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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G32/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 30 de noviembre de 2003 POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS:El Informe Nº 486-2003-DR-MDMM de la Dirección de Rentas; el Informe Nº 348-03-DODU-MDMM de laDirección de Obras y Desarrollo Urbano; el MEMORÁN- DUM Nº 204-2003-DA-MDMM de la Dirección de Admi- nistración; el Informe Nº 077-2003-OPP-MDMM de laOficina de Presupuesto y Planificación y el Informe Nº 445-03-OAJ-MDMM de la Oficina de Asesoría Jurídi- ca, mediante los cuales se emite opinión técnico legalsobre la necesidad de contratar los servicios de una persona natural o jurídica especializada en asesoría y fiscalización para la recuperación de la deuda tributa-ria y no tributaria de las empresas prestadoras de ser- vicios de telefonía, energía eléctrica y agua, y de em- presas contratistas que ejecutan obras de edificacióne infraestructura en el distrito de Magdalena del Mar, y; CONSIDERANDO: Que, del Informe Nº 539-2003-DR-MDMM, de la Di- rección de Rentas se concluye que es necesario tomar las medidas necesarias, a fin de lograr una recupera- ción de las deudas tributarias y no tributarias en el ru-bro referido a construcciones, empresas prestadoras de servicios de telefonía, energía eléctrica, agua, en- tre otros, sustentando su información en el hecho deque con la toma de las medidas necesarias, se espera- ría incrementar sustancialmente los niveles de recau- dación de la Municipalidad; Que, de igual manera y con la finalidad de mejorar la recaudación en nuestro distrito, la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano, mediante Informe Nº 348-03- DODU-MDMM, sugiere convocar a empresas o a per-sonal especializado en este rubro, que permitan identi- ficar y calificar de manera puntual y técnica las infrac- ciones cometidas en el distrito, para así poder estable-cer el monto exacto por concepto de liquidación de obras, así como multas administrativas a imponerse; Que, en relación a ello, la Dirección de Administra- ción a través del Memorándum Nº 204-2003-DA-MDMM,señala que resulta pertinente que se adjudique mediante la modalidad del servicio personalísimo lo señalado en los párrafos anteriores, a fin de asignarle el servicio auna empresa o persona natural que demuestre, con re- sultados, la viabilidad de la cobranza; Que, mediante Informe Nº 077-2003-OPP-MDMM, la Oficina de Presupuesto y Planificación indica que esfactible contar con la asignación presupuestal para la contratación de los servicios requeridos antes indica- dos; Que, el artículo 111º Servicios Personalísimos del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM señala que de conformidad con el inciso h)el artículo 19º, se encuentran exonerados del respecti- vo proceso de selección, los contratos de locación de servicios celebrados por personas naturales y jurídi-cas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del loca- dor ya sea por sus características inherentes, particu-lares o especiales o por su determinada calidad, profe- sión, ciencia, arte u oficio. La Evaluación de las carac- terísticas o habilidades del locador deberá ser objetivay se efectuará en función de la naturaleza de las pres- taciones a su cargo. Las prestaciones que se deriven de los contratos celebrados al amparo del presente ar-tículo no serán materia de subcontratación; Que, el artículo 113º del Reglamento, describe que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneración de los procesos de selección, al amparo de las causales con-tenidas en el artículo 19º de la Ley, requieren obligatoria- mente un informe técnico-legal previo, emitido por las Áreas Técnicas; Que, es importante señalar que es necesario que la persona a contratar reúna las condiciones idóneas para los propósitos y objetivos requeridos por la Corporación Edilicia, así como por las características del servicio querequiere esta Municipalidad, éste efectivamente podría ser contratado sobre la base de lo dispuesto en el artículo 111ºdel Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, tal como se indica en los pá- rrafos anteriores; Que, se debe precisar que el inciso h) del artículo 19º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, establece que están exonera- dos de los procesos de Licitación, Concurso Público oAdjudicación Directa, según sea el caso, las adquisi- ciones y contrataciones que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Re-glamento; Que, para efectos de la exoneración señalada en el párrafo precedente, obligatoriamente debe expedirse un Acuerdo de Concejo Municipal que apruebe dicha exo-neración, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 20º de la Ley Nº 26850; debiendo indi- carse asimismo, que las adquisiciones y contratacio-nes que se efectúan para dichos servicios personalísi- mos, se realizarán mediante el proceso de Adjudica- ción de Menor Cuantía, acorde a lo preceptuado en elartículo aludido, concordante con los artículos 116º y 105º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; De conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,el Concejo Municipal adoptó por MAYORÍA, con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica; y con dispen- sa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el si-guiente: ACUERDO:Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del proceso de selección correspondiente para contratarlos servicios de una persona natural o jurídica espe- cializada en asesoría y fiscalización para la recupera- ción de la deuda tributaria y no tributaria de las empre-sas prestadoras de servicios de telefonía, energía eléc- trica y agua, y de empresas contratistas que ejecutan obras de edificación e infraestructura en el distrito deMagdalena del Mar, por la causal de servicios perso- nalísimos. Artículo Segundo.- DISPONER que las adquisiciones y contrataciones que se efectúen para dichos servicios personalísimos, se realicen mediante el proceso de Adju-dicación de Menor Cuantía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Munici- pal la suscripción del correspondiente contrato de presta- ción de servicios personalísimos. Artículo Cuarto.- DISPONER que los honorarios a abo- narse a la persona natural o jurídica que resulte contrata- da, serán honorarios de éxito, es decir que sólo se le efec-tuarán los pagos correspondientes en caso los deudores paguen sus adeudos a esta Municipalidad, fijándose como pago para tales efectos un porcentaje de dicha recauda-ción. Artículo Quinto.- PRECISAR que el pago de los ser- vicios personalísimos materia de la contratación indicada, se efectuará con cargo a la partida presupuestal 5.3.11.33, Servicio de Consultoría. Artículo Sexto.- DISPONER que Secretaría General remita copia del acuerdo y del informe técnico legal co-rrespondiente que sustenta la exoneración, a la Contralo- ría General de la República, dentro de los plazos previstos en la ley a su aprobación, así como la publicación en elDiario Oficial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 22376