Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2003 (08/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros y de Relaciones Exteriores 08566

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operacion de endeudamiento externo a ser acordada con el BID destinada a financiar parcialmente la "Preparacion del Programa de Modernizacion y Descentralizacion del Estado"
DECRETO SUPREMO Nº 059-2003-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 17º de la Ley Nº 27881, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 200 000 000,00 (DOS MIL DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de Endeudamiento Externo con el Banco Interamericano de Desarrollo BID-, hasta por la suma de US$ 750 000,00 (SETECIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente la "Preparacion del Programa de Modernizacion y Descentralizacion del Estado" a ser ejecutada por la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, dicha operacion de Endeudamiento Externo se realizara con cargo a la "Facilidad para la Preparacion y Ejecucion de Proyectos" -FAPEP- aprobada por Resolucion Suprema Nº 124-92-EF y modificada por Decreto Supremo Nº 194-2002-EF; Que, la indicada operacion de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 6º de la Ley Nº 27881; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de Endeudamiento Externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 5 y la Ley Nº 27881; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la operacion de Endeudamiento Externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, hasta por la suma de US$ 750 000,00 (SETECIENTOS CIN-

CUENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), con cargo a la FAPEP, destinada a financiar parcialmente la "Preparacion del Programa de Modernizacion y Descentralizacion del Estado". El monto utilizado sera cancelado de acuerdo con las condiciones financieras aplicables bajo la FAPEP segun lo aprobado por la Resolucion Suprema Nº 124-92-EF, modificada por Decreto Supremo Nº 194-2002-EF. Articulo 2º.- La Unidad Ejecutora de la operacion de Endeudamiento Externo aprobada en el articulo 1º de esta MORDAZA legal sera la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- Autorizase al Director General de Credito Publico a suscribir en representacion de la Republica del Peru los convenios y documentos necesarios para implementar la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 08670

Cronograma de pago de pensiones y remuneraciones en la Administracion Publica correspondiente al mes de MORDAZA de 2003
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 012-2003-EF/77
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que es necesario garantizar la distribucion de los recursos del Tesoro Publico, por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones), y Gasto por Obligaciones Previsionales (Pensiones), mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la MORDAZA Fiscal; De acuerdo a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 325-92-EF/11; SE RESUELVE: Articulo 1º.- El pago de Obligaciones Previsionales (Pensiones) y de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) en la Administracion Publica en lo correspondiente al mes de MORDAZA - 2003 se sujetara al siguiente Cronograma: OBLIGACIONES PREVISIONALES (PENSIONES): 12 DE MORDAZA Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la Republica Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economia y Finanzas Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Publico Consejo Nacional de la Magistratura Agricultura de las Regiones Tribunal Constitucional Contraloria General MORDAZA Nacional de Elecciones Oficina Nacional de Procesos Electorales Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil

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