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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (11/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 41

PÆg. 252895 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de octubre de 2003 Designan Procuradora Pœblica Antico- rrupción Descentralizada del DistritoJudicial de Puno RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 151-2003-JUS Lima, 10 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 038-2001-JUS se crea- ron las Procuradurías Anticorrupción Descentralizadas condomicilio en las sedes de los Distritos Judiciales distintosa Lima, a cargo de Procuradores Públicos Descentraliza-dos con nivel de Procurador Adjunto; Que, mediante Resolución Suprema Nº 098-2003- JUS de fecha 17 de julio del 2003, se designó a la docto-ra María Antonieta Bautista Asto, como Procuradora Pú-blica Anticorrupción Descentralizada del Distrito Judicialde Puno; Que, mediante oficio de vistos se hace de conocimien- to que se da por concluida dicha designación; Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador Pú- blico Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicialde Puno, en consecuencia es necesario designar al letra-do que ocupe dicho cargo de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en el artículo 5º de la Ley Nº 27594, en los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993, en elReglamento para la Designación de Procuradores Públi-cos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS yen el Decreto Supremo Nº 038-2001-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designación de la doctora MARÍA ANTONIETA BAUTISTAASTO, como Procuradora Pública Anticorrupción Descen- tralizada del Distrito Judicial de Puno, dándosele las gra- cias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la doctora LENA LUZ LEZANO VELAZCO, como Procuradora Públi-ca Anticorrupción Descentralizada para el Distrito Judicialde Puno. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 18556 Dejan sin efecto resolución suprema que canceló título de Fiscal Adjunto al Fiscal Supremo en lo Penal RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 152-2003-JUS Lima, 10 de octubre de 2003 VISTO el Oficio Nº 2003-16503-0-0100-J-CI-38 de fe- cha 14 de julio de 2003 del Trigésimo Octavo Juzgado Es- pecializado en lo civil de la Corte Superior de Justicia deLima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 104-93-JUS de fecha 11 de marzo de 1993, se canceló el Título Nº 360 de fecha19 de julio de 1990 expedido a favor del doctor José Anto- nio Peláez Bardales, como Fiscal Adjunto al Fiscal Supre-mo en lo Penal; luego de que la Junta de Fiscales Supre-mos en Sesión de fecha 20 de diciembre de 1992, acorda-ra separarlo definitivamente del cargo, en cumplimiento delDecreto Ley Nº 25735; Que, la Sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 22 de octubre del 2002, recaída en el Expediente Nº 1086-2002-AA/TC, sobre recurso extraordinario interpuesto pordon José Antonio Peláez Bardales contra la sentencia ex-pedida por la Sexta Sala Civil de la Corte Superior de Jus-ticia de Lima, resolvió REVOCAR la recurrida, que confir- mando la apelada, declaró infundada la citada excepción y FUNDADA la acción de amparo interpuesta por don JoséAntonio Peláez Bardales; en consecuencia, inaplicables aldemandante los efectos derivados de la aplicación del De-creto Ley Nº 25735, así como las Resoluciones de la Fis-calía de la Nación Nºs. 857-92-MP-FN, de fecha 20 de di- ciembre de 1992 y 124-93-MP-FN de fecha 15 de enero de 1993, así como cualquier acto administrativo que derive dela aplicación de las mismas. Ordena la reincorporación dedon José Antonio Peláez Bardales en el cargo de FiscalAdjunto Titular al Fiscal Supremo en lo Penal, debiendoagregarse al cómputo de sus años de servicios, aquellos en los que estuvo irregularmente cesado, sólo para efec- tos pensionables. Dispone que la presente sentencia seponga en conocimiento de la Fiscalía de la Nación, a efec-tos de que proceda de conformidad con el artículo 11º dela Ley Nº 23506; del mismo modo, la notificación a las par-tes, su publicación en el Diario Oficial El Peruano y la devolu- ción de los actuados; Que, por Oficio Nº 2003-16503-0-0100J-CI-38, de fe- cha 14 de julio de 203, el Trigésimo Octavo Juzgado Espe-cializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia deLima, notifica al Ministerio de Justicia para que procedaconforme a lo ordenado por el Supremo Tribunal por reso- lución de fecha 22 de octubre de 2002 y a lo dispuesto en la Resolución Nº dos de fecha 16 de junio de 2003, cuyascopias certificadas anexa; Que, leída la sentencia del Tribunal Constitucional, se colige que al haberse declarado inaplicables a don JoséAntonio Peláez Bardales, las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 857-92-MP-FN, y 124-93-MP-FN, ha quedado también sin efecto la Resolución Suprema Nº 104-93-JUS expedida el 11 de marzo de 1993; que si bien lasentencia no se ha referido expresamente a ella, la resolu-ción suprema fue emitida en aplicación de la primera delas resoluciones citadas y declaradas inaplicables al de- mandante; por lo que procede se expida la resolución su- prema que así lo declare, en ejecución de sentencia delTribunal Constitucional conforme a lo ordenado por el Tri-gésimo Octavo Juzgado Especializado en lo Civil de laCorte Superior de Justicia de Lima; De conformidad con los incisos 8) y 9) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, y al artículo 4º del De- creto Legislativo Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justi-cia; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 104-93-JUS, de fecha 11 de marzo de 1993, que cance-ló el Título Nº 360, del 19 de julio de 1990, expedido a favordel doctor JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES, comoFiscal Adjunto al Fiscal Supremo en lo Penal; por las razo- nes expuestas en la parte considerativa de la presente re- solución. Artículo 2º.- La presente resolución será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 18557