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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (04/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G33/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 4 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ley Nº 28086, Ley de Democratización del Libro y de Fo-mento de la Lectura, ha dispuesto que el Poder Ejecutivoaprobará su Reglamento, en un plazo no mayor de 60 (se-senta) días, a partir de la vigencia de la misma; Que por Resolución Ministerial Nº 347-2003-PCM pu- blicada el 24 de octubre de 2003, se conforma la Comi-sión Multisectorial encargada de elaborar el Reglamen-to de la citada Ley, que está integrada por representan-tes de diversos sectores, cuyos miembros deberán serdesignados por Resolución del Titular del Sector corres-pondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28086, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, ylos Decretos Supremos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- INSTALAR la Comisión Multisectorial, en- cargada de elaborar el Reglamento de la Ley Nº 28086,Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lec-tura, conformada por Resolución Ministerial Nº 347-2003-PCM, integrada por los siguientes miembros: - Juan CHONG SÁNCHEZ, Viceministro de Gestión Pedagógica, representante del Ministerio de Educación,quien la presidirá; - Andrés CORRALES ANGULO, representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; - María Inés VÁSQUEZ ROSSI, representante del Mi- nisterio de Economía y Finanzas; - Héctor RIEGA DONGO, representante del Ministerio de la Producción; - Ana REQUENA RODRÍGUEZ, representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria; - Martín MOSCOSO VILLACORTA, representante del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de laProtección de la Propiedad Intelectual; - Osmar GONZALES ALVARADO, representante de la Biblioteca Nacional del Perú, quien actuará como Secreta-rio Técnico; - Alejandro SAKUDA MOROMA, representante del Ins- tituto Nacional de Cultura. Artículo 2º.- La Comisión Multisectorial, a que se refie- re el artículo precedente, deberá elevar al Ministro de Edu-cación, el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 28086, Leyde Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura,en un plazo no mayor de 45 (cuarenticinco) días útiles, con-tados a partir de la vigencia de la Resolución Ministerial Nº347-2003-PCM, publicada el 24 de octubre de 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación 20239 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G4E/GB0/G20/G30/G39/G36/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4D/G45/G2F /G53/G47/G2C/G20/G44/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G43/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G50/G72/G6F/G66/G65/G73/G6F/G72/G65/G73/G20/G41/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GB0/G20/G32/G37/G34/G39/G31 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1019-2003-ED Lima, 3 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 27971 se autoriza al Ministerio de Educación la continuación del proceso de nombramien-to de los profesores con título pedagógico, en las plazasvacantes presupuestadas y de acuerdo a un riguroso or-den de méritos, entre los que obtuvieron calificación apro- batoria en el Concurso Público autorizado por la LeyN° 27491; Que con el Decreto Supremo N° 020-2003-ED se aprobó el Reglamento de la Ley N° 27971, establecien-do las normas y procedimientos que regulan la conti-nuación del proceso de nombramiento dispuesto por lareferida Ley; Que es necesario dictar las disposiciones comple- mentarias para la ejecución del nombramiento de pro-fesores aprobados en Concurso Público autorizado porlas Leyes N° 27491 y N° 27971, dentro del marco de laEmergencia del Sistema Educativo Nacional, declara-da por Decreto Supremo N° 021-2003-ED y del Decre-to Supremo N° 023-2003-ED que establecen se con-cluya el proceso de nombramiento de docentes en elaño 2003; De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, modifi- cado por la Ley N° 26510 y los Decretos Supremos N° 51-95-ED y N° 002-96-ED; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la Directiva N° 096-2003-ME/ SG, Disposiciones Complementarias para el Ejecución delNombramiento de Profesores Aprobados en el ConcursoPúblico Autorizado por la Ley N° 27491, que forma parteintegrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación DIRECTIVA N° 096-2003-ME/SG DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PARA LA EJECUCIÓN DEL NOMBRAMIENTO DE PROFESORES APROBADOS EN EL CONCURSO PÚBLICO AUTORIZADO POR LA LEY N° 27491 I. FINALIDAD Establecer los criterios complementarios sobre las nor- mas legales y administrativas emitidas por la Ley N° 27971y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 020-2003-ED, para la adecuada ejecución de la continuacióndel proceso de nombramiento de los profesores con títulopedagógico, en las plazas orgánicas vacantes presupues-tadas y de acuerdo a un riguroso orden de méritos, entrelos que obtuvieron calificación aprobatoria final de 53 o máspuntos en el Concurso Público autorizado por la LeyN° 27491. II. OBJETIVOS - Garantizar que la continuación del proceso de nom- bramiento de profesores, se realice de forma transparenteconforme al puntaje señalado en el Cuadro de Méritos. - Asegurar que el personal docente nombrado ejerza sus funciones, a partir del inicio del año escolar de 2004. III. ALCANCE- Direcciones Regionales de Educación - Unidades de Gestión Educativa Local- Instituciones Educativas Públicas IV. ÓRGANOS RESPONSABLES - Primera Etapa : UGEL, DRE - Segunda Etapa : DRE- Tercera Etapa : Sede Central del Ministerio de Educa- ción. V. BASE LEGAL- Constitución Política del Perú. - Ley N° 24029 - Ley del Profesorado, modificada por la Ley N° 25212.