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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G33/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 2 de noviembre de 2003 Artículo Décimo El Programa de Viviendas Productivas estará bajo tute- la y cargo de la Dirección de Promoción y Servicios Comu- nales y Programa de Asesoría y Apoyo a la Mujer, áreasque se encargarán de la supervisión de las viviendas y de la correcta implementación del Programa. Artículo Segundo.- Incorporar a la Ordenanza Nº 030 los siguientes artículos: Artículo Undécimo.- Requisitos Los postulantes al programa de Viviendas Productivas deben contar con los siguientes requisitos: - Copia del Documento Nacional de Identidad. - Estar inscritos en el Régimen Único Simplificado (R.U.S.) de la SUNAT. - Certificado Domiciliario y/o copia de recibos de pago por los servicios de Agua, Luz, Teléfono. - Presentar un croquis simple del interior de la vivienda. - Contar con un extintor. - Contar con Certificado de haber terminado el curso de avanzado de cualquiera de las especialidades autorizadas en el Artículo Tercero. - Contar con Certificado de Defensa Civil, el cual será entregado de manera gratuita por la Municipalidad. - Si la persona solicitante de la Vivienda Productiva vive en unidades inmobiliarias con bienes comunes (edificios,quintas, etc.) necesitará contar con el permiso del Presi- dente de dicho inmueble. - En los casos de actividades tales como cocina o repostería, deben presentar además un Carné de Sanidad. Artículo Duodécimo.- Sanciones La sanción por incumplimiento en primera instancia será la suspensión de su Vivienda Productiva por 30 días y de reincidir será la revocación de dicha vivienda. De existir quejas debidamente comprobadas por parte de los vecinos se procederá a la cancelación de autoriza- ción de la Vivienda Productiva. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 20070 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G65/G6C/G65/G62/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G63/G69/G76/G69/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F ORDENANZA Nº 125-MJM Jesús María, 31 de octubre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordi- naria de la fecha, visto el dictamen Nº 022-2003-CPEP/MJM de la Comisión de Planificación, Economía y Pre-supuesto; con el voto UNÁNIME de sus miembros, y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Artículo Primero.- Autorizar la Celebración del Matri- monio Civil Comunitario 2003 en conmemoración del "Ani-versario del Distrito", a llevarse a cabo el día sábado 13 dediciembre de 2003, a horas 12.00 a.m. en la Plaza San Joséde Jesús María. Artículo Segundo.- Exonerar de los derechos por Ce- lebración establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos y dispensar de la publicación de los Edictosmatrimoniales así como de los plazos legales, debiendo presentar los siguientes requisitos: a) Partida de Nacimiento originales de ambos contra- yentes. b) Certificado Médico-Prenupcial y Constancia de Con- sejería preventiva. c) Copia Fedateada de los documentos de identidad. d) Declaración jurada de domicilio de los contrayentes que residan en el distrito. e) Dos testigos (copia fedateada de documento de iden- tidad). Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza, a la Unidad de Registros Civiles, Oficina de Imagen Institucional y Unidad de Participación Vecinal. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 20134 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G53/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G75/G6C/G74/G61/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G2D /G76/G61/G73/G20/G65/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C ORDENANZA Nº 126-MJM Jesús María, 31 de octubre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Jesús María en Sesión Ordina- ria de la fecha, visto el Dictamen Nº 023-2003-CPEP/MJM de la Comisión de Planificación, Economía y Pre-supuesto; con el voto UNÁNIME de sus miembros, y con dispensa del trámite de aprobación de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN Y SANEAMIENTO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS E IMPUESTO PREDIAL Artículo Único.- APRUÉBESE el Beneficio de Regula- rización y Saneamiento de Multas Administrativas e Impues-to Predial, el mismo que consta de once (11) artículos y forma parte integrante de la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 20135 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G71/G75/G65 /G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G74/G61/G62/G6C/G65/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G63/G61/G73/G74/G69/G67/G6F/G20/G79 /G71/G75/G69/G65/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G62/G72/G61/G6E/G7A/G61/G20/G64/G75/G64/G6F/G73/G61 /G79/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G6E/G65/G72/G6F/G73/G61 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2003/MJM Jesús María, 25 de julio de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 108-MJM de fecha 31 de mar- zo se faculta al Alcalde a establecer los procedimientos