TEXTO PAGINA: 106
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G31/G34 /G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F Lima, viernes 28 de noviembre de 2003 3.10. Precio de la Potencia de Punta 3.10.1. Tasa de Indisponibilidad Fortuita de la uni- dad (TIF) y Margen de Reserva Firme Objetivo del sistema (MRFO) Los factores que toman en cuenta la Tasa de Indisponi- bilidad Fortuita de la unidad (TIF) y el Margen de Reser-va Firme Objetivo del sistema (MRFO) son fijados por el OSINERG cada 4 años, de acuerdo a los criterios de eficiencia económica y seguridad contenidos en la LCEy el RLCE, de conformidad con lo establecido en el literal c) del Artículo 126º del RLCE. 3.10.2. Precio Básico de la Potencia (PBP) El Precio Básico de la Potencia (PBP) es igual al Costo de Capacidad por unidad de potencia efectiva (CCUPE) por los factores que tomen en cuenta la Tasa de Indispo-nibilidad Fortuita de la unidad (TIF) y el Margen de Re- serva Firme Objetivo del sistema (MRFO), según la si- guiente expresión: TIF)(1MRFO)(1 * CCUPEPBP −+= .................. (19) 3.10.3. Precio de la Potencia de Punta (PPM) El Precio de la Potencia de Punta (PPM) en cada barra del sistema, expresado en S/./kW-mes, se determina como el producto del Precio Básico de la Potencia por el Factor de Pérdidas de Potencia, de acuerdo con lo esta-blecido en el Artículo 47º, incisos f) y g), de la LCE. FPMP* TC * PBP FPPM d Mensualida * = .... (20) Donde: PPM = Precio de la Potencia de Punta, expresa- do en S/./kW-mes. PBP = Precio Básico de la Potencia, expresado en US$/kW-año. TC = Tipo de cambio, expresado en S/./US$ FPMP = Factor de Pérdidas Marginales de Poten- cia. Este factor es igual a 1,0 en la barraen que se fija el Precio Básico de la Poten- cia. F Mensualidad= Factor por el que se multiplica la anuali- dad de un valor para obtener el equiva- lente mensual. Para una tasa de actuali-zación anual (TD) de 12%, dicho factor es igual a 0,0790733. TD1 TD)(1F1/12 d Mensualida− += ............... (21) 3.10.4. Fórmula de Actualización del Precio de la Potencia de Punta El Precio de la Potencia de Punta (PPM) en cada barra del sistema, será actualizado utilizando la siguiente Fór- mula de Actualización: FAPPM PPM0 PPM1 * = ........................... (22) Se define: FPM b FTAPBP*FTC*a FAPPM *+ = .... (23) TCo / TCFTC= ......................... (24) TA_PBPo)(1 / TA_PBP)(1 FTAPBP + += ..(25) IPMo / IPMFPM= ...................... (26)Donde: PPM0 = Precio de la Potencia de Punta inicial, en S/./kW-mes. PPM1 = Precio de la Potencia de Punta, actualiza- do, en S/./kW-mes. FAPPM = Factor de Actualización del Precio de la Potencia de Punta FTC = Factor por variación del Tipo de Cambio. FTAPBP = Factor por variación de la Tasa Arancela- ria para la importación del equipo electro- mecánico de generación. FPM = Factor por variación de los Precios al Por Mayor. a = Componente de moneda extranjera del Precio Básico de la Potencia. b = Componente de moneda nacional del Pre- cio Básico de la Potencia. TC = Tipo de Cambio. Valor de referencia para el Dólar de los Estados Unidos de Améri- ca, determinado la Superintendencia deBanca y Seguros del Perú, correspondien- te a la “COTIZACIÓN DE OFERTA Y DE- MANDA – TIPO DE CAMBIO PROMEDIOPONDERADO” o el que lo reemplace. Se tomará en cuenta el valor venta al último día hábil del mes anterior, publicado en elDiario Oficial El Peruano. TCo = Tipo de Cambio inicial, en S/./US$. TA_PBP = Tasa Arancelaria vigente para la importa- ción de turbinas a gas de potencia supe-rior a 5000 kW correspondiente a la parti- da arancelaria 8411.82.00.00 o la que la sustituya. TA_PBPo = Tasa Arancelaria inicial. IPM = Índice de Precios al Por Mayor, publicado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática. Se tomará el valor del últimomes, publicado en el Diario Oficial El Pe- ruano. IPMo = Índice de Precios al Por Mayor inicial. 3.11. Revisión del Procedimiento Para la revisión del procedimiento se deberá tomar en cuenta la ocurrencia de una de las siguientes condiciones: •Cuando se requiera que la selección del tipo de unidad sea revisada debido a que la operación en la punta se efectúe con un combustible más económico. •En caso se descontinúe la publicación de la revista especializada "Gas Turbine World Handbook" y se requiera, en consecuencia, tomar otra referenciapara la capacidad estándar y costo FOB de la uni- dad de punta. •Cuando se presente una variación significativa de la distribución de cargas en el Sistema Interconec- tado Nacional que amerite una revisión de la ubica-ción de la unidad de punta y se determine su ubica- ción fuera de la ciudad de Lima. •Cuando el costo específico FOB del módulo de ge- neración (definido como el cociente resultante de la división del costo FOB del módulo de generación"FOBTG" entre la capacidad estándar de la unidad de punta "CEISO") obtenido sufra variaciones ma- yores al ±15% respecto al valor resultante en elúltimo estudio realizado. •Cuando al aplicar la Fórmula de Actualización del Precio de la Potencia de Punta exista una variación mayor al ±15% respecto al valor resultante en el último estudio realizado. •Cuando una modificación en las disposiciones del Artículo 126º del Reglamento de la Ley de Conce-siones Eléctricas implique necesariamente la revi- sión del procedimiento. La revisión del procedimiento será llevada a cabo por el OSINERG de oficio o a propuesta del COES-SINAC o los interesados siempre y cuando se verifique el cumpli-