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PÆg. 252686 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 8 de octubre de 2003 competencia funcional se encuentra involucrada en las normas que contiene dichos proyectos. Así mismo, las Directivas Sectoriales y Generales deberán contar con la visación de la Oficina Sectorial de Planificación y de la Oficina General de Asesoría Jurídi- ca del Ministerio en los aspectos de su competencia. 4. AprobaciónLa aprobación de las Directivas corresponde a las siguientes instancias: 4.1 Ministro del Interior cuando se trata de Directivas Sectoriales. 4.2 Viceministro del Interior cuando se trate de Direc- tivas Generales. 4.3 Jefes de Órganos cuando se trate de Directivas de Órgano. La aprobación de Directivas se concretará mediante la firma de la autoridad competente al final del documen-to no requiriendo la expedición de Resolución. 5. Numeración 5.1 La Secretaría General del Ministerio del Interior será responsable de numerar y registrar las DirectivasSectoriales y las Directivas Generales que sean de aplicación a más de un Órgano de apoyo, asesora- miento y/o coordinación del Ministerio. 5.2 Las Directivas emitidas por alguno de los órga- nos de apoyo, asesoramiento, coordinación y línea, se-rán numeradas y registradas por los respectivos Direc-tores de dichos Órganos. 5.3 Las Directivas aprobadas se numerarán anual- mente y en forma correlativa. 6. ActualizaciónLa actualización de Directivas seguirá el mismo proceso que el establecido para su formulación. Se mantendrá su nu- meración original a excepción del año que se expide. 7. VigenciaLas Directivas sólo podrán ser modificadas, amplia- das o reemplazadas por otra Directiva de igual o de mayor nivel de aprobación, en la que mencionará expre-samente el número y título correspondiente de las Di-rectivas que se modifiquen, amplíen o reemplacen. 8. Difusión La Secretaria General del Ministerio del Interior se encar- gará de que se publique en el Diario Oficial El Peruano lasDirectivas Sectoriales y las Directivas Generales que sean deaplicación a más de un Órgano de apoyo, asesoramiento y/ocoordinación del Ministerio que no afecten la seguridad del Estado y que sean de interés de la comunidad. La Dirección General de Informática y Telecomunicacio- nes del Ministerio se encargará de difundir en el portal delMININTER las Directivas Sectoriales y las Directivas Genera-les que sean de aplicación a más de un Órgano de apoyo,asesoramiento y/o coordinación del Ministerio. Para el caso de los Órganos de Línea, las Directivas que les fueran aplicables de forma exclusiva, serán pu-blicadas en sus respectivos portales. 9. Archivo Las Directivas como documentos de consulta per- manente deben ser archivadas en files especiales y cons-tituyen propiedad de la Unidad Orgánica a la que sederivó para su conocimiento y/o aplicación. Sin perjuiciode lo antes señalado, la Secretaria General del Ministe-rio del Interior deberá contar con un archivo de todas las directivas expedidas por los órganos de apoyo, aseso- ramiento y/o coordinación del Ministerio. Para dicho efec-to, los Jefes de dichos órganos emisores deberán remi-tir un ejemplar a la respectiva Secretaría General. VI. PROCEDIMIENTOS a. Los Órganos del Ministerio elaborarán los proyec- tos de Directivas por iniciativa propia o por disposiciónsuperior.b. Los Proyectos de Directivas Sectoriales y Generales que involucren Órganos del mismo nivel, para su aproba-ción, deberán contar con las visaciones pertinentes. c. La Oficina Sectorial de Planificación revisará y ana- lizará los proyectos de Directivas, en los aspectos de su competencia y de encontrarlos conforme, las visará d. La Oficina General de Asesoría Jurídica revisará y analizará los Proyectos de Directivas, en los aspectosde su competencia y de encontrarlos conforme los visa-rá, luego los remitirá a la Alta Dirección para continuar con el trámite de aprobación correspondiente. e. La Secretaria General del Ministerio del Interior trans- cribirá y distribuirá las Directivas a los Órganos interesados,cuando se trate de Directivas Sectoriales o Generales quesean de aplicación a más de un Órgano de apoyo, asesora-miento y/o coordinación del Ministerio. f. Tratándose de Directivas que afecten a un solo órgano será la Dirección General la que transcribirá ydistribuirá las Directivas a los Órganos interesados g. Los Directores de los Órganos del Ministerio, de- berán realizar evaluaciones periódicas sobre el cumpli-miento de las normas contenidas en las Directivas vi- gentes, proponiendo a las Unidades Orgánicas respon- sables las medidas pertinentes. VII. RESPONSABILIDADLos Directores de los Órganos del Ministerio son res- ponsables del cumplimiento de la presente Directiva. VIII. ANEXO Formato de Estructura y Contenido de Directivas. ANEXO ESTRUCTURA Y CONTENIDO DE LAS DIRECTIVAS ESTRUCTURA Denominación (1) ….....….....….....….....….……………… Directiva (2) ….....………… Número (3) ….……………Formulada por (4) …………………… Fecha(5) …....…. I. OBJETIVO (6) II. FINALIDAD (7) III. BASE LEGAL (8) IV. ALCANCE (9)V. NORMAS (10) VI. PROCEDIMIENTOS (11) * VII.DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS (12)* VIII.DISPOSICIONES TRANSITORIAS (13)* IX. RESPONSABILIDAD (14) Firma de la autoridad que Aprueba (15) Anexos (16) ________________ (*) De uso opcional 18367 Aprueban Guía de Procedimientos de la Defensoría del Policía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1751-2003-IN/DDP Lima, 2 de octubre del 2003