Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2003 (04/11/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 254402
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
VISTOS:

MORDAZA, martes 4 de noviembre de 2003

Articulo 1º.- Aprobar el tramite anticipado, disponer el registro del prospecto MORDAZA correspondiente e inscribir el primer programa de emision de bonos corporativos denominado "Primer Programa de Bonos Corporativos MORDAZA Energy Peru", de MORDAZA ENERGY INTERNATIONAL EGENOR S. en C. por A. hasta por un monto MORDAZA en circulacion de cien millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 100 000 000,00) o su equivalente en moneda nacional, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- En tanto MORDAZA ENERGY INTERNATIONAL EGENOR S. en C. por A. mantenga su condicion de Entidad Calificada y en tanto los valores a emitirse MORDAZA valores tipicos, la inscripcion de los instrumentos representativos de deuda y el registro de los prospectos a utilizar en las ofertas publicas correspondientes se entenderan efectuados en la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolucion. En su defecto, la inscripcion de los instrumentos representativos de deuda y el registro de dichos prospectos se sujetaran a lo dispuesto en el articulo 14, inciso b), numeral 2 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Articulo 3º.- La oferta publica de los bonos a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25 y, de ser el caso, en el articulo 29 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV N° 141-98-EF/94.10. La colocacion de los bonos a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, y siempre y cuando el plazo del programa y del tramite anticipado no hayan culminado. El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga, en ningun caso, podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23 y 24 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV N° 141-98-EF/94.10. Articulo 4º.- La aprobacion, la inscripcion y el registro a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a MORDAZA ENERGY INTERNATIONAL EGENOR S. en C. por A.; a Citibank, N.A. Sucursal de MORDAZA, en su calidad de entidad estructuradora; a Centura Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de Representante de los Obligacionistas; a Citicorp Peru S.A. Sociedad Agente de Bolsa, en su calidad e agente colocador; a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WITHMORY Gerente General (e) Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 20139

El requerimiento efectuado mediante el Informe Tecnico contenido en el Informe Nº 020-03/GI del 17 de octubre del 2003, de la Gerencia de Inversiones, en el que se senala la necesidad de contar con un servicio de informacion economico financiero especializado en tiempo real para el Fondo MIVIVIENDA. CONSIDERANDO: Que, la activa participacion que tiene el Fondo MIVIVIENDA dentro del MORDAZA financiero peruano hace necesaria la contratacion de un servicio especializado de informacion economico financiero que permita contar con la mejor informacion en el momento mas oportuno y a la vez interactuar con otros mercados, para incrementar la eficiencia en la administracion del portafolio; Que, el Informe Tecnico emitido por la Gerencia de Inversiones concluye que el servicio de informacion economico financiero que ofrece la empresa Bloomberg L.P., es el que se ajusta a los requerimiento del area, no existiendo a la fecha en nuestro MORDAZA un servicio que lo sustituya en toda su funcionalidad y alcance y por lo tanto que compita de manera directa con este; Que, conforme a lo dispuesto en el literal f) del Articulo 19º, del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se establece que estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones que se realizan para adquirir bienes o servicios que no admiten sustitutos; Que, visto el Informe Legal emitido por la Oficina de Asuntos Juridicos de fecha 20 de octubre del 2003, en el cual se indica que se ha sustentado la causal de exoneracion del MORDAZA de adquisicion prevista en el literal f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Que, el monto para contratar dicho servicio tiene como valor referencial la suma de US$ 20,400 (Veinte mil cuatrocientos y 00/100 dolares americanos), por el plazo de un ano monto que incluye el IGV; De conformidad con los Articulo 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, y en uso de sus facultados conferidas; SE RESUELVE: 1. Autorizar la contratacion de la empresa BLOOMBERG L.P., exonerandola del MORDAZA de seleccion, de conformidad con lo siguiente: a. MORDAZA de contrato: servicios. b. Descripcion del servicio: informacion economica financiera especializada en tiempo real. c. Valor referencial total incluido IGV: US$ 20,400 (Veinte mil cuatrocientos y 00/100 dolares americanos). d. Fuente de financiamiento: recursos propios. e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: un ano desde la suscripcion del contrato o la emision de la orden de servicio. f. Dependencia que contrata: Gerencia de Administracion y Presupuesto. g. Dependencia que da la conformidad del servicio: Gerencia de Inversiones, de conformidad con el articulo 137º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 2. Encargar a la Gerencia de Administracion y Presupuesto, disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al acuerdo adoptado conforme a los dispositivos legales vigentes; asi como, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su emision. 3. Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto, remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes sustentatorios respectivos a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion.

FONDO MIVIVIENDA
Autorizan contratacion de empresa para brindar servicio de informacion economica financiera especializada en tiempo real
RESOLUCION DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 054-SE-2003 MORDAZA, 21 de octubre del 2003

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.