Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2003 (05/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, miercoles 5 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo 40º.- Las Comisiones Ordinarias del Consejo Regional de MORDAZA se encargaran de la fiscalizacion, estudio y dictamen de los proyectos de Ordenanzas Regionales y Acuerdos Regionales, asi como de la proposicion de normas que favorezcan el desarrollo de los sectores sobre los cuales tenga injerencia dicha comision. Asimismo, canalizan o presentan proyectos de desarrollo. El Consejo Regional de MORDAZA ha conformado seis (6) Comisiones Ordinarias que son las siguientes: a) Comision de Planeamiento y Presupuesto b) Comision de Infraestructura d) Comision de Desarrollo Economico e) Comision de Desarrollo Social f) Comision de Normas y Asuntos Legales g) Comision de Ecologia, Medio Ambiente y Defensa Civil Articulo 41º.- En las Sesiones de las Comisiones Ordinarias, los funcionarios que participen deben presentar un informe resumido de las actividades desarrolladas por las dependencias a su cargo, relacionadas con las funciones a que se refieren el articulo anterior, estando obligados a ampliar sus informes en los aspectos que se indiquen dentro de los plazos senalados por la Comision. Articulo 42º.- Las Comisiones Especiales Investigadoras son designadas por el pleno del Consejo Regional de MORDAZA y se encargan del estudio e investigacion de hechos puestos a su conocimiento de lo cual emiten conclusiones y recomendaciones a traves de un informe que es puesto de conocimiento del Consejo Regional en pleno el cual decide las acciones a seguir. Las Comisiones Especiales Investigadoras podran iniciar sus investigaciones sobre cualquier MORDAZA de interes publico regional para lo que se requerira informacion a los organismos publicos competentes. Es obligatorio comparecer por requerimiento ante la Comision encargada de tales investigaciones, bajo los mismos apremios que se observan en el procedimiento judicial. Para el cumplimiento de sus fines, dichas comisiones pueden acceder a cualquier informacion que afecte a la integridad personal. Si es necesario requerir informacion tributara, solo podra ser en el ambito regional. Estas investigaciones deben regularse observando el derecho a la defensa y al debido proceso. Articulo 43º.- Las Comisiones Especiales Protocolares o Ceremoniales se conforman para asuntos especificos que por su importancia se hiciera necesario, el pleno determina con precision el encargo, la conformacion y el plazo de vigencia de la Comision. Articulo 44º.- Los dictamenes son documentos que contienen una exposicion documentada, precisa y MORDAZA de los estudios que realizan las comisiones del consejo regional sobre las propuestas de ordenanzas y acuerdos que son sometidas a su conocimiento, ademas de las conclusiones y recomendaciones derivadas de dicho estudio. Los dictamenes pueden ser en mayoria, en minoria y por unanimidad. Los dictamenes en mayoria deben estar rubricados por la mitad mas uno de los integrantes de la comision. Los dictamenes en minoria deben estar rubricados por cualquiera de los integrantes de la comision. Los dictamenes por unanimidad deben estar firmados por todos los miembros habiles de la Comision. Articulo 45º.- Son funciones del Presidente de Comision: - Convocar y Presidir las Sesiones de Comision. - Suscribir el Despacho de la Comision. - Suscribir con el Secretario las Actas de Sesiones de la Comision. Articulo 46º.- Son funciones del Secretario de Comision:

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Sede Central del gobierno regional
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 579-2003-GRH/PR MORDAZA, 26 de setiembre de 2003 VISTO: El Informe Nº 101-2003-GRH-GRPPAT/SGDIS, de fecha 8 de setiembre del 2003, de la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas y el Memorandum Nº 127, de fecha 19 de setiembre del 2003, de la Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, establece y MORDAZA la Estructura, Organizacion, Competencias y Funciones de los Gobiernos Regionales; la misma que en su Art. 2º establece "Los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Articulo 37º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobacion, segun el caso, de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Que, el numeral 38.1 del Art. 38º de la Ley Nº 27444, faculta la aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) a la MORDAZA autoridad del Gobierno Regional, concordante con el inciso h) del Art. 21º de la Ley Nº 27867 e inciso h) del Art. 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante la Ordenanza Regional Nº 005-2003-CRH; Que, el Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos, es el documento que contiene toda la informacion relativa a la tramitacion de los procedimientos administrativos comunmente denominados tramites que se realizan en las distintas dependencias de cada entidad de la Administracion Publica. El MORDAZA tiene jerarquia normativa puesto que es aprobado por una MORDAZA legal, en consecuencia su cumplimiento es obligatorio y de estricto cumplimiento, tanto para los particulares como para las respectivas oficinas de la Administracion Publica; Que, mediante el Informe Nº 101-2003-GRH-GRPPAT/ SGDIS, de fecha 8 de setiembre del 2003, de la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas y el Memorandum Nº 127, de fecha 19 de setiembre del 2003, la Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, solicita la emision de la Resolucion de Aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sede Central del Gobierno Regional Huanuco; En uso de las facultades y atribuciones otorgadas por la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, su modificatoria Ley Nº 27902, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante la Ordenanza Nº 005-2003-CRH; SE RESUELVE:

- Citar a sesiones de la Comision de conformidad con sus acuerdos e instrucciones del Presidente. - Levantar y suscribir las actas de sesiones de Comision. - Las demas que senale el presente reglamento o le asigne la Comision. UNICA DISPOSICION COMPLEMENTARIA Lo no previsto en el presente Reglamento sera acordado por el Consejo Regional, por la mayoria legal de sus miembros. 20324

Articulo Primero.- APROBAR, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sede Central del Gobierno Regional MORDAZA, que consta de 45 procedimientos administrativos, cuyo texto forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DEJESE SIN EFECTO, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 561-2002-CTAR-HUANUCO/PE, de fecha 27 de junio del 2002. Articulo Tercero.- PUBLICAR, la presente resolucion, conforme a lo dispuesto por el Articulo 42º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion a la Gerencia General Regional, Direccion Regional de Ad-

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