TEXTO PAGINA: 46
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G32/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 30 de noviembre de 2003 Que, las tasas por servicios administrativos o derechos son aquellos que debe pagar el contribuyente a la Munici-palidad por concepto de tramitación de procedimientos administrativos; Que, la Municipalidad de acuerdo a la Ordenanza Nº 006-2002-MDSSP/A del 3 de junio del 2002 que es- tablece el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos-TUPA- establece como pago por derecho de Inscrip- ción en el Padrón de Contribuyentes la suna de S/. 100.00 (Cien con 00/100 Nuevos Soles) incluida la ins-pección ocular; Que, es preocupación de esta gestión ofrecer un ser- vicio a los contribuyentes del Distrito con la debida ca-lidad incluyendo en esta definición el control, la oportu- nidad, eficiencia y economía del servicio; Que, en la actualidad la población que reside en la zona limítrofe del Distrito de Pachacámac con los dis- tritos de Lurín y Vílla María del Triunfo, se encuentran en constante agresión por parte de los distritos indica-dos siendo presionados constantemente para que tri- buten en el otro distrito; Que, de igual modo, esto se ve reflejado en la inseguri- dad de los contribuyentes así como en la falta de pago de los mismos, ocasionando a la Municipalidad la reducción de sus ingresos en dichas zonas; Que, adicionalmente a ello, la Municipalidad busca que los residentes acreditados en el distrito de acuerdo a su documento identificatorio contribuyan a la comuna para deesta manera cumplir las metas y objetivos propuestos por la gestión municipal. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 20º inciso 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Declarar como zona de tratamiento especial a las agrupaciones de pobladores que se encuen- tran en la franja de recuperación territorial del distrito dePachacámac con los distritos de Lurín y Villa María del Triun- fo, asimismo brindar las facilidades necesarias a los con- tribuyentes de dichas zonas del Distrito de Pachacámacpara que puedan afrontar las agresiones de las cuales son objeto. Artículo Segundo.- Como incentivo a los contribuyen- tes de la zona especial; y a aquellos contribuyentes que deseen inscribirse en el Padrón de Contribuyentes del dis-trito de Pachacámac, así como a los servicios de vehícu- los menores el concepto de Inscripción se les exonere del pago señalado en el Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos - TUPA. Artículo Tercero.- Facúltese al Despacho de Alcaldía para efectuar todos los actos administrativos y logísticos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ordenan- za. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CAROLA CLEMENTE VDA. DE POBLET Alcaldesa 22263 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G75/G61/G72/G74/G61/G20/G43/G75/G6F/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G2D/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G33 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2003-MSB-A San Borja, 28 de noviembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA VISTO: El Informe Nº 67-MSB-GR, de fecha 27.11.2003, mediante el cual el Gerente de Rentas so-licita la prórroga del plazo de vencimiento de la Cuarta Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2003hasta el 15.12.2003; CONSIDERANDO:Que, sustenta la prórroga el pedido de vecinos que de- sean acogerse al beneficio establecido por la Ordenanzade cumplimiento tributario vigente, que tiene por condición el pago de la Cuarta Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios hasta la fecha de vencimiento; Que, es política de la actual gestión dar oportunidad a la mayor cantidad de vecinos que deseen pagar cum- plidamente sus tributos, en atención a que existe acepta-ción creciente de la población a la nueva política tributaria establecida; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Geren- cia General, Gerente de Asesoría Legal y Gerencia de Rentas y a lo dispuesto en el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de venci- miento del pago de la Cuarta Cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales - 2003 hasta el 15 de diciem-bre del 2003. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Gene- ral, Gerencia de Rentas, Gerencia de Economía, Gerenciade Informática y Gerencia de Imagen Institucional el cum- plimiento y adecuada difusión del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 22327 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G63/G6F/G67/G65/G72/G73/G65/G20/G61/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G2D /G63/G69/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G73/G75/G73/G74/G61/G6E/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G2F/G6F/G20/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G35/G36/G2D/G4D/G53/G49 ORDENANZA Nº 060-MSI EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTOS, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de noviembre de 2003; y, CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 056-MSI publicada el 2 de noviembre de 2003, se establecen facilidades parala regularización de obligaciones sustanciales y/o for- males, siendo aplicable para todas aquellas personas que tengan pendiente de pago sumas derivadas deobligaciones tributarias (tributos y multas) o no tributa- rias (multas administrativas) vigente hasta el 30 de noviembre de 2003; Que, es política de la presente administración brin- dar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales yformales sean de naturaleza tributaria y administrativa; Que, a raíz de la aguda crisis económica que viene atra- vesando nuestro país, se presentan casos de contri-buyentes que mantienen obligaciones pendientes de pago de ejercicios anteriores con la Municipalidad de San Isidro y que no obstante existir la intención de querer honrar lasmismas, no cuentan con las facilidades necesarias que les permita lograrlo; Que, las campañas complementarias de entrega de información y de gestión de cobranza ejecutada por la