Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2003 (21/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2003 RESOLUCION JEFATURAL Nº 189-2003-JEF/RENIEC
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Visto, el Memorandum Nº 831-2003-/GAD-RENIEC, asi como el Informe Nº 398-2003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 2 de MORDAZA del 2003; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe del visto, se desprende que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, celebro un convenio de Consultas en Linea, via Internet y Suministro de Certificaciones con la empresa Seguros de MORDAZA Santander Central Hispano, mediante el cual existia el compromiso de prestacion del servicio, a cambio del pago por dicho concepto; Que, de acuerdo a la clausula Decimo Tercera y Decimo Cuarta del citado contrato, se establecio de que este podia ser resuelto de pleno derecho, ante el incumplimiento del pago pactado por dos meses consecutivos, por parte del usuario, como en efecto ha sucedido que segun el Informe emitido por la Division de Tesoreria, la empresa MORDAZA mencionada no ha cumplido con pagar por el servicio en el mes de octubre a diciembre del ano 2002 y mes de enero del ano 2003, quienes lejos de regularizar su situacion, pese a ser requeridos, hasta la fecha no han cumplido con cancelar la suma de S/. 1,007,80 (Un Mil Siete y 80/100 Nuevos Soles), pese a haberse cumplido con prestar el servicio; Que, en virtud a los considerandos MORDAZA expuestos, se ha verificado el incumplimiento de pago por parte de la empresa Seguros de MORDAZA Santander Central Hispano, por lo que resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra la empresa MORDAZA mencionada; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26497 - Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE:

vos para MORDAZA Latina SAC, mediante el cual existia el compromiso de prestacion del servicio, a cambio del pago por dicho concepto; Que, de acuerdo a la clausula Decimo Cuarta y Decimo MORDAZA del citado contrato, se establecio de que este podia ser resuelto de pleno derecho, ante el incumplimiento del pago pactado por dos meses consecutivos, por parte del usuario, como en efecto ha sucedido que segun el Informe emitido por la Division de Tesoreria, la empresa MORDAZA mencionada no ha cumplido con pagar por el servicio en el mes de enero del ano 2002, quienes lejos de regularizar su situacion, pese a ser requeridos, hasta la fecha no han cumplido con cancelar la suma de S/. 102.00 (Ciento Dos Nuevos Soles), pese a haberse cumplido con prestar el servicio; Que, en virtud a los considerandos MORDAZA expuestos, se ha verificado el incumplimiento de pago por parte de la empresa Martilleros Andinos Corporativos para MORDAZA Latina SAC, por lo que resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra la empresa MORDAZA mencionada; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26497Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion del los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan contra la empresa Martilleros Andinos Corporativos para MORDAZA Latina SAC, a efectos del cobro de la suma adeudada. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 09516

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion del los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan contra la empresa Seguros de MORDAZA Santander Central Hispano, a efectos del cobro de la suma adeudada. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 09515

Aprueban bases de concurso publico para contratacion de agencia de publicidad encargada de MORDAZA publicitaria del DNI
RESOLUCION JEFATURAL Nº 191-2003-JEF/RENIEC
MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2003 VISTOS: el Informe Nº 521-2003-GAJ/RENIEC del 20 de MORDAZA de 2003 cursado por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO:

RESOLUCION JEFATURAL Nº 190-2003-JEF/RENIEC
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2003 Visto, el Memorandum Nº 302-2003-/GAD, asi como el Informe Nº 399-2003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 2 de MORDAZA del 2003; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe del visto, se desprende que el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, celebro un convenio de Consultas en Linea, via Internet y Suministro de Certificaciones con la empresa Martilleros Andinos Corporati-

Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 178-2003RENIEC de fecha 16 de MORDAZA del 2003, se aprobaron las bases administrativas para el Concurso Publico Nº 002-2003-RENIEC, para la contratacion de una agencia de publicidad encargada de la MORDAZA publicitaria del DNI; Que, en la misma fecha se dispuso la publicacion del aviso de convocatoria en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario La Republica, sin embargo por razones ajenas a los empleados de esta entidad y atribuibles al MORDAZA medio de comunicacion mencionado, se publico el aviso de convocatoria para el mencionado Concurso publico unicamente en el Diario Oficial El Peruano; Que, con fecha 19 de MORDAZA de 2003 la Compania Impresora Peruana S.A propietaria del Diario La Republica, remite a esta entidad una carta en la que acepta su responsabilidad en la falta de publicacion del aviso de

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