Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2003 (02/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, MORDAZA 2 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 254355 PROVINCIAS

fraestructura, podra facilitar a los miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital un ambiente para sus reuniones de trabajo. Articulo 20º.- En el MORDAZA de elaboracion del presupuesto participativo, los miembros del Consejo de Coordinacion Local podran solicitar informes de acuerdo a sus funciones. Articulo 21º.- Cuando en Sesion de Concejo Municipal se traten temas referentes a sus funciones, los delegados de las organizaciones del distrito, miembros del Consejo de Coordinacion Local, podran coordinar su participacion teniendo derecho a voz. CAPITULO VII DE SUS OBLIGACIONES Articulo 22º.- Los miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital estan obligados a: a. Cumplir con las condiciones basicas y los compromisos especificos al MORDAZA de los cuales fueron elegidos. b. Asistir a las Sesiones del Consejo de Coordinacion Local Distrital y a las Sesiones de Concejo Municipal cuando fueran convocados, guardando las consideraciones de trato y respeto mutuo entre todos sus miembros. c. Coordinar con sus representados las opiniones y propuestas que llevaran a las Sesiones del Consejo de Coordinacion Local Distrital. d. Presentar al Consejo de Coordinacion Local Distrital las opiniones y propuestas debidamente concertadas de todas las organizaciones de la Sociedad Civil a la que representan. CAPITULO VIII DE LA VACANCIA Y REVOCATORIA DEL MANDATO Articulo 23º.- La condicion de delegado ante el Consejo de Coordinacion Local se pierde por las siguientes causales: 1. Muerte. 2. Renuncia expresa ante la entidad. 3. Incapacidad fisica o mental permanente. 4. Cambio de domicilio fuera del distrito. 5. Sentencia judicial emitida en MORDAZA instancia por delito doloso. 6. Inasistencia injustificada a dos sesiones ordinarias consecutivas o no consecutivas. Articulo 24º.- La revocatoria del mandato del representante de la sociedad civil se cenira a lo dispuesto por el articulo 32º de la Ordenanza Nº 524-MML. Articulo 25º.- En los casos de reemplazo de representante por vacancia o revocatoria, la designacion de los nuevos representantes sera hasta completar el periodo correspondiente. El reemplazo del titular sera elegido por la Asamblea de la organizacion a la cual pertenece. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Tanto las sesiones ordinarias como extraordinarias del Consejo de Coordinacion Local Distrital se realizaran en el local de la Municipalidad o en el lugar que previamente se establezca. Segunda.- Habra un Libro de Actas en el que anotaran los Acuerdos tomados en cada reunion y sera aperturado por la Secretaria General de la Municipalidad. Tercera.- Los miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital en ningun caso perciben dietas, viaticos u otro MORDAZA de asignacion, por realizar esta labor. Cuarta.- En todo lo que no este previsto en el presente reglamento, se aplicara supletoriamente la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y la Ordenanza Nº 524 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA del 22 de junio del 2003, en lo que fuera pertinente. DISPOSICION TRANSITORIA Unico.- Convalidar, por unica vez, los actos que desde su creacion y hasta la fecha han efectuado los miembros integrantes del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Los Olivos. 20028

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORROPON - CHULUCANAS
Aprueban MORDAZA modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al ano 2003
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1062-2003-MPM-CH-A
Chulucanas, 24 de octubre de 2003 VISTO: El Informe Nº 796-2003-DIR-DDUU-MPM-CH, emitido por el Director de Desarrollo MORDAZA, Ing. Sigiberto MORDAZA Sanchez; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 044-2003MPM-CH-A de fecha 21.1.2003, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Morropon - Chulucanas, correspondiente al ano 2003; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 558-2003-MPMCH-A de fecha 20.5.2003 se aprobo la primera modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Morropon - Chulucanas, para el ano 2003; Que, el articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece en su ultimo parrafo que el Plan Anual podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramaciones propuestas; Que, mediante Informe del Visto, la Direccion de Desarrollo MORDAZA alcanza el proyecto de modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, para su aprobacion; En uso de las facultades conferidas por el Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la MORDAZA modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Morropon - Chulucanas correspondiente al ano 2003, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, asi como su remision al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) y a la Comision de Promocion de la Pequena y Mediana Empresa (PROMPYME). Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Administracion, Oficina de Planificacion y Presupuesto y Unidad de Abastecimiento, el cabal cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20131

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PALPA
Declaran en situacion de urgencia adquisicion de petroleo y lubricantes para continuar obra de pavimentacion
ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-2003-MPP
Palpa, 17 de octubre del 2003

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