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PÆg. 252680 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de octubre de 2003 EF así como la Tabla Aduanera del Azúcar aprobada por el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF tendrán vigenciahasta el 30 de junio del 2004; Que, corresponde publicar los precios CIF de referen- cia para el período comprendido entre el 16 y el 30 de setiembre del 2003; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por elArtículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del Derecho Variable Adi-cional o rebaja arancelaria a que se refiere el DecretoSupremo Nº 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)US$ por T.M. Leche Fecha Maíz Azúcar Arroz Entera en Polvo Del 16/9/2003 al 30/9/2003 124 222 236 1887 Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Viceministro de Economía 18366 INTERIOR Aprueban el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciuda-dana DECRETO SUPREMO Nº 012-2003-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, tiene por objeto proteger el libre ejer-cicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, la paz y la tranquilidad, así como el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional, lo quecomprende a las personas naturales y jurídicas, sin excep-ción, que conforman la Nación Peruana; Que, el artículo 3º de la mencionada Ley crea el Sis- tema Nacional de Seguridad Ciudadana - SINASEC, que tiene por objeto coordinar eficazmente las acciones del Estado y promover la participación ciudadana para ga-rantizar la paz social; Que, el artículo 5º de la referida Ley, instituye el Con- sejo Nacional de Seguridad Ciudadana - CONASEC,como el máximo organismo encargado de la formula- ción, conducción y evaluación de las políticas de segu- ridad ciudadana, con autonomía funcional y técnica; Que, el artículo 11º de la Ley señala que la Secreta- ría Técnica es el órgano técnico ejecutivo y de coordina-ción, encargado de proponer al Consejo Nacional deSeguridad Ciudadana, la política, los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana para su aproba- ción, así como realizar el seguimiento y evaluación de laejecución de las acciones aprobadas a nivel nacional; Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la citada Ley dispone que el Poder Ejecutivo la reglamenta-rá en un plazo no mayor de sesenta (60) días contados a partir de su publicación; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Estado; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento de la Ley del SINASEC Apruébese el Reglamento de la Ley del Sistema Na- cional de Seguridad Ciudadana, que forma parte del pre-sente Decreto Supremo y que consta de tres (3) Títulos, cinco (5) Capítulos, treinta y tres (33) artículos y (7)Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por los Ministros del Interior, de Justicia, de Educación, deSalud y de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de octubre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto normar el funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Ciu-dadana (SINASEC), con arreglo a las disposiciones dela Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Artículo 2º.- Definición El Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana es el conjunto interrelacionado de organismos del Sector Pú-blico y la Sociedad Civil, y de normas, recursos y doctri- na; orientados a la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, así como a garantizar la seguri-dad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de lasgarantías individuales y sociales a nivel nacional. DichoSistema tiene por finalidad coordinar eficientemente laacción del Estado y promover la participación ciudadana para garantizar una situación de paz social. Artículo 3º .- Principios Para el cumplimiento de su objeto, el Sistema Nacio- nal de Seguridad Ciudadana guía su organización y fun- cionamiento por los principios siguientes: a. Legalidad.- Sus actividades se realizarán en el marco de la Constitución Política del Perú, las leyes de laRepública, con absoluto respeto a los derechos huma- nos. b. Coordinación e integración.- Para articular y unificar esfuerzos entre los órganos del Sector Público yla comunidad organizada con el propósito de lograr eldesarrollo de acciones comunes e integradas. c. Supervisión y control ciudadano.- Para desa- rrollar mecanismos de control y vigilancia ciudadana res- pecto del quehacer de los organismos del Sector Públi-co y Gobiernos Locales. d. Transparencia funcional.- Para mantener una total transparencia en las actividades del Sistema, evitandoingerencias político-partidarias o de otra índole. e. Participación Ciudadana .- Con el fin de motivar a la comunidad para que apoye activamente el esfuerzomultisectorial por mejorar la seguridad local. f. Prevención.- El Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana debe priorizar y desarrollar las políticas mul-tisectoriales preventivas del delito, planificando sus pro- gramas, así como actuando de manera inmediata y per- manente. g. Solidaridad. - Las instancias y organismos que componen el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadanadeben actuar de manera comprometida en función a los