Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2003 (21/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2003

Convocatoria del Concurso Publico Nº 002-2003-RENIEC; Que, asimismo, con fecha 19 de MORDAZA de 2003, el Comite Especial del Concurso Publico Nº 002-2003RENIEC, alcanza la modificacion de las bases respectivas, toda vez que estas contenian el Calendario del MORDAZA asi como el cronograma de la MORDAZA de publicidad y que resultaron perjudicados al no haberse publicado el aviso de Convocatoria conforme a ley; Que, conforme se ha revisado los actuados del MORDAZA de seleccion, se advierte que por razones ajenas al personal que labora en esta entidad se ha cometido un vicio que conlleva a declarar la nulidad de los actos administrativos afectados y a retrotraer el MORDAZA hasta la etapa de aprobacion de las bases administrativas inclusive, toda vez que en ellas se preveia el calendario del MORDAZA de seleccion y el cronograma de la MORDAZA publicitaria, los mismos que son afectados por la falta de publicacion en un diario de circulacion nacional; Que, siendo ello asi, tenemos que todo lo actuado se habria visto afectado por un vicio insubsanable, al resultar perjudicados como consecuencia los alcances de las bases administrativas aprobadas mediante Resolucion Jefatural Nº 178-2003-JEF/RENIEC; Que, dentro del MORDAZA de la contratacion publica estatal se determinan en modo taxativo, en el articulo 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las causales para declarar la Nulidad, entre otras, cuando el acto administrativo contravenga las normas legales o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, siendo facultad para declarar la nulidad ademas del Tribunal, la entidad respectiva, cuando detecta los supuestos MORDAZA descritos; Que, en ese sentido, se advierte que la falta de publicacion del aviso de convocatoria conforme lo establece el procedimiento precisado en el articulo 13 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado viene a ser un acto realizado con prescindencia de la forma prescrita por la normatividad aplicable para el acto de Convocatoria del presente MORDAZA de seleccion. Dicha MORDAZA como ya se menciono senala que "la convocatoria se realizara a traves de la publicacion de la misma por lo menos en el Diario Oficial El Peruano y en uno de circulacion nacional o local en que se realiza la Licitacion Publica o Concurso Publico; Que, en consecuencia, el omitir la publicacion conforme la ley lo ordena se estaria contraviniendo la MORDAZA expresa de la materia, afectandose por tanto la publicidad del MORDAZA y la restriccion de que exista una mayor participacion de postores interesados en el presente concurso Publico, acarreando por ello la falta absoluta del procedimiento previsto en forma imperativa para su ejecucion, deviniendo por tanto en un acto desprovisto totalmente de juridicidad al tener como efecto la afectacion de las bases administrativas; Que, finalmente se debe mencionar que el objetivo de declarar la nulidad es basicamente retrotraer el MORDAZA hasta la etapa en que se configuro la causal de nulidad a efectos de corregir el error en que se ha incurrido para de esta manera garantizar que el MORDAZA se ajuste a derecho, razon por la que resulta necesario retrotraer el Concurso Publico Nº 002-2003-RENIEC hasta la Resolucion que aprueba las bases inclusive, al haber resultado estas modificadas como producto de la deficiencia en la convocatoria; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por la Ley 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil e inciso h) del articulo 11 del Reglamento de Organizacion y Funciones de RENIEC aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 869-2002-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar NULO el Concurso Publico Nº 0002-2003-RENIEC para la contratacion de una agencia de publicidad encargada de la MORDAZA publicitaria del DNI, hasta la emision de la Resolucion Jefatural Nº 178-2003- JEF/RENIEC inclusive, dejandola sin efecto y retrotrayendo en consecuencia el MORDAZA de seleccion hasta la etapa de elaboracion de bases. Articulo Segundo.- APROBAR nuevamente las bases del Concurso Publico Nº 0002-2003-RENIEC para la contratacion de una agencia de publicidad encargada de la MORDAZA publicitaria del DNI, en consideracion a la

propuesta de modificacion de las bases, alcanzada por el Comite Especial respectivo, volviendose en consecuencia a convocar el MORDAZA de seleccion materia de la presente resolucion. Articulo Tercero.- ENCARGAR a las Gerencias de Administracion y Asesoria Juridica comunicar a la empresa Cia. Impresora Peruana S.A propietaria del Diario La Republica, los perjuicios ocasionados a esta entidad con su actitud negligente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 09517

SBS
Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Paita la apertura de oficina especial ubicada en la MORDAZA de Yurimaguas
RESOLUCION SBS Nº 535-2003
MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Paita (CMAC Paita S.A.) para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial ubicada en el Jr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nºs. 332-334, en la MORDAZA de Yurimaguas de la provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F" mediante Informe Nº 44-2003/DESF-"F"; y, De conformidad con el procedimiento Nº 11 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolucion SBS Nº 131-2002 del 11 de febrero de 2002, cuya base legal es el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Circular SBS Nº CM-184-97(B1996-97), el articulo 41º y la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, y en virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Paita (CMAC Paita S.A.), la apertura de una Oficina Especial ubicada en el Jr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nºs. 332-334, de la MORDAZA de Yurimaguas de la provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto. Articulo Segundo.- La Oficina Especial de Yurimaguas se encuentra facultada a efectuar las siguientes operaciones: - Activas: creditos directos a la Microempresa (MES) y Consumo. - Pasivas: depositos de ahorro y plazo (incluyendo ordenes de pago). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 09530

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