Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2003 (30/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 30 de noviembre de 2003

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Autorizan viaje del MORDAZA a MORDAZA para asistir a la Cumbre Mundial de las Ciudades y de las Autoridades Locales sobre la Sociedad de la Informacion
ACUERDO DE CONCEJO Nº 96 Miraflores, 26 de noviembre de 2003 EL MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha, en atencion a la invitacion formulada por el MORDAZA de la MORDAZA de Lyon - MORDAZA, senor MORDAZA Collomb, para que el senor MORDAZA de Miraflores participe en la CUMBRE MUNDIAL DE LAS CIUDADES Y DE LAS AUTORIDADES LOCALES SOBRE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION; CONSIDERANDO: Que, la CUMBRE MUNDIAL DE LAS CIUDADES Y DE LAS AUTORIDADES LOCALES SOBRE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION, reunira a Alcaldes y autoridades electas de los cinco continentes para intercambiar experiencias y adoptar la Declaracion de los Alcaldes y Autoridades Locales, la misma que sera transmitida a los Jefes de Estado que se reuniran en Ginebra-Suiza, del 10 al 12 de diciembre de 2003, durante la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Informacion; Que, de acuerdo a lo manifestado por los organizadores de la cumbre, con la finalidad de facilitar la participacion del senor MORDAZA, este ha sido exonerado del pago de la Tarifa de Inscripcion; Que, este Concejo considera necesario y util para la gestion que el senor MORDAZA asista a dicha cumbre, toda vez que ello permitira compartir experiencias, que al ser aplicadas en nuestra realidad local se MORDAZA reflejado en el bienestar de los vecinos del distrito; De conformidad con lo establecido en los numerales 11 y 27 del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Conceder licencia al senor MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 1 al 7 de diciembre de 2003, a efectos de que asista a la CUMBRE MUNDIAL DE LAS CIUDADES Y DE LAS AUTORIDADES LOCALES SOBRE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION, la misma que se llevara a cabo en la MORDAZA de Lyon - Francia; y encargar el Despacho de Alcaldia al senor MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mientras dure la ausencia del senor MORDAZA, con las facultades y atribuciones inherentes a dicho cargo. Articulo Segundo.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Lyon - MORDAZA, del senor MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 1 al 7 de diciembre de 2003, para que asista a la cumbre a que se refiere el articulo precedente. Articulo Tercero.- El egreso derivado del viaje se afectara con cargo al Presupuesto 2003 de la Municipalidad de Miraflores, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aereos Viaticos (5 dias) Tarifa CORPAC US$ 1,557.00 US$ 1,300.00 US$ 28.24

supuesto y Racionalizacion el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 22309

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Aprueban ordenanza sobre politica ambiental y proteccion del medio ambiente y recursos naturales
ORDENANZA Nº 008-2003-MDP/A MORDAZA, 26 de noviembre del 2003 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA VISTO: El Concejo Distrital de MORDAZA, en sesion Extraordinaria, del 24 de septiembre del 2003, el Proyecto de Politica Ambiental y Proteccion del Medio Ambiente y los Recursos Naturales; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Distritales tienen autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de competencia; Que, las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de servicios locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico del ambito territorial de su Jurisdiccion; Que, toda persona tiene el derecho irrenunciable a gozar de un ambiente saludable, ecologicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su articulo 80º numeral 3), establece que son competencias exclusivas de las Municipalidades Distritales en materia de Saneamiento, Salubridad y Salud: 3.1 Proveer del servicio de limpieza publica determinado las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. 3.2 Regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares publicos locales. 3.3 Instalar y mantener servicios higienicos y banos de uso publico. 3.4 Fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emision de humos, gases,ruidos y demas elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente. 3.5 Expedir Carne de Sanidad. Que, en virtud de lo expuesto en los considerando precedentes, es obligacion de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, y del estado en general, la preservacion del paisaje y la naturaleza manteniendo la calidad de MORDAZA de las personas a un nivel compatible con la dignidad humana; Que, del medio ambiente y los recursos naturales constituyen patrimonio nacional siendo su proteccion y conservacion de interes social; Que, en su afan proteccionista de la ecologia y el medio ambiente, la Municipalidad Distrital de MORDAZA, tiene como objetivo la proteccion y conservacion del medio ambiente y los recursos naturales a fin de hacer posible una adecuada calidad de vida;

Articulo Cuarto.- Los gastos totales que irroga el citado viaje ascienden a la suma de US$ 2,885.24 (dos mil ochocientos ochenta y cinco con 24/100 Dolares Americanos). Articulo Quinto.- Encargar a la Oficina de Administracion y Finanzas y a la Oficina de Planificacion, Pre-

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