Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2003 (30/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 30 de noviembre de 2003

2001, por la que se aprueba la regulacion del Canje de Deudas Tributarias y No Tributarias por bienes o servicios; Que, por RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 487-2003MDMM de fecha 22 de octubre de 2003, se designa a la COMISION TECNICA EVALUADORA de las solicitudes de Canje de Deudas Tributarias y No Tributarias por Bienes o Servicios; Que, es necesario dictar las normas que regulen el procedimiento para la aplicacion de lo dispuesto en la precitada Ordenanza; De conformidad con el articulo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General; en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL CANJE DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS POR BIENES O SERVICIOS DEL AMBITO DE APLICACION Articulo 1º.- Las personas naturales y/o juridicas que tengan deudas por concepto de tributos municipales y multas administrativas vigentes, podran cumplir con el pago de las mismas mediante la entrega de bienes o la prestacion de servicios a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, conforme a lo establecido en la ORDENANZA Nº 057-MDMM. DE LA SOLICITUD Articulo 2º.- A la solicitud de Canje de Deudas Tributarias y No Tributarias por Bienes o Servicios, el interesado debera, como requisito indispensable, acompanar los siguientes documentos: a) Declaracion Jurada simple de reconocimiento de deuda y compromiso de pago mediante un bien y/o servicio, sin costo para el contribuyente. b) MORDAZA fedateada del documento de identidad del solicitante y/o su representante, debiendo este ultimo acreditar fehacientemente su representacion. c) Documentacion sustentatoria que acredite indubitablemente la propiedad del bien materia de la dacion en pago, de ser el caso, los mismos que no deberan tener cargas, gravamenes ni inscripciones que afecten el bien. d) Documento en que se consigne el valor que, segun criterios objetivos inicialmente formulados por el interesado, le corresponderia al bien y/o servicio materia de este MORDAZA de pago de deuda. e) Documento en el que se describa con claridad y al detalle las caracteristicas tecnicas del bien y/o servicio materia de este mecanismo. DEL PROCEDIMIENTO

luadora procedera a valorizar los bienes o servicios ofrecidos considerando los valores referenciales establecidos por la Unidad de Abastecimiento, excepto los casos de bienes inmuebles valorizados por el Consejo Nacional de Tasaciones (CONATA) o peritos autorizados por esta entidad. e) Ejecutada la valorizacion, la Comision Tecnica Evaluadora elaborara el acta respectiva y sera suscrita por todos sus miembros. Dicha valorizacion es inapelable. Mediante Resolucion emitida por el presidente de la Comision se MORDAZA por aceptada la solicitud, la cual sera notificada al solicitante acompanada de la MORDAZA certificada del Acta de Valorizacion. f) El solicitante bajo apercibimiento de perder automaticamente el derecho, dentro del plazo de cinco (5) dias habiles luego de recibida la resolucion de aceptacion, debera poner a disposicion de la Comision Tecnica Evaluadora los bienes o servicios aprobados y debera apersonarse a la Unidad de Abastecimiento, a fin de efectuar los tramites que correspondan a la naturaleza de cada bien o servicio a prestar. g) El monto a ser aplicado como pago de la deuda acogida sera el valor correspondiente al bien o servicio prestado senalado en el Acta de Valorizacion, sin incluir el importe de los impuestos que corresponda. h) El monto de la deuda acogida se MORDAZA por cancelada con la emision de la Resolucion que para dichos efectos emita la Direccion de Rentas, la misma que se fundamentara en el Certificado de Pago remitido por la Comision Tecnica Evaluadora, debiendo incorporarse las especies al Patrimonio de la Municipalidad. Articulo 4º.- Las situaciones no previstas en la presente Ordenanza podran ser atendidas por la Comision Tecnica Evaluadora, de conformidad con la normatividad vigente. Articulo 5º.- La Unidad de Contabilidad y la Oficina de Presupuesto y Planificacion efectuaran las modificaciones contables y presupuestales necesarias para regularizar las asignaciones y compensaciones a que hubiera lugar con la ejecucion del pago de arbitrios en bienes o servicios. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las disposiciones de esta Ordenanza tambien seran aplicables a las solicitudes que por dicho concepto se presentaron con anterioridad a la Ordenanza Nº 057-MDMM, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. Segunda.- Incluyase en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), el procedimiento denominado "CANJE DE DEUDA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA POR BIENES O SERVICIOS", incorporando los requisitos establecidos en el articulo 2º de la presente Ordenanza. Tercera.- Deroguense todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

Articulo 3º.- Todas las solicitudes de Canje de Deudas Tributarias y no Tributarias por bienes y servicios seguiran el siguiente procedimiento: a) Presentada la solicitud, el secretario de la Comision Tecnica Evaluadora verificara si la misma cumple con los requisitos y formalidades senalados en la presente Ordenanza, luego del cual la alcanzara, acompanada de la documentacion que la sustenta, al pleno de la misma Comision para su evaluacion. b) La Comision Tecnica Evaluadora se reunira permanentemente a fin de evaluar cada solicitud, pudiendo aceptar o no la misma de acuerdo a las necesidades de la Municipalidad. De ser el caso, podra solicitar a las diferentes areas de la Municipalidad, para que dentro de tres (3) dias habiles, emitan opinion respecto a los bienes o servicios ofrecidos, bajo responsabilidad. c) Si luego de evaluar la solicitud no fuera aprobada, la Comision Tecnica Evaluadora emitira la resolucion correspondiente a traves de su presidente, y la notificara al contribuyente. d) La solicitud que estuviere conforme a las necesidades de la Municipalidad, la Comision Tecnica Eva-

MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 22377

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de persona natural o juridica para recuperacion de deuda tributaria y no tributaria de empresas prestadoras de servicios de telefonia y otros
ACUERDO DE CONCEJO Nº 059-2003-AC-MDMM MORDAZA MORDAZA, 20 de noviembre de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA

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