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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2003 (31/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 245167 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de mayo de 2003 a lo acordado en la Declaración Conjunta del Ministro de Energía y Minas del Perú y el Ministro de Minería deChile firmada el día 28 de marzo de 2003 en Santiago deChile; el cual estudiará los aspectos de interés de am-bos países en todos los ámbitos de la actividad minera afin de proponer los instrumentos que fueren necesarios para una efectiva integración y complementación mine- ra; asimismo incentivará pasantías, seminarios, foros ycursos que estime necesarios para el intercambio deexperiencias; Que en la primera reunión del Grupo de Trabajo an- tes mencionado, la delegación chilena informó la realiza- ción de actividades relacionadas al desarrollo regional generado por la actividad minera en la ciudad de Copia-pó, Chile, las cuales incluyen reuniones con personaldirectivo de la Comisión Chilena del Cobre (Cochilco), laFundición Paipote y la Empresa Nacional de Minería (ENA-MI) de Chile; asimismo, la visita a las operaciones de Compañía Minera Canderalaria; y, la realización del se- minario "Cluster Minero en Chile: Una Gran OportunidadPara el Desarrollo Regional", las cuales se realizarán del1 al 4 de junio de 2003; Que, es necesario autorizar el viaje del señor Felipe Quea Justo, Asesor del Despacho del Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, a las ciudades de Santiago y Copiapó, Chile, del 1 al 4 de junio de 2003,para participar en las actividades antes mencionadas,pues se enmarcan en el proceso de regionalización ini-ciado en el Perú y son acordes con el trabajo encomen-dado al Grupo de Trabajo precitado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Felipe Quea Justo, Asesor del Despacho del Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, a las ciudades deSantiago y Copiapó, Chile, del 1 al 4 de junio de 2003,para el fin a que se refiere la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución que ascienden a US$ 1 602,66 (Mil seiscientos dos y 66/100 Dólares Americanos), se-rán cubiertos por el Ministerio de Energía y Minas deacuerdo con el siguiente detalle: Pasajes US$ 774,66 Tarifa CORPAC US$ 28,00 Viáticos (US$ 200,00 x 4 días) US$ 800,00 --------------- TOTAL US$1 602,66 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denomina-ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 10218 Constituyen ComitØ de Recepción de Obra realizada en el depósito de rela- ves 1-M de la antigua unidad de pro-ducción Millotingo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 012-2003-EM/VMM Lima, 26 de mayo de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 034-2003-PCM y Re- solución Ministerial Nº 121-2003-EM/DM, se declaró en emergencia la situación del depósito de relaves 1-M dela antigua unidad de producción Millotingo, situado en la quebrada Tunsuyoc, distrito de San Mateo, provincia deHuarochirí, departamento de Lima; Que, en dichas normas se autoriza al Ministerio a ejecutar las labores de prevención y remediación reque-ridas, así como las obras que sean necesarias para evitar el colapso del depósito de relaves antes mencio- nado; Que, de acuerdo con el Convenio celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y la Sociedad Nacional deMinería, Petróleo y Energía, en el marco de las accionesautorizadas por las normas antes citadas, se ha celebra- do contrato de obras con INGENIEROS CIVILES & CON- TRATISTAS GENERALES S.A., el que será pagado di-rectamente por la mencionada Institución; Que, con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obras contratadas es necesario que se conforme unComité de Recepción de Obra; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 163º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, el Comité de Recepción de Obra debeestar conformado por un representante de la entidadque necesariamente debe ser ingeniero o arquitecto y por el supervisor; De conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funcio-nes del Ministerio de Energía y Minas aprobado por De-creto Supremo Nº 027-93-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Constituir el Comité de Recepción de Obra, para efectos del contrato celebrado con INGE-NIEROS CIVILES & CONTRATISTAS GENERALES S.A.sobre obras que se realizaron en el depósito de relaves 1-M de la antigua unidad de producción Millotingo y que serán pagados por la Sociedad Nacional de Minería,Petróleo y Energía, el mismo que está integrado por: - Ing. Alfredo Rodríguez Muñoz, por la Dirección Ge- neral de Minería. - Ing. José Vidalón Gálvez, por el Proyecto de Elimi- nación de Pasivos Ambientales. - Ing. César Maxi Villar, por SVS Ingenieros S.A.- Un representante de Inspectoría General del MEM, en calidad de veedor. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR POLO ROBILLIARD Viceministro de Minas 10116 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 018-2003-EM Mediante Oficio Nº 411-2003-EM-SG, el Ministerio de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 018-2003-EM, publicado en nues- tra edición del día 30 de mayo de 2003, en la página245077. En la Segunda Disposición Transitoria DICE: "... correspondiente al año 2003, se convocará una vez publicado el presente Decreto Supremo, de acuerdo alos lineamientos y criterios que apruebe ..." DEBE DECIR: "... correspondiente al año 2004, se convocará una vez publicado el presente Decreto Supremo, de acuerdo alos lineamientos y criterios que apruebe ..." 10251