Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2003 (15/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 15 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Visto el Oficio V-35-DPFI-Nº 2068 de fecha 11 de noviembre del 2003 y Mensajes CODP-121130 y 131011 de noviembre del 2003 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, el personal de la Fuerza Aerea del Peru que se indica en la parte resolutiva, ha sido propuesto para viajar en Comision de Servicio a la Republica de Bolivia, MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, para conformar la tripulacion del avion DA20F FAP Nº 300 que realizara un vuelo en Mision Oficial trasladando al senor Presidente Constitucional de la Republica a la "XIII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno", del 14 al 16 de noviembre del 2003; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico viene reduciendo al minimo indispensable las autorizaciones de los viajes al exterior; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 017-2003, excepcionalmente podra autorizarse aquellos viajes al exterior que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijadas para el ejercicio del ano 2003; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 017-2003 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio al personal de la Fuerza Aerea del Peru que se indica a continuacion, el cual conformara la tripulacion del avion DA20F FAP Nº 300, que realizara un vuelo en Mision Oficial trasladando al senor Presidente Constitucional de la Republica a la "XIII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno", del 14 al 16 de noviembre del 2003:
MORDAZA Comandante Tecnico 2da. E.C. FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA SAMANDER MORDAZA MORDAZA FAP ALCAHUAMAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA LANAS MORDAZA MORDAZA Piloto Piloto Mecanico Hostess

Visto el Oficio V-35-DPFI-Nº 2072 de fecha 11 de noviembre del 2003 y Mensaje CODP-131011 de noviembre del 2003, ambos del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, el Personal de la Fuerza Aerea del Peru que se indica en la parte resolutiva, ha sido propuesto para viajar en Comision de Servicio a la Republica de Bolivia, MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, para conformar la tripulacion del avion AN-32B FAP Nº 325 (Alterno AN-32B Nº 327), a cargo de la operacion de transporte aereo de la comitiva que acompanara al senor Presidente Constitucional de la Republica a la "XIII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno", del 14 al 16 de noviembre del 2003; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico viene reduciendo al minimo indispensable las autorizaciones de los viajes al exterior; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 017-2003, excepcionalmente podra autorizarse aquellos viajes al exterior que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijadas para el ejercicio del ano 2003; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 017-2003 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio al Personal de la Fuerza Aerea del Peru que se indica a continuacion, el cual conformara la tripulacion del avion AN-32B FAP Nº 325 (Alterno AN32B Nº 327), a cargo de la operacion de transporte aereo de la comitiva que acompanara al senor Presidente Constitucional de la Republica a la "XIII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno", del 14 al 16 de noviembre del 2003:
Mayor Capitan Capitan Tecnico 3ra. Tecnico 3ra. E.C. E.C. FAP FAP FAP FAP FAP FAP FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GIUSTI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TEQUEN MORDAZA Piloto Piloto ONB Mecanico C. Master Hostess Hostess

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan a cargo del presupuesto Recursos Ordinarios AF-2003, de acuerdo a disposiciones vigentes: Viaticos: US$ 200.00 x 3 dias x 4 personas Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- Los miembros integrantes de la tripulacion tendran la responsabilidad de rendir cuenta documentada de los gastos en viaticos, de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 21357 RESOLUCION SUPREMA Nº 457-2003/DE/FAP-CP MORDAZA, 13 de noviembre de 2003

TRIPULACION ALTERNA: Mayor Capitan Capitan Tecnico 1ra. Tecnico 1ra. E.C. FAP FAP FAP FAP FAP FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA VELASCO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Berly MORDAZA MORDAZA MORDAZA Liz Piloto Piloto ONB Mecanico C. Master Hostess

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa-Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan a cargo del presupuesto Recursos Ordinarios AF-2003, de acuerdo a disposiciones vigentes: Viaticos US$ 200.00 x 3 dias x 7 Personas. Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- Los miembros integrantes de la tripulacion tendran la responsabilidad de rendir cuenta documentada de los gastos en viaticos de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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