Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2003 (05/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 5 de noviembre de 2003

planos firmados y sellados por los entes oficiales, teniendo en cuenta lo siguiente: Area Bruta Total Area para Vias Area Util Sublote 6-D1 Sublote 6-D2 Sublote 6-D3 8,792.00 m² 290.62 m² 8,501.38 m² 2,129.27 m² 3,262.14 m² 3,109.97 m²

Publico Municipal designado pueda ejercer cabalmente las funciones que le corresponden por Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MARTINELLI FREUNDT MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia 20282

PROVINCIAS

Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 20278

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Disponen inscripcion de terreno destinado al uso de MORDAZA Deportivo en el Margesi de Bienes Municipales y en los Registros Publicos del Callao
ACUERDO DE CONCEJO Nº 047-2003-MDLP La MORDAZA, 31 de octubre del 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA MORDAZA Visto, en Sesion de Concejo Ordinaria celebrada el dia 29 de octubre del 2003, se trato sobre la Aprobacion del Saneamiento Fisico Legal del Predio Municipal MORDAZA Deportivo Campolo Alcalde; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece: "las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local tienen autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, en cumplimiento con la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, capitulo II de Patrimonio Municipal, Subcapitulo Disposiciones Generales, articulo 55º, dispone que los bienes de cada municipalidad constituyen su patrimonio y es administrado de forma autonoma con las garantias y responsabilidades de Ley, siendo de dominio publico como inalienable e imprescriptibles; Que, en el Subcapitulo II de los Bienes Municipales en el articulo 56º inciso 6, indica que son bienes de propiedad municipal los aportes provenientes de habilitaciones urbanas, en el articulo 57º dispone que cada municipalidad debera abrir y mantener actualizado el margesi de bienes municipales y en el articulo 58º determina que la inscripcion en el registro de propiedad se inscriben en los Registros Publicos a peticion del MORDAZA y por merito de Acuerdo del Concejo Municipal; Que, mediante Resolucion Nº 496-85-CPC de la Municipalidad Provincial del Callao, se aprueba el MORDAZA Plano de Replanteo Nº 016-85-DEAHR/DGDU de Habilitacion MORDAZA de la Habilitacion en el cual se destina el area de 47,409.55 m2 como aporte de Areas de Recreacion Publica, inscrita en los Registros Publicos del Callao en la Ficha Nº 758 - A, Asiento 26; Que, el area de aporte para MORDAZA deportivo se encuentra en el terreno de 22,035.00 m2 en la circunscripcion de la Supermanzana 9, sobre la cual se ha edificado el Complejo Deportivo Campolo MORDAZA en el ano 1991 en convenio con CORDECALLAO; Que, mediante INFORME Nº 150-2003-DDU/MDLP de fecha 27.10.2003 emitido por la Direccion de Desarrollo MORDAZA, senala que urge la necesidad de consolidar el Saneamiento Fisico Legal del Patrimonio Inmobiliario Municipal y con la opinion favorable de la Oficina de Asuntos Juridicos a traves del INFORME Nº 516-2003-OAJ/MDLP de fecha 27.10.2003; En uso de las facultades previstas en los articulos 9º y 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal con el MORDAZA MAYORITARIO de los (as) senores (as) Regidores (as) y con la dispensa de la aprobacion y lectura del Acta;

Designan Procurador Publico Municipal
RESOLUCION Nº 959-2003-RASS MORDAZA de MORDAZA, 30 de octubre de 2003 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que la representacion y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a traves del organo de defensa judicial conforme a Ley, el cual esta a cargo de procuradores publicos municipales, conforme lo establece el articulo 29º de la mencionada Ley; Que, estando a las nuevas disposiciones referentes a la defensa judicial, se aprecia que en los casos especificos articulo 9º Inciso 23) de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, es el Concejo quien autoriza el entablar demandas para estos casos; Que, el Decreto Ley Nº 17537 Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio de fecha 25 de marzo de 1969, establece en su articulo 1º que la defensa de los intereses y derechos del Estado se ejercita judicialmente, por intermedio de los Procuradores Publicos, correspondiendo el nombramiento de los Procuradores al senor MORDAZA conforme lo dispone el articulo 29º MORDAZA parrafo de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, que senala que los Procuradores Publicos Municipales son Funcionarios designados por el Alcalde; Que, habiendose aprobado mediante Ordenanza Nº 156-MSS de fecha 23 de octubre del presente ano, la incorporacion del cargo de Procurador Publico Municipal, y de conformidad a la Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Ley Nº 25993 publicada el 24 de diciembre de 1992, teniendo la funcion de velar por la defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad en los procesos en que se le ha entablado o por iniciarse; Que, en uso de las atribuciones dispuestas en el articulo 20º incisos 1) y 6) de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- Designar como Procurador Publico Municipal de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cual le correspondera una remuneracion acorde a Jefe de Oficina o Director, con el nivel de F-2; cargo que desempenara a partir del 1 de noviembre del ano en curso. Articulo Segundo.- El Procurador Publico Municipal de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, tendra a su cargo la representacion y defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, no teniendo restriccion alguna para ejercer todas las prerrogativas que le correspondan, debiendo cenirse a la normatividad a la que estan sujetos los Procuradores Publicos del Estado. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolucion al Director Municipal, Director de Administracion y Finanzas, Jefe de la Unidad de Personal y demas areas de la Municipalidad, a fin de que el Procurador

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