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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G32/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 30 de noviembre de 2003 2001, por la que se aprueba la regulación del Canje de Deudas Tributarias y No Tributarias por bienes o servi-cios; Que, por RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 487-2003- MDMM de fecha 22 de octubre de 2003, se designa a laCOMISIÓN TÉCNICA EVALUADORA de las solicitudes de Canje de Deudas Tributarias y No Tributarias por Bienes o Servicios; Que, es necesario dictar las normas que regulen el pro- cedimiento para la aplicación de lo dispuesto en la precita- da Ordenanza; De conformidad con el artículo 38º de la Ley del Proce- dimiento Administrativo General; en ejercicio de las facul- tades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA EL CANJE DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS POR BIENES O SERVICIOS DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1º.- Las personas naturales y/o jurídicas que tengan deudas por concepto de tributos municipales y mul-tas administrativas vigentes, podrán cumplir con el pago de las mismas mediante la entrega de bienes o la presta- ción de servicios a la Municipalidad Distrital de Magdalenadel Mar, conforme a lo establecido en la ORDENANZA Nº 057-MDMM. DE LA SOLICITUD Artículo 2º.- A la solicitud de Canje de Deudas Tributa- rias y No Tributarias por Bienes o Servicios, el interesado deberá, como requisito indispensable, acompañar los si-guientes documentos: a) Declaración Jurada simple de reconocimiento de deu- da y compromiso de pago mediante un bien y/o servicio, sin costo para el contribuyente. b) Copia fedateada del documento de identidad del so- licitante y/o su representante, debiendo este último acredi- tar fehacientemente su representación. c) Documentación sustentatoria que acredite indubita- blemente la propiedad del bien materia de la dación en pago, de ser el caso, los mismos que no deberán tener cargas, gravámenes ni inscripciones que afecten el bien. d) Documento en que se consigne el valor que, según criterios objetivos inicialmente formulados por el interesa- do, le correspondería al bien y/o servicio materia de estetipo de pago de deuda. e) Documento en el que se describa con claridad y al detalle las características técnicas del bien y/o serviciomateria de este mecanismo. DEL PROCEDIMIENTO Artículo 3º.- Todas las solicitudes de Canje de Deudas Tributarias y no Tributarias por bienes y servicios seguiránel siguiente procedimiento: a) Presentada la solicitud, el secretario de la Comisión Técnica Evaluadora verificará si la misma cumple con los requisitos y formalidades señalados en la presente Orde- nanza, luego del cual la alcanzará, acompañada de la do-cumentación que la sustenta, al pleno de la misma Comi- sión para su evaluación. b) La Comisión Técnica Evaluadora se reunirá perma- nentemente a fin de evaluar cada solicitud, pudiendo acep- tar o no la misma de acuerdo a las necesidades de la Mu- nicipalidad. De ser el caso, podrá solicitar a las diferentesáreas de la Municipalidad, para que dentro de tres (3) días hábiles, emitan opinión respecto a los bienes o servicios ofrecidos, bajo responsabilidad. c) Si luego de evaluar la solicitud no fuera aprobada, la Comisión Técnica Evaluadora emitirá la resolución corres- pondiente a través de su presidente, y la notificará al con-tribuyente. d) La solicitud que estuviere conforme a las necesi- dades de la Municipalidad, la Comisión Técnica Eva-luadora procederá a valorizar los bienes o servicios ofrecidos considerando los valores referenciales esta-blecidos por la Unidad de Abastecimiento, excepto los casos de bienes inmuebles valorizados por el Consejo Nacional de Tasaciones (CONATA) o peritos autoriza-dos por esta entidad. e) Ejecutada la valorización, la Comisión Técnica Eva- luadora elaborará el acta respectiva y será suscrita por to-dos sus miembros. Dicha valorización es inapelable. Me- diante Resolución emitida por el presidente de la Comisión se dará por aceptada la solicitud, la cual será notificada alsolicitante acompañada de la copia certificada del Acta de Valorización. f) El solicitante bajo apercibimiento de perder automáti- camente el derecho, dentro del plazo de cinco (5) días há- biles luego de recibida la resolución de aceptación, deberá poner a disposición de la Comisión Técnica Evaluadora losbienes o servicios aprobados y deberá apersonarse a la Unidad de Abastecimiento, a fin de efectuar los trámites que correspondan a la naturaleza de cada bien o servicio aprestar. g) El monto a ser aplicado como pago de la deuda aco- gida será el valor correspondiente al bien o servicio pres-tado señalado en el Acta de Valorización, sin incluir el im- porte de los impuestos que corresponda. h) El monto de la deuda acogida se dará por cancelada con la emisión de la Resolución que para dichos efectos emita la Dirección de Rentas, la misma que se fundamen- tará en el Certificado de Pago remitido por la ComisiónTécnica Evaluadora, debiendo incorporarse las especies al Patrimonio de la Municipalidad. Artículo 4º.- Las situaciones no previstas en la pre- sente Ordenanza podrán ser atendidas por la Comisión Téc- nica Evaluadora, de conformidad con la normatividad vi-gente. Artículo 5º.- La Unidad de Contabilidad y la Oficina de Presupuesto y Planificación efectuarán las modifi-caciones contables y presupuestales necesarias para regularizar las asignaciones y compensaciones a que hubiera lugar con la ejecución del pago de arbitrios enbienes o servicios. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las disposiciones de esta Ordenanza tam- bién serán aplicables a las solicitudes que por dicho con- cepto se presentaron con anterioridad a la Ordenanza Nº 057-MDMM, siempre que cumplan con los requisitos esta-blecidos. Segunda.- Inclúyase en el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos (TUPA), el procedimiento de-nominado “CANJE DE DEUDA TRIBUTARIA Y NO TRI- BUTARIA POR BIENES O SERVICIOS”, incorporando los requisitos establecidos en el artículo 2º de la pre-sente Ordenanza. Tercera.- Deróguense todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 22377 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G6F/G20/G6A/G75/G72/GED/G2D/G64/G69/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G63/G75/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G2D/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G79/G20/G6E/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G70/G72/G65/G73/G2D /G74/G61/G64/G6F/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G6C/G65/G66/G6F/G6E/GED/G61/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 059-2003-AC-MDMM Magdalena del Mar, 20 de noviembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR