Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2003 (30/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, MORDAZA 30 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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MORDAZA Nºs. 100 y 102-B, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica, en virtud a que el referido inmueble reune las condiciones e infraestructura necesarias para el MORDAZA de servicios que brinda la SUNAT a traves de su red de Centros de Servicios al Contribuyente; Que el mencionado Informe senala que mediante Carta de fecha 3 de noviembre de 2003, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gereda Peschiera, propietaria del inmueble, ha manifiestado su conformidad en prorrogar el contrato de arrendamiento por un periodo adicional de doce (12) meses, incrementando la renta mensual en la misma medida que la variacion del indice de precios al por mayor (IPM); por lo que de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente la emision de una Resolucion de Superintendencia que exonere del MORDAZA de seleccion correspondiente a la prorroga de dicho contrato de arrendamiento; Que lo expuesto en dicho Informe justifica tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la prorroga del mencionado contrato de arrendamiento, cumpliendose asi con lo establecido en el Articulo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas en el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en la Plaza de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Nºs. 100 y 102-B, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica, con un area total de 141.98 m2, por el periodo comprendido entre el 3 de diciembre de 2003 y el 2 de diciembre de 2004, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Intendente Regional Ica a suscribir el Contrato respectivo con la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gereda Peschiera, mediante Adjudicacion de Menor Cuantia, por una renta mensual de S/. 1,870.00 (Un mil ochocientos setenta y 00/100 Nuevos Soles), incluido impuestos; la misma que sera financiada con recursos propios. Articulo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administracion remita copias de la presente Resolucion y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 22278

La Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 054-2003AATE/PE de fecha 21.11.03 y los Informes Tecnico y Legal de fecha 26.11.2003 de la Gerencia de Administracion y Finanzas y de la Oficina de Asesoria Legal respectivamente; CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 058-2001 de fecha 30.5.2001, se transfiere la administracion de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el Edicto Nº 250 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 8.2.2003, modifica la Estructura Organica de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, estableciendose que la AATE es un Organo Descentralizado; Que, el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que es procedente la exoneracion de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, cuando se trate de situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la mencionada Ley, procediendo su contratacion mediante una adjudicacion de menor cuantia conforme lo dispone el Articulo 20º de la misma ley; Que, el Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM, establece que constituye situacion de urgencia, una situacion temporal ante un hecho de excepcion que determine una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los Articulos 105º y 116º del citado Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion, indicandose que se ha de contar con autorizacion expresa del Titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda y que la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion, debiendo determinarse el organo que se encargara de llevar a cabo la adquisicion o contratacion exonerada; Que, por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 0542003-AATE/PE de fecha 21.11.2003 se aprueba las Bases del Concurso Publico Nº 0002-2003-AATE/GAF para la Contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia de las instalaciones de la AATE; Que, acorde al Informe Tecnico de fecha 26.11.2003 de la Gerencia de Administracion y Finanzas, senala que si bien el Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha efectuado la disposicion de recursos via transferencia para la AATE, mientras se lleve a cabo el MORDAZA de seleccion no se puede dejar sin el servicio de seguridad y vigilancia a la AATE; lo cual hace necesario declarar en urgencia la contratacion del citado servicio; Que, la situacion descrita motiva que resulta procedente tecnica y legalmente que se declare la situacion de urgencia, para que se exonere de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado las adquisiciones o contrataciones que MORDAZA necesarias para poder contar con el servicio de vigilancia y seguridad para la AATE; Que, la Oficina de Asesoria Legal ha emitido el Informe Legal de fecha 26 de noviembre de 2003 de conformidad con lo establecido por los Articulos 20º y 105º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en su Reglamento, respectivamente; De conformidad con el inciso c) del Articulo 19º, inciso a) del Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, de los Articulos 105º, 108º, 113º y 116º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, modificado por el D.S. Nº 079-2001-

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia las contrataciones del servicio de seguridad y vigilancia para instalaciones de la AATE
AUTORIDAD AUTONOMA DEL PROYECTO ESPECIAL SISTEMA ELECTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE MORDAZA Y CALLAO RESOLUCION PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 055-2003-AATE/PE MORDAZA de MORDAZA, 26 de noviembre de 2003

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