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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2003 (21/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 37

PÆg. 244599 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de mayo de 2003 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS SUNARP Autorizan contratar servicios de mensajería para la sede principal dela SUNARP mediante proceso de adjudi- cación de menor cuantía RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 226-2003-SUNARP/SN Lima, 16 de mayo de 2003 Visto, el Oficio Nº 530-2003-SUNARP/GAF, del Ge- rente de Administración y Finanzas de la Superinten- dencia Nacional de los Registros Públicos - Sede Princi- pal, solicitando la aprobación de la exoneración por si-tuación de urgencia de dicha dependencia; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 26366, Ley del Sistema Nacional de los Registros Públicos, la Superin-tendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, es un organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Regis-tros Públicos, con patrimonio propio y autonomía funcio-nal, jurídico registral, técnica, económica, financiera yadministrativa; con domicilio y Sede Principal en la ciu-dad de Lima; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-do mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estánexonerados de los procesos de selección el ConcursoPúblico o Adjudicación Directa, según sea el caso, las contrataciones de servicios que se realicen en situación de urgencia declarada conforme a Ley; Que, para tales efectos, de conformidad con el artí- culo 21º del TUO, se considera situación de urgenciacuando la ausencia extraordinaria e imprevisible dedeterminado bien o servicio compromete en forma di- recta e inminente la continuidad de los servicios esen- ciales o de operaciones productivas que la entidad tienea su cargo. Esto presupone la existencia de un servicioque venía siendo realizado por la entidad, y que súbita-mente se paraliza ante la ocurrencia de hechos no pre-vistos; Que, el Informe Técnico Nº 027-2003-SUNARP-GAF/ ADM, del Administrador de Logística de la Gerencia deAdministración y Finanzas de la Sede Principal, señalaque se suscribió contrato con la empresa Servi Repre-sentaciones Generales S.R.L., a efecto que brinde elservicio de mensajería por el período comprendido en- tre el 22 de mayo del 2002 y el 21 de mayo del 2003; Que, de conformidad con lo estipulado por el artículo 141º del Reglamento del TUO aprobado mediante De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM, la contratación com-plementaria es aquella mediante la cual dentro de lostres (3) meses posteriores al vencimiento del plazo con- tractual, la Entidad podrá contratar con el mismo contra- tista servicios por única vez y en tanto se realice eldebido proceso de selección hasta un máximo del trein-ta por ciento (30%) adicional al monto del contrato origi-nal; Que, en ese contexto, correspondería aprobar la contratación complementaria con la empresa Servi Re- presentaciones Generales S.R.L., en tanto se viene rea-lizando la Adjudicación Directa Selectiva respectiva; Que, sin embargo, mediante Resolución Nº 136/ 2003.TC-S2, el Tribunal de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado del Consejo Superior de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, ha dis- puesto sancionar a la empresa Servi RepresentacionesGenerales S.R.L., con suspensión para contratar con elEstado por el período de un año; Que, mediante Resolución Nº 075-2003-CONSUCO- DE/PRE, del Presidente del CONSUCODE, se dispone la publicación de los proveedores, postores y contratis- tas sancionados con inhabilitación para contratar con elEstado, entre los que se encuentran la citada empresa; consecuentemente, la Sede Principal de la SUNARP seencuentra legalmente imposibilitada de contratar com-plementariamente con Servi Representaciones Genera- les S.R.L.; Que, de lo señalado anteriormente, se verifica la exis- tencia de dos elementos que permiten configurar la si-tuación de urgencia, a saber: la interrupción de un servi-cio que viene siendo prestado; y, la presencia de unhecho imprevisible y extraordinario que origina tal inte- rrupción; Que, tal como se advierte, el riesgo de no contar con el servicio de mensajería es consecuencia de hechosextraordinarios e imprevistos, habida cuenta que la san-ción de inhabilitación por un (1) año impuesta por el Tri-bunal del CONSUCODE era un evento desconocido e inesperado para la Sede Principal de la SUNARP; razón por la cual se ha originado el peligro que el mencionadoservicio, del cual depende la normal operatividad y ges-tión administrativa de dicha Sede se vean interrumpidas;por lo que resulta procedente su contratación, del montomás expeditivo posible y de acuerdo a la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado; Que, asimismo, de conformidad con lo previsto en el numeral 2 del artículo 108º del Reglamento del TUO, lasituación de urgencia debe entenderse como una medi-da temporal ante un hecho de excepción que determinauna acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el proceso de selección correspondiente paralas adquisiciones y contrataciones respectivas; Que, el requerimiento del servicio de mensajería du- rante el año fiscal 2003, para la Sede Central de laSUNARP, según lo señalado en el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones aprobado mediante Resolu- ción de Gerencia General Nº 002-2003-SUNARP/GG,asciende a un valor referencial total de S/. 74,000.00(setenticuatro mil y 00/100 nuevos soles); Que, mediante Informe Nº 121-2003-SUNARP-GL- LAS, la Gerencia Legal de la SUNARP, opina por la pro- cedencia de la exoneración de acuerdo a lo señalado por el inciso c) del artículo 19º del TUO, toda vez que secumple con los requisitos para la aplicación de la causalde exoneración por situación de urgencia; Que, la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la SUNARP, mediante Oficio Nº 220-2003-SUNARP-GPD, informa que en el presupuesto de la Sede Principal de la SUNARP, aprobado para el ejercicio fiscal 2003, existenrecursos presupuestales disponibles para la atencióndel gasto planteado; Estando a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y el Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en situación de urgen- cia la contratación del servicio de mensajería para laSede Principal de la SUNARP, por el período comprendi-do del 22 de mayo al 30 de junio del 2003. Artículo Segundo.- El valor referencial del servicio de mensajería a contratar asciende a S/. 8,000.00 (ocho mil y 00/100 nuevos soles); fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas de la Sede Principal de la SUNARPa contratar los servicios mencionados en el Artículo Pri-mero de la presente resolución, mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, conforme lo dispone el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia Gene- ral de la SUNARP haga de conocimiento de la Contralo-ría General de la República, la presente resolución y los informes que la sustentan, dentro del plazo de diez días calendario a su aprobación según lo dispone el artículo20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos 09497