas presentadas; así como el Otorgamien- to de la Buena Pro de la Adjudicación Directa Selec-