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PÆg. 243728 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de mayo de 2003 Artículo 9º.- Sobre el incumplimiento de las re- glas fiscales por parte de los gobiernos regionales y locales Frente al incumplimiento de las reglas fiscales por parte de los gobiernos regionales y locales se adoptarán las siguientes medidas: 1. El incumplimiento de cualquiera de las reglas fisca- les para los gobiernos regionales y locales estable- cidas en el numeral 2 del artículo 4º de la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal -Ley Nº 27245- les restringirá el acceso al Fondo de Compensa- ción Regional (FONCOR), al Fondo Interguberna- mental para la Descentralización (FIDE) o al Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN). La forma y montos de estas restricciones serán esta- blecidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Decreto Supremo, previa opinión del Con- sejo Nacional de Descentralización (CND). Los recursos retenidos del FONCOR y del FON- COMUN mencionados en el párrafo precedente serán destinados exclusivamente al pago de las obligaciones de los gobiernos regionales y locales infractores sin que en ningún caso formen parte de los ingresos del Tesoro Público. Los recursos del FIDE no serán otorgados al Go- bierno Regional y Local hasta que se verifique el cumplimiento de las normas de Prudencia y Trans- parencia Fiscal. 2. Cuando la ejecución presupuestal de los gobier- nos regionales comprometa el cumplimiento del Marco Macroeconómico Multianual y las Reglas Macrofiscales establecidas en la Ley de Pruden- cia y Transparencia Fiscal - Ley Nº 27245, el Pre- sidente de la República adoptará, mediante De- creto de Urgencia con fuerza de Ley, medidas fiscales orientadas a estabilizar la gestión de las finanzas públicas de dichas entidades. Artículo 10º.- Observancia del Código de Ética de la Función Pública Los Funcionarios Públicos, relacionados con el cum- plimiento de la presente Ley, deberán observar las re- glas y principios establecidos en la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. Artículo 11º.- Sustitución del Anexo de Defini- ciones Sustitúyase el Anexo de la Ley de Prudencia y Trans- parencia Fiscal -Ley Nº 27245- por el Anexo de Defini- ciones contenido en la presente Ley. Artículo 12º.- Remisión de la Evaluación del Sis- tema Tributario El Ministerio de Economía y Finanzas presentará con el proyecto de ley de presupuesto del sector público, a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta General y de Economía del Congreso de la República, una evaluación sobre el sistema tributario el cual debe contener: a) Un estudio sobre el rendimiento de cada tributo. b) Un estudio sobre la cuantificación y significación fiscal de los gastos tributarios. c) Un estudio sobre la evasión y la elusión tributaria y el contrabando. d) Los proyectos de ley que sean necesarios para mejorar la recaudación. e) Un plan de trabajo de los entes encargados de recaudar impuestos orientados a mejorar la re- caudación. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Modifícase la denominación de la Ley Nº 27245, Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal, por la de "Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal” y la denominación del Capítulo II de la referida Ley “De la Pru-dencia Fiscal” por la de “De la Responsabilidad Fiscal”. Segunda.- Los déficit fiscales máximos del Sector Público No Financiero correspondientes a los años 2003y 2004 no podrán ser mayores al 2,0 y 1,5 por ciento del PBI, respectivamente.Tercera.- Al 31 de octubre de cada ejercicio fiscal el Ministerio de Economía y Finanzas presentará al Con-greso de la República un Informe Anual del Endeuda-miento Público que comprenda: el nivel; las condiciones financieras pactadas en los créditos, incluido los bonos; los acuerdos de renegociación; la incidencia de los ser-vicios de la deuda en el presupuesto y su relación conindicadores macroeconómicos como el PBI o las expor-taciones; y las recomendaciones correspondientes. Cuarta.- El Poder Ejecutivo, en un plazo máximo de noventa (90) días de puesta en vigencia la presente Ley, someterá a la aprobación del Congreso de la República unplan de reducción gradual de las exoneraciones y de otrosbeneficios tributarios. Para tal efecto, coordinará con losGobiernos Regionales en las materias de su competencia. Quinta.- Encárgase al Ministerio de Economía y Fi- nanzas la determinación de los montos, el origen legal, la evaluación y la identificación de los distintos tipos depasivos contingentes del Estado. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ley entrará en vigencia a par- tir del día siguiente de su publicación . Segunda.- Déjase sin efecto el Decreto Supremo Nº 039-2000-EF, Reglamento de la Ley de Prudencia yTransparencia Fiscal, de fecha 26 de abril de 2000, en loque se oponga a la presente Ley. Tercera.- El Ministerio de Economía y Finanzas, me- diante Decreto Supremo, en un plazo no mayor de se- senta (60) días a partir de la fecha de publicación de lapresente Ley, emitirá las disposiciones reglamentariasde la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal - LeyNº 27245 y sus modificatorias. ANEXO DE DEFINICIONES Para efectos de la Ley de Responsabilidad y Trans- parencia Fiscal, deberá entenderse por: 1. Entidades Públicas: Todas las instituciones y organismos del Gobierno Nacional, de los Go- biernos Regionales, de los Gobiernos Locales ydemás instancias descentralizadas, creadas opor crearse, incluyendo los fondos, sean de de-recho público o privado, las empresas públicasno financieras en las que el Estado ejerza el con- trol accionario, así como los organismos e insti- tuciones constitucionalmente autónomos. 2. Sector Público No Financiero: El conjunto de Entidades Públicas (Ver diagrama adjunto). 3. Gobierno General: Todas las entidades públicas antes definidas, excluidas las empresas públicas no financieras. Comprende al Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales. 4. Gobierno Nacional : El conjunto de entidades públicas bajo la jurisdicción de la autoridad cen-tral del país, así como sus organismos y fondosde derecho público o privado, creados o por crearse. Se subdivide en Administración Central y Resto de Entidades del Gobierno Nacional. 5. Administración Central: Incluye ministerios, universidades e instituciones públicas bajo elámbito de la Ley Anual del Presupuesto Público. 6. Resto de Entidades del Gobierno Nacional : Com- prende a los fondos especiales, Essalud, organis- mos reguladores, beneficencias públicas, entre otros. 7. Empresas Públicas no Financieras: Comprende a las empresas públicas no financieras pertenecien-tes a la Actividad Empresarial del Estado. Incluye alas empresas municipales, regionales y similares. 8. Resultado Económico del Sector Público No Financiero: La suma del Resultado Económico del Gobierno Nacional, de los Gobiernos Regiona-les, de los Gobiernos Locales y de las EmpresasPúblicas no Financieras. Dicho resultado es supe-rávit fiscal cuando es positivo, es déficit fiscal cuan- do es negativo y es equilibrio fiscal cuando es cero. 9. Resultado Económico del Gobierno Nacional: La diferencia entre los ingresos corrientes y los gas-tos más los ingresos de capital del Gobierno Nacio-nal, excluyendo los ingresos por privatización. 10. Ingresos Corrientes de la Fuente de Recur- sos Ordinarios: Todos los recursos de las enti- dades del Gobierno Nacional provenientes detributos y otros ingresos creados por ley y queconstituyen recursos del Tesoro Público.