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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (08/10/2003)

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PÆg. 252678 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de octubre de 2003 de la Ley Nº 28034 - Ley que dicta medidas comple- mentarias de austeridad y racionalidad en el gasto públi-co-, con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuestoen la presente norma. Artículo 2º.- Del Aguinaldo Fíjese en una remuneración el Aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad para los Magistrados del Tribunal Cons-titucional. No incluye Gastos Operativos, Bonos u otrosconceptos similares, adicionales a la remuneración. Artículo 3º.- Del Financiamiento El Tribunal Constitucional asumirá el costo total de la aplicación del presente dispositivo con cargo a su Pre-supuesto Institucional autorizado mediante las respecti-vas Leyes Anuales de Presupuesto, no demandando recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4º.- Percepción en una sola repartición Los Magistrados recibirán el Aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad en una sola repartición pública, co- rrespondiendo otorgarlo en aquélla que abona los incre- mentos por costo de vida. Artículo 5º.- De las cargas Sociales y Otros Tributos El concepto de Aguinaldo que se otorguen por Fies- tas Patrias y Navidad se encuentran sujetos a los des- cuentos por Cargas Sociales y tributos que la normati-vidad señala. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro deEconomía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de octubre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 18445 Precisan que lo dispuesto en el inciso a) del artículo 1” del D.S. N” 134-2003-EF alcanzarÆ tambiØn a las mercancíasingresadas a la ZOFRATACNA DECRETO SUPREMO Nº 147-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 124-2003-EF se aprobó la lista de subpartidas nacionales de las mer- cancías que pueden ser comercializadas en la Zona Comercial de Tacna, procedentes de los Depósitos Fran-cos de la ZOFRATACNA; Que, mediante artículo 1º del Decreto Supremo Nº 134- 2003-EF, se dictan disposiciones complementarias para lamejor aplicación del Decreto Supremo Nº 124-2003-EF; Que, resulta necesario ampliar los alcances del De- creto Supremo Nº 134-2003-EF para los casos de mer-cancías transportadas por vía terrestre desde el exte-rior hacia la ZOFRATACNA, con destino a la Zona Co-mercial de Tacna; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Precísase que lo dispuesto en el inciso a) del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 134-2003-EF,alcanza también a las mercancías ingresadas a la ZO- FRATACNA por vía terrestre, lo que se acreditará conFactura emitida hasta el 3.9.2003 y el Manifiesto Interna-cional de Carga/Declaración de Tránsito Aduanero (MIC/ DTA) numerado por la Aduana de Origen hasta el 5.9.2003. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por los Ministros de Economía y Finanzas, dela Producción y de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de octubre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 18463 Ratifican acuerdo del Consejo Directi- vo de Proinversión por el cual se aprue-ban planes de promoción de incorpo-ración de inversión privada para la en-trega en concesión de tramos de la Red Vial Nacional RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 202-2003-EF Lima, 7 de octubre de 2003 CONSIDERANDO:Que, el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos constituido me- diante Resolución Suprema Nº 444-2001-EF, modificadapor Resolución Suprema Nº 228-2002-EF y por Resolu-ción Suprema Nº 009-2003-EF, solicitó someter a consi-deración del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, laaprobación de los Planes de Promoción de Incorpora- ción de Inversión Privada para el otorgamiento en con- cesión al sector privado de los tramos viales de las Re-des Viales Nº 1 y Nº 4, bajo los mecanismos y procedi-mientos establecidos en el Texto Único Ordenado apro-bado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, su regla-mento y demás normas modificatorias, reglamentarias y complementarias; Que, mediante acuerdo de fecha 3 de octubre de 2003, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN acordóaprobar los Planes de Promoción de Incorporación deInversión Privada aplicables a los procesos referidos enel considerando anterior; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 059-96-PCM, y el Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la In-versión Privada - PROINVERSIÓN, mediante el cual seaprueban los Planes de Promoción de Incorporación de Inversión Privada para la entrega en concesión de los siguientes tramos de las Redes Viales Nº 1 y Nº 4 de laRed Vial Nacional: Red Vial Nº 1 Piura - Sullana Sullana - La Tina - Puente Macará Sullana - Aguas Verdes Evitamiento de Piura (por construir). Red Vial Nº 4 Pativilca - Conococha Conococha - HuarazHuaraz - Caraz