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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2003 (21/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 244602 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 21 de mayo de 2003 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Establecen procedimiento administra- tivo de "Regularización de Licenciasde Funcionamiento" que caducaron el31 de diciembre de 1997 ORDENANZA Nº 146-MDB Barranco, 14 de mayo del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO, en se- sión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, al artículo 2º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; la Municipalidad, como órgano de gobierno local tiene au-tonomía política, económica y administrativa en los asun-tos de su competencia; Que, mediante el artículo 71º del Decreto Legislativo Nº 776 se estableció que las licencias de funcionamiento tendrán una vigencia no menor de un año, contado des- de la fecha de su otorgamiento; Que, de acuerdo a lo prescrito por el artículo 111º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; losDecretos establecen normas de ejecución de las Orde-nanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la administración Municipal, o resuelven o regulan asun- tos de orden general y de interés para el vecindario; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 008-97/MDB del 17 de abril de 1997 se dispuso aprobar la DirectivaNº 001-97-OAT/MDB por la que se aprobaba la renova-ción de las Licencias de Funcionamiento del distrito de Barranco al amparo de lo previsto por el Decreto Legis- lativo Nº 776; asimismo se estableció que el plazo máxi-mo para poder realizar dicha renovación era de 60 díasque rigieron dentro del período comprendido entre el 21de abril de 1997 y el 21 de junio de 1997, estableciéndo-se además que las Licencias de Funcionamiento que no hayan sido renovadas en el plazo establecido, quedarán automáticamente canceladas, debiendo proceder a rea-lizar un nuevo trámite para la obtención de la Licencia deFuncionamiento; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 014-97/MDB se decretó aprobar la ampliación del plazo para la reno- vación de Licencias hasta el 23 de julio de 1997, estable- ciéndose además que las licencias que no hayan sidorenovadas quedaran automáticamente canceladas; me-diante Decreto de Alcaldía Nº 017-97/MDB del 1 de agostode 1997 se decreto aprobar la ampliación hasta el 05 desetiembre de 1997, el plazo para la renovación de Licen- cias, estableciéndose además que las licencias que no hayan sido renovadas dejarían de tener validez el 31 dediciembre de 1997, plazo a partir del cual, los estableci-mientos que no cuenten con la nueva Licencia Municipalde Funcionamiento, serán susceptibles de aplicación delas sanciones que establece el Régimen de Aplicación de Sanciones de la Municipalidad; Que, con fecha 1 de enero del 2000 entro en vi- gencia la Ley Nº 27180 por la que se modificó elartículo 71º del Decreto Legislativo Nº 776 en el sen-tido que la licencia de apertura de establecimientotiene vigencia indeterminada. Estableciéndose ade- más que los contribuyentes deben de presentar ante la Municipalidad de sus jurisdicción una declaraciónjurada anual, simple y sin costo alguno, de perma-nencia en el giro actualizado; Que, asimismo la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 27180 establece que las Licencias de Funcionamiento expedidas con anterioridad al 1 de ene- ro del 2000 son consideradas Licencias de Apertura deEstablecimientos validamente expedidas, no obstante loprescrito por el Decreto de Alcaldía Nº 008-97/MDB;Decreto de Alcaldía Nº 014-97/MDB; Decreto de Alcal-día Nº 017-97/MDB y Decreto de Alcaldía Nº 020-97/ MDB; puesto que la Municipalidad al aceptar las declara- ciones juradas de permanencia en el giro, convalidó “ipsofacto” la validez de las Licencias de Funcionamiento de los contribuyentes; Que, asimismo mediante Ordenanza Nº 343/MLM del 25 de octubre del 2001 se aprobó la Actualización de Zonificación y Zona Monumental del distrito de Barranco al año 2010; en el que se establece en su cuarta Dispo-sición Transitoria y Final que los establecimientos co-merciales que cuenten con Autorización Municipal defuncionamiento de establecimiento comercial y/o de ser-vicios, que desarrollen actividades, que a la entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 343-MLM y que sean in- compatibles con la nueva Reglamentación de Zonifica-ción, podrán seguir desarrollando sus actividades solohasta el 31 de diciembre del año 2006, fecha en que elcambio de zonificación le será oponible, revocándose laAutorización otorgada; Que, el numeral 38.1 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que elTexto Único de Procedimientos Administrativos se aprue-ba en el caso de las Municipalidades mediante una Or-denanza Municipal; estableciéndose asimismo en el nu-meral 38.5 de la precitada Ley que la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos que im- plique la creación de nuevos procedimientos administra-tivos debe ser también aprobado mediante OrdenanzaMunicipal; Que, es política de la Administración Municipal brin- dar las mayores facilidades a sus contribuyentes para que formalicen y actualicen el cumplimiento de sus obli- gaciones tributarias, estableciendo el procedimiento ad-ministrativo de regularización de Licencias de Funciona-miento para los contribuyentes que tienen problemasderivados como consecuencia de la dación del Decretode Alcaldía Nº 008-97/MDB; Decreto de Alcaldía Nº 014- 97/MDB; Decreto de Alcaldía Nº 017-97/MDB y Decreto de Alcaldía Nº 020-97-MDB; Por lo que en mérito de los considerandos expues- tos; de acuerdo con el Informe Nº 0069-2003-DCDE/DDU-MDB de la División de Comercialización y Desa-rrollo Empresarial; y en uso de las facultades conferidas por el numeral 3 del artículo 36º y del artículo 109º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; elConcejo Distrital de Barranco por unanimidad aprobó lasiguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Establézcase el Procedimiento Administrativo de “Regularización de Licencias de Fun-cionamiento” que caducaron el 31 de diciembre de 1997en virtud de lo prescrito por el Decreto de Alcaldía Nº017-97-MDB. Artículo Segundo.- Inclúyase en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad deBarranco aprobado mediante Ordenanza Nº 086-MDBdel año 2002; estableciéndose que para poder acogerseal Procedimiento Administrativo de Regularización de Li-cencias de Funcionamiento Municipal se deberá de cum- plir con lo señalado en el anexo 1 de la presente Orde- nanza. Artículo Tercero.- Dispóngase que las Licencias Municipales de Funcionamiento que se tramiten me-diante el presente procedimiento administrativo, cuyaZonificación haya sido modificado por la Ordenanza Nº 343-MLM que “ APROBÓ LA ACTUALIZACIÓN DE ZONIFICACIÓN Y ZONA MONUMENTAL DEL DIS- TRITO DE BARRANCO AL AÑO 2010, cuya Zonifi- cación haya sido modificada; se sujetaran a lo pres-crito por la Cuarta Disposición Transitoria y Final dela precitada Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la fecha de supublicación en el Diario Oficial El Peruano hasta el 30 deseptiembre del presente año. Artículo Quinto .- Encárguese a la Sub Dirección de Comercialización y Desarrollo Empresarial, a la Di- rección de Desarrollo Urbano y a la Oficina de Adminis- tración Tributaria, el cumplimiento de la presente Orde-nanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y ratifíquese. MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde