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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G32/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de noviembre de 2003 Visto el Oficio V-35-DPFI-Nº 2068 de fecha 11 de no- viembre del 2003 y Mensajes CODP-121130 y 131011 de noviembre del 2003 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO:Que, el personal de la Fuerza Aérea del Perú que se indica en la parte resolutiva, ha sido propuesto para viajar en Comisión de Servicio a la República de Bolivia, ciudad de Santa Cruz, para conformar la tripulación del avión DA- 20F FAP Nº 300 que realizará un vuelo en Misión Oficial trasladando al señor Presidente Constitucional de la Re- pública a la "XIII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Es- tado y de Gobierno", del 14 al 16 de noviembre del 2003; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de aus- teridad y racionalidad del gasto en el Sector Público viene reduciendo al mínimo indispensable las autorizaciones de los viajes al exterior; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 017-2003, excepcionalmente po- drá autorizarse aquellos viajes al exterior que resulten in- dispensables para asegurar el cumplimiento de los objeti- vos y metas fijadas para el ejercicio del año 2003; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 017-2003 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio al personal de la Fuerza Aérea del Perú que se indica a continuación, el cual conformará la tripulación del avión DA- 20F FAP Nº 300, que realizará un vuelo en Misión Oficial tras- ladando al señor Presidente Constitucional de la República a la "XIII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobier- no", del 14 al 16 de noviembre del 2003: Coronel FAP P AREJA LOPEZ César Roberto Piloto Comandante FAP R OMAN SAMANDER Julio César Piloto Técnico 2da. FAP ALCAHUAMAN ALBURQUEQUE Santiago Martín M ecánico E.C. FAP TORRES LAÑAS Virginia Natalia Hostess Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan a cargo del presupuesto Recursos Ordinarios AF-2003, de acuer- do a disposiciones vigentes: Viáticos: US$ 200.00 x 3 días x 4 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- Los miembros integrantes de la tripula- ción tendrán la responsabilidad de rendir cuenta docu- mentada de los gastos en viáticos, de conformidad a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 21357 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 457-2003/DE/FAP-CP Lima, 13 de noviembre de 2003Visto el Oficio V-35-DPFI-Nº 2072 de fecha 11 de no- viembre del 2003 y Mensaje CODP-131011 de noviembre del 2003, ambos del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, el Personal de la Fuerza Aérea del Perú que se indica en la parte resolutiva, ha sido propuesto para viajar en Comisión de Servicio a la República de Boli- via, ciudad de Santa Cruz, para conformar la tripula- ción del avión AN-32B FAP Nº 325 (Alterno AN-32B Nº 327), a cargo de la operación de transporte aéreo de la comitiva que acompañará al señor Presidente Consti- tucional de la República a la "XIII Cumbre Iberoameri- cana de Jefes de Estado y de Gobierno", del 14 al 16 de noviembre del 2003; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las me- didas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sec- tor Público viene reduciendo al mínimo indispensable las autorizaciones de los viajes al exterior; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 017-2003, excepcionalmente podrá autorizarse aquellos viajes al exterior que resul- ten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijadas para el ejercicio del año 2003; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 017-2003 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comi- sión de Servicio al Personal de la Fuerza Aérea del Perú que se indica a continuación, el cual conformará la tri- pulación del avión AN-32B FAP Nº 325 (Alterno AN- 32B Nº 327), a cargo de la operación de transporte aé- reo de la comitiva que acompañará al señor Presidente Constitucional de la República a la "XIII Cumbre Ibero- americana de Jefes de Estado y de Gobierno", del 14 al 16 de noviembre del 2003: Mayor FAP PEDEMONTE GARCIA Juan Carlos Piloto Capitán FAP SANCHEZ CABALLERO Juan Luis Piloto Capitán FAP ZAMORA CAVERO Carlos Manuel ONB Técnico 3ra. FAP DE LA CRUZ CANCHO Carlos Enrique M ecánico Técnico 3ra. FAP CASTAÑEDA BORJAS Oswaldo Enrique C. MasterE.C. FAP GIUSTI MURO Roxana Elizabeth Hostess E.C. FAP RIQUELME TEQUEN Elizabeth Hostess TRIPULACIÓN ALTERNA:Mayor FAP BARDALES ARIAS Ernesto Piloto Capitán FAP B USTAMANTE VELASCO Victor Re ynaldo Piloto Capitán FAP MEDINA ORMEÑO Rober to Armando Arturo ONB Técnico 1ra. FAP FALCON GARCIA César Augusto M ecánico Técnico 1ra. FAP PEZO RIVAS Berly C. MasterE.C. FAP GONZALES RUIZ Rosa Liz Hostess Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa-Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan a cargo del presupuesto Recursos Ordinarios AF-2003, de acuerdo a disposiciones vigentes: Viáticos US$ 200.00 x 3 días x 7 Personas. Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- Los miembros integrantes de la tripula- ción tendrán la responsabilidad de rendir cuenta documen- tada de los gastos en viáticos de conformidad a lo estable- cido en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin- guna clase o denominación.