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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G34/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 5 de noviembre de 2003 Artículo 40º.- Las Comisiones Ordinarias del Consejo Regional de Arequipa se encargarán de la fiscalización, estudio y dictamen de los proyectos de Ordenanzas Re- gionales y Acuerdos Regionales, así como de la proposi-ción de normas que favorezcan el desarrollo de los secto- res sobre los cuales tenga injerencia dicha comisión. Asi- mismo, canalizan o presentan proyectos de desarrollo. ElConsejo Regional de Arequipa ha conformado seis (6) Comisiones Ordinarias que son las siguientes: a) Comisión de Planeamiento y Presupuesto b) Comisión de Infraestructura d) Comisión de Desarrollo Económicoe) Comisión de Desarrollo Social f) Comisión de Normas y Asuntos Legales g) Comisión de Ecología, Medio Ambiente y Defensa Civil Artículo 41º.- En las Sesiones de las Comisiones Or- dinarias, los funcionarios que participen deben presentar un informe resumido de las actividades desarrolladas por las dependencias a su cargo, relacionadas con las funcio-nes a que se refieren el artículo anterior, estando obliga- dos a ampliar sus informes en los aspectos que se indi- quen dentro de los plazos señalados por la Comisión. Artículo 42º.- Las Comisiones Especiales Investigadoras son designadas por el pleno del Consejo Regional de Arequipa y se encargan del estudio e investigación de hechos puestos a suconocimiento de lo cual emiten conclusiones y recomendacio- nes a través de un informe que es puesto de conocimiento del Consejo Regional en pleno el cual decide las acciones a seguir. Las Comisiones Especiales Investigadoras podrán iniciar sus investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regio- nal para lo que se requerirá información a los organismos públi-cos competentes. Es obligatorio comparecer por requerimiento ante la Comisión encargada de tales investigaciones, bajo los mismos apremios que se observan en el procedimiento judicial. Para el cumplimiento de sus fines, dichas comisiones pueden acceder a cualquier información que afecte a la integridad personal. Si es necesario requerir informacióntributara, solo podrá ser en el ámbito regional. Estas inves- tigaciones deben regularse observando el derecho a la defensa y al debido proceso. Artículo 43º.- Las Comisiones Especiales Protocola- res o Ceremoniales se conforman para asuntos específi- cos que por su importancia se hiciera necesario, el plenodetermina con precisión el encargo, la conformación y el plazo de vigencia de la Comisión. Artículo 44º.- Los dictámenes son documentos que contienen una exposición documentada, precisa y clara de los estudios que realizan las comisiones del consejo regio- nal sobre las propuestas de ordenanzas y acuerdos queson sometidas a su conocimiento, además de las conclu- siones y recomendaciones derivadas de dicho estudio. Los dictámenes pueden ser en mayoría, en minoría y por unanimidad. Los dictámenes en mayoría deben estar rubricados por la mitad más uno de los integrantes de la comisión. Los dictámenes en minoría deben estar rubrica-dos por cualquiera de los integrantes de la comisión. Los dictámenes por unanimidad deben estar firmados por to- dos los miembros hábiles de la Comisión. Artículo 45º.- Son funciones del Presidente de Comisión: - Convocar y Presidir las Sesiones de Comisión. - Suscribir el Despacho de la Comisión. - Suscribir con el Secretario las Actas de Sesiones de la Comisión. Artículo 46º.- Son funciones del Secretario de Comisión: - Citar a sesiones de la Comisión de conformidad con sus acuerdos e instrucciones del Presidente. - Levantar y suscribir las actas de sesiones de Comisión. - Las demás que señale el presente reglamento o le asigne la Comisión. ÚNICA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Lo no previsto en el presente Reglamento será acorda- do por el Consejo Regional, por la mayoría legal de susmiembros. 20324GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G64/G65/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G67/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 579-2003-GRH/PR Huánuco, 26 de setiembre de 2003 VISTO: El Informe Nº 101-2003-GRH-GRPPAT/SGDIS, de fe- cha 8 de setiembre del 2003, de la Subgerencia de Desa- rrollo Institucional y Sistemas y el Memorándum Nº 127, de fecha 19 de setiembre del 2003, de la Gerencia Regio-nal de Planificación, Presupuesto y Acondicionamiento Te- rritorial; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece y norma la Estructura, Organización, Competencias y Funciones de los Gobiernos Regionales; la misma que en su Art. 2º establece "Los Gobiernos Re-gionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedi- miento Administrativo General, señala que todas las entida- des elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según elcaso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, el numeral 38.1 del Art. 38º de la Ley Nº 27444, fa- culta la aprobación del Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos (TUPA) a la máxima autoridad del Gobierno Re- gional, concordante con el inciso h) del Art. 21º de la Ley Nº 27867 e inciso h) del Art. 18º del Reglamento de Organiza-ción y Funciones del Gobierno Regional Huánuco, aprobado mediante la Ordenanza Regional Nº 005-2003-CRH; Que, el Texto Único Ordenado de Procedimientos Ad- ministrativos, es el documento que contiene toda la infor- mación relativa a la tramitación de los procedimientos ad- ministrativos comúnmente denominados trámites que serealizan en las distintas dependencias de cada entidad de la Administración Pública. El TUPA tiene jerarquía normati- va puesto que es aprobado por una norma legal, en conse-cuencia su cumplimiento es obligatorio y de estricto cum- plimiento, tanto para los particulares como para las res- pectivas oficinas de la Administración Pública; Que, mediante el Informe Nº 101-2003-GRH-GRPPAT/ SGDIS, de fecha 8 de setiembre del 2003, de la Subgeren- cia de Desarrollo Institucional y Sistemas y el Memorán-dum Nº 127, de fecha 19 de setiembre del 2003, la Geren- cia Regional de Planificación, Presupuesto y Acondiciona- miento Territorial, solicita la emisión de la Resolución deAprobación del Texto Único de Procedimientos Administra- tivos (TUPA) de la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco; En uso de las facultades y atribuciones otorgadas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regiona- les, su modificatoria Ley Nº 27902, y el Reglamento deOrganización y Funciones del Gobierno Regional Huánu- co, aprobado mediante la Ordenanza Nº 005-2003-CRH; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sede Cen- tral del Gobierno Regional Huánuco, que consta de 45 procedimientos administrativos, cuyo texto forma parte dela presente Resolución. Artículo Segundo.- DÉJESE SIN EFECTO, la Resolu- ción Ejecutiva Regional Nº 561-2002-CTAR-HUÁNUCO/PE,de fecha 27 de junio del 2002. Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente resolución, conforme a lo dispuesto por el Artículo 42º de la Ley Nº27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Resolución a la Gerencia General Regional, Dirección Regional de Ad-