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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G31/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de noviembre de 2003 Vista, la Carta Nº 641-PD-GPR/2003 del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, y la Resolu- ción de Presidencia Nº 100-2003-PD/OSIPTEL; CONSIDERANDO:Que, el Instituto de las Américas ha cursado invitación al gerente del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL - OSIPTEL, a fin que participe como expositor en el evento denominado “Telecom/IT Connectivity Workshop for Underserved Areas”, organizado por el Instituto de las Américas y la Subsecretaría de Telecomunicaciones del Gobierno de Chile, el cual se llevará a cabo los días 20 y 21 de noviembre de 2003, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; Que, el evento tiene por objeto discutir e intercambiar visiones e información sobre Modelos de Conectividad aplicados en las Américas, tanto a nivel de las Políticas y Programas en la Región como a nivel de las tecnologías para zonas rurales, y presentación de estudios de casos exitosos, entre otros; Que, en el marco del citado evento OSIPTEL realiza- rá una exposición sobre la evolución de las Políticas y Programas desarrollados por la Gerencia del FITEL - OSIPTEL para implementar el acceso universal a los ser- vicios de telecomunicaciones y mejorar la conectividad de las zonas rurales y de preferente interés social en nuestro país; Que, los temas materia de discusión forman parte de la agenda de OSIPTEL, por lo que es de interés institu- cional la participación del doctor Jesús Guillén Marro- quín, gerente de FITEL - OSIPTEL, en el mencionado evento; Que, la asistencia al referido evento no generará gasto alguno al Estado peruano, por cuanto los gastos por con- cepto de pasajes y viáticos serán asumidos por el Instituto de las Américas, y el gasto por tarifa única de uso de aero- puerto será asumido por el antes citado funcionario; De conformidad con lo dispuesto por en la Ley Nº 27619, la Ley Nº 27879, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Directiva Nº 003-2003-EF/76.01 aprobada por Resolu- ción Directoral Nº 054-2002-EF/76.01 y modificada por Resolución Directoral Nº 005-2003-EF/76.01, y la Directi- va Nº 004-2003-EF/76.01, aprobada por Resolución Direc- toral Nº 003-2003-EF-76.01; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor Jesús Guillén Marroquín, Gerente del Fondo de Inversión en Telecomuni- caciones (FITEL) - OSIPTEL, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 19 al 22 de noviembre de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El mencionado funcionario, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el via- je, deberá presentar a la institución un informe detallado de las actividades realizadas durante su viaje. Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción no irrogará gasto al Estado, ni otorgará derecho a exo- neración o liberación de impuestos y/o derechos aduane- ros, cualesquiera fuese su denominación o clase. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros 21186 /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G2D /G64/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G6E/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G6C/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G63/G61/G74/G61/G6C/G6F/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G72/G65/G61/G2D/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G63/G72/G65/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G39/G39/G2D/G32/G30/G30/G32/G2D/G50/G43/G4D RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 362-2003-PCM Lima, 13 de noviembre de 2003 Visto el Memorando Nº 344-2003-PCM/SGP del Secre- tario de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, en el Estado se encuentran vigentes diferentes Catálogos de Bienes y Servicios, situación que además de la natural complejidad para el tratamiento y manejo de la información, genera consecuencias negativas para los pro- cesos de contrataciones y adquisiciones que realizan las distintas entidades de la Administración Pública en todos sus niveles de gobierno, lo cual también involucra a todo el sistema logístico, es decir, no sólo a los compradores y vendedores, sino también a los productores, círculos de calidad, diseños de productos, entre otros; Que, la catalogación es la esencia de cualquier proce- so sistemático de tratamiento de información, dado que se basa en un lenguaje de números que se constituye en un lenguaje universalmente entendido, sin que se requiera de un acuerdo previo acerca del significado de los bienes o servicios, situación que genera efectos negativos en el tra- tamiento de las operaciones de bienes y servicios tanto a nivel nacional como internacional; Que, en consecuencia, es de necesidad para el Es- tado contar con un sistema de catálogo que sea un ins- trumento uniforme para la catalogación de bienes y ser- vicios del Estado, con miras a organizar todas las acti- vidades estatales que requieran de dicha herramienta para su gestión; Que, la Comisión Multisectorial encargada de ela- borar un informe que contenga los requerimientos téc- nico funcionales y de información del Sistema Electró- nico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, creada por Decreto Supremo Nº 099-2002- PCM, concluyó que la adopción de Sistema de Catalo- gación de Bienes y Servicios es un componente impor- tante para la implementación del SEACE; recomendan- do en su informe final la adopción de un Sistema de Catalogación Internacional a ser administrado por una entidad del Sector Público; Que, en este sentido, resulta de interés constituir una Comisión Multisectorial que profundice sobre el estudio anexo en el informe final del SEACE y que proponga el Sistema de Catalogación de Bienes y Servicios a imple- mentarse en las Entidades de la Administración Pública; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 21292 y la Resolución Ministerial Nº 0014-86-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Del Objeto Creáse la Comisión Multisectorial encargada de anali- zar las conclusiones sobre catalogación de bienes y servi- cios realizada por la Comisión Multisectorial creada por Decreto Supremo Nº 099-2002-PCM, proponer el Sistema de Catalogación de Bienes y Servicios Único a ser adopta- do por el Estado Peruano y elaborar un informe que con- tenga sus características, funcionalidades y el estudio que permita su implementación. Artículo 2º.- De la Conformación de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial estará conformada por los siguientes miembros: - El Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Electróni- co e Informática de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; - Un representante del Ministerio de Economía y Fi- nanzas; - Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; - Un representante del Consejo Superior de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; - Un representante del Centro de Promoción de la Pe- queña y Micro Empresa - PROMPYME; - Un representante del Instituto Nacional de Estadísti- ca e Informática - INEI; - Un representante de la Superintendencia de Bienes Nacionales; - Un representante de la Contaduría Pública de la Na- ción; - Un representante de la Marina de Guerra del Perú;