Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2003 (05/11/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

Pag. 254472

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 5 de noviembre de 2003

Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Tercera.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios a la Comunidad y Subgerencia de Medio Ambiente, Parques y Jardines. Dado en el local Municipal a los veinticuatro dias del mes de octubre del ano dos mil tres. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20224

Declaran en situacion de urgencia la contratacion del servicio de suministro de combustible para las unidades motorizadas de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 046-2003-MDI Independencia, 20 de octubre de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Vistos; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 17 de octubre del dos mil tres, luego de la lectura y debatidos los informes Nº 025-2003-GAR/MDI de 17 de setiembre del 2003; Nº 029-2003-GAR-MDI de 16 de octubre del 2003 expedidos por la Gerencia de Administracion de Recursos e Informe Nº 1772003-SGPPR/GG/MDI de 17 de octubre del 2003, expedido por la Subgerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion e Informe Nº 100-A-GAJ/MDI de 17 de octubre del 2003 expedido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al concejo municipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia, las funciones ejecutivas; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 003-2003-MDI de 13 de enero del 2003, el Concejo Municipal declaro en Situacion de Urgencia el Servicio de Limpieza Publica, por un plazo de noventa dias; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 046-2003-MDI de 15 de enero del 2003 se designo al Comite Especial encargado de conducir las Adjudicaciones Directas de Menor Cuantia para la seleccion y contratacion del servicio de Suministro de Combustible; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 047-2003-MDI de fecha 15 de enero del 2003 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Independencia, dentro del cual se consigna la contratacion mediante Licitacion Publica, del servicio de suministro de combustible para las unidades motorizadas de la Municipalidad Distrital de Independencia; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 123-2003-MDI de 14 de marzo del 2003 se aprobaron las Bases de la Licitacion Publica Nº 002-2003-CE/MDI para la contratacion del servicio de suministro de combustible para las unidades motorizadas de la municipalidad, por el periodo comprendido entre MORDAZA y diciembre del 2003, la misma que fue declarada desierta; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 139-2003-MDI de 20 de marzo del 2003 se aprobaron las Bases de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 006-2003-CE/MDI para la contratacion del servicio de suministro de combustible para las unidades motorizadas de la municipalidad; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 013-2003-MDI de 2 de MORDAZA del 2003 el Concejo Municipal acordo prorro-

gar por el lapso de 30 dias la Situacion de Urgencia del Servicio de Limpieza Publica; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 209-2003-MDI de 30 de MORDAZA del 2003 se aprobo el contrato de Servicio de Suministro de Combustible para las unidades motorizadas, suscrito entre la Municipalidad Distrital de Independencia y la empresa Inversiones Norselva SAC por el periodo comprendido entre el 14 de MORDAZA y el 14 de MORDAZA del 2003; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 243-2003-MDI de 16 de MORDAZA del 2003 se aprobaron las Bases de la Licitacion Publica Nº 002-2003-CE/MDI -Segunda Convocatoria-, para la contratacion del servicio de suministro de combustible para las unidades motorizadas de la municipalidad, por el periodo comprendido entre el 1 de MORDAZA al 31 de diciembre del 2003, la misma que fue declarada desierta; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 586-2003-MDI de 16 de MORDAZA del 2003 se aprobaron las Bases Administrativas de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 008-2003CE/MDI para la contratacion de una empresa que brinde el servicio de suministro de combustible para las unidades motorizadas de la municipalidad de Independencia durante el periodo comprendido entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre del 2003, la misma que fue declarada desierta; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 595-2003-MDI de 25 de MORDAZA del 2003 se aprobaron las Bases Administrativas de la Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 012-2003-CE/ MDI para la contratacion del servicio de suministro de combustible para las unidades motorizadas de la municipalidad de Independencia durante el periodo comprendido entre el 01 de agosto y el 31 de diciembre del 2003, otorgandose la Buena Pro a la empresa Inversiones Norselva SAC; Que, mediante documento recepcionado por la Gerencia de Administracion de Recursos con fecha 16 de setiembre del 2003 la empresa Inversiones Norselva SAC informo al Comite Especial encargado del MORDAZA de seleccion, que pese a haber obtenido la Buena Pro de la Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 012-2003-CE/MDI, que por motivos estrictamente financieros suscitados imprevistamente, les sera imposible poder cumplir con entregar la carta Fianza requerida como requisito indispensable para poder suscribir el contrato correspondiente; Que, mediante Informe Nº 025-GAR/MDI de 17 de setiembre del 2003, la Gerencia de Administracion de Recursos hace de conocimiento del Titular del Pliego respecto de la imposibilidad de la empresa Inversiones Norselva SAC de cumplir con la MORDAZA de la Carta Fianza necesaria para la suscripcion del contrato; Que, la circunstancia generada se configura como causal de urgencia contemplada en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (TUOLCAE), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, por tanto se configura la existencia de dicha situacion, debido a la ausencia extraordinaria e imprevisible del suministro de combustible para las unidades motorizadas de la municipalidad, lo cual compromete en forma directa e inminente la continuidad de la prestacion de diversos servicios a cargo de la municipalidad; Que, mediante Informe Nº 029-2003-GAR-MDI de 16 de octubre del 2003 la Gerencia de Administracion de Recursos solicita al Titular del Pliego se sirva tramitar ante el Concejo Municipal la declaracion en Situacion de Urgencia la contratacion del servicio de suministro de combustible para las unidades motorizadas de la municipalidad; Que, mediante Informe Nº 819-2003-SGL/GAR/MDI de 16 de octubre del 2003, la Subgerencia de Logistica informa respecto del valor referencial y el tiempo por el cual se va a contratar por exoneracion, senalando respecto del primer concepto que el valor referencial por la adquisicion de petroleo (D2) es la suma de S/. 33,947.00 y por la adquisicion de gasolina de 90º es la suma de S/. 7,717.50. Asimismo el tiempo de duracion de la exoneracion es de quince dias; Que, mediante Informe Nº 100-A-2003-GAJ/MDI de 17 de octubre del 2003, la Gerencia de Asesoria Juridica opina por la procedencia de la declaracion en Situacion de Urgencia de la contratacion del servicio de suministro de combustible para las unidades motorizadas de la Municipalidad Distrital de Independencia, previo pronunciamiento del Concejo Municipal y dentro del MORDAZA legal del TUOLCAE y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, a fin de que se tomen las acciones inmediatas que pueden incluir la contratacion de los servicios para satisfacer las necesidades de combustible, de conformidad con los articulos 19º y siguientes del TUOLCAE que regulan la situacion de urgencia;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.